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POLÍTICA

El Senado aceptó las modificaciones propuestas por Diputados

La provincia actualizó la Ley de Municipios y la puso en línea con la nueva Constitución

La Legislatura completó la sanción de la norma general que regirá para los 365 gobiernos locales. En la Cámara Baja, votaron en contra el interbloque justicialista, los sectores celestes y la izquierda. En la Alta respaldo unánime a los cambios.

La provincia actualizó la Ley de Municipios y la puso en línea con la nueva Constitución
La provincia actualizó la Ley de Municipios y la puso en línea con la nueva Constitución

Jueves 9.4.2026
 21:01hs
 / 
Actualizado al Viernes 10.4.2026 12:37hs
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Mario Cáffaro
Por: 
Mario Cáffaro
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Política

A poco más de seis meses de sancionada la reforma de la Constitución, la Legislatura votó una de las principales leyes del nuevo andamiaje institucional para la provincia: la orgánica de Municipalidades que es principio ordenador de los 365 asentamientos urbanos que tiene la provincia.

En caso de que los municipios no dicen cartas orgánicas como están facultadas por la Constitución, ésta será la norma que regirá a los gobiernos locales. Ya no habrá distinción entre municipios y comunas, todos serán municipalidades aunque con intendentes en cada caso y comisiones municipales hasta diez mil habitantes y con concejos en el resto.

El Senado había votado en febrero un texto por unanimidad tras varias semanas de debate y de consulta a distintos actores. En tanto, en Diputados no hubo unanimidad, al contrario, casi toda la oposición se unió para votar en contra. "Han logrado unirnos a todos en el voto" disparó la justicialista Celia Arena.

El dictamen elaborado por un plenario de tres comisiones de la Cámara de Diputados fue votado por 30 legisladores, entre ellos los 27 oficialistas más Juan José Piedrabuena, Omar Paredes y Edgardo Porfiri. En tanto, justicialistas, bloques celestes y la izquierda juntaron 17 sufragios.

La norma regirá a los 365 gobiernos locales santafesinos. Crédito: Fernando Nicola

"La presente ley se aplica a los municipios que, de acuerdo con la Constitución Provincial, no estén facultados para dictar su Carta Orgánica y a aquellos que tengan la atribución referida pero no la hayan ejercido. Asimismo, se aplica en forma supletoria a los municipios que hayan dictado sus Cartas Orgánicas y/o que no hayan previsto asuntos regulados en la presente", reza el artìculo 3.

El oficialismo abrió y cerró el debate con posturas del socialista Joaquín Blanco y el radical José Corral. En cambio se multiplicaron las voces opositoras: Fabián Palo Oliver, Marcos Corach, Lucila De Ponti, Silvia Malfesi, Alicia Azanza, Natalia Armas Belavi, Celia Arena y Verónica Baró Graf dispararon diferentes argumentos. En todos los casos hubo críticas al oficialismo que no abrió el debate y no aceptó incluir propuestas que se le hicieron llegar desde esos espacios.

En el paso de una Cámara a la otra, en Diputados fueron corregidos cinco artículos: el 22 sobre gobiernos locales; 56 sobre órganos y sistemas de control; 72 sobre expropiaciones; el 94 sobre la transición entre un gobierno y otro y el 106 sobre concejos municipales.

Blanco y Corral coincidieron en reivindicar el modelo de municipalismo y autonomía que tiene Santa Fe su historia institucional y ambos no dudaron en afirmar que se dictaba una gran ley. "Es la primera gran ley post reforma constitucional" aseguró el socialista quien recordó que el mensaje del Ejecutivo tenía 60 artículos y la ley sale con 112.

"La nueva ley le reconoce una agenda amplia que tiene los municipios" detalló Corral para exponer los alcances del texto.

Palo Oliver cuestionó la exclusión de derechos laborales en el texto de la norma y advirtió que se violenta el espíritu de la autonomía. Para Corach, la norma "es una cáscara vacía, con autonomía de papel" y subrayó que con el nuevo texto "el Ejecutivo se queda con la correa de mano de los intendentes".

Diputados aprobó el proyecto con votos divididos y fuerte rechazo opositor.

Para De Ponti, la ley es una oportunidad perdida y calificó de vaga y declamativa a la norma. Malfesi cuestionó varios aspectos, entre ellas la no obligatoriedad que toda tasa deba tener contraprestación.

Azanza cuestionó que el oficialismo hable de consenso y democracia sin escuchar a ningún sector. Armas Belavi también habló de una norma centralista que no ayudará a los gobiernos locales.

Arena, en tanto, afirmó que la ley no es la mejor ni la más inteligente sino la que permite no tensar un frente de gobierno que está tenso. "Es una ley corta que no garantiza recursos y no transforma nada" añadió. Baró Graf, en tanto, marcó deficiencias de la norma en temas como FAE, y salud.

El texto votado por Diputados en forma dividida, con las reformas, fue pasado en forma inmediata al Senado que -por unanimidad- aceptó el texto y pasó la ley para la promulgación por parte del Poder Ejecutivo.

La nueva organización de gobiernos locales

El artículo 22 es el que define como serán los gobiernos locales a partir de 2027.

Las Comisiones Municipales se integran con representantes elegidos por el voto directo de los vecinos de cada municipio, de conformidad con las siguientes pautas:

  • En los municipios que tengan hasta 3.000 habitantes: las listas de personas postuladas para integrar la Comisión Municipal deben incluir a tres postulantes como titulares e igual número de suplentes. Los vocales de la Comisión Municipal serán elegidos de manera conjunta con el Intendente, ingresando dos miembros de la lista que resulte ganadora, y una banca para el candidato que resulte segundo en la categoría Intendente, si alcanzaren el piso que establece la ley electoral.
  • En los municipios que tengan entre 3.000 y 10.000 habitantes: las listas de personas postuladas para integrar la Comisión Municipal deben incluir a cinco postulantes como titulares y tres como suplentes. Los vocales serán elegidos de manera conjunta con el Intendente, ingresando tres miembros de la lista que resulte ganadora, y distribuyendo las dos bancas restantes por sistema proporcional, entre quienes hubieren sido candidatos a intendentes en las listas que no resultaron ganadoras, si alcanzaren el piso que establece la ley electoral.
  • En localidades de más de 10.000 habitantes habrá intendente y un concejo municipal que se integra con representantes elegidos por el voto directo de los vecinos de cada municipio mediante sistema de representación proporcional.
  • El concejo se renueva en su totalidad al final del período de cuatro años, con excepción de los municipios con más de 20.000 habitantes que se renuevan cada dos años por mitades.
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Mario Cáffaro
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