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POLÍTICA

Para tratar de estar en línea con la inflación

Elevan los pisos para las compras que deben realizar las comunas

Diputados aceptó cambios introducidos por el Senado a un proyecto de Pullaro. Hasta $ 750.000 contratación directa; hasta $ 3.000.000 por concurso de precios y más de esa cifra por licitación pública. Habrá actualización trimestral con cláusula 'gatillo'.

Elevan los pisos para las compras que deben realizar las comunasElevan los pisos para las compras que deben realizar las comunas

Sábado 22.10.2022
 4:00
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Mario Cáffaro
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Mario Cáffaro
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Política.

La Cámara de Diputados convirtió en ley la enésima modificación al artículo 65 de la Ley 2439, la orgánica de comunas, por el cual se elevan los pisos para lo referido a compras directas, concursos de precios o licitaciones públicas ya sea para obras o adquisiciones que deben realizar las administraciones locales para su funcionamiento.

La 2439 fue sancionada en 1935 y ha tenido en estos casi 90 años de vigencia cientos de parches y el más recurrente es al artículo que fija límites para compras y licitaciones. Solo vale tomar en cuenta la inflación vigente en este período histórico. La nueva modificación se inició con un proyecto del radical Maximiliano Pullaro votado en julio de este año en el pleno de Diputados. En octubre, el Senado votó -con reformas- el texto de Diputados y este jueves la Cámara Joven aceptó esos cambios para habilitar los nuevos montos que impactan en casi 300 gobiernos locales.

A partir de la promulgación que realice el Poder Ejecutivo, se establecen tres nuevos pisos. La contratación directa se podrá realizar hasta la suma de $ 750.000, aunque cuando la compra supere los $ 375.000 deberá requerirse el presupuesto a dos firmas. En tanto, se podrá operar por concurso de precios en operaciones de hasta $ 3.000.000 y cuando se supere esa cifra se deberá realizar licitación pública. Pero además, la norma prevé la actualización trimestral de esas cifras y encomienda la tarea al funcionario responsable de la relación con comunas. Esa actualización deberá hacerse teniendo en cuenta tres indicadores: Índices de Precios al Consumidor (IPC) del Instituto de Estadísticas y Censos -IPEC-; el valor del litro de gasoil y los Índice del Costo de la Construcción, elaborado por la Cámara Argentina de la Construcción. "Los datos deberán ser suministrados obligatoriamente por el IPEC cada tres meses; se publicará en la página oficial de la Provincia la cifra resultante del cálculo y se notificará a las autoridades comunales por el medio que se considere fehaciente", ordena la nueva redacción.

La diferencia entre el texto del Senado y el de Diputados era el monto de partida de las operaciones. La propuesta de Pullaro era más baja, había sido presentada a principios de año y votada en julio, semanas antes que se acelerara la inflación en el país, fue una de las razones esgrimidas por el Senado a colocar las nuevas cifras y la decisión de la Cámara Baja de sancionar la norma para no frenar operaciones en las comunas.

Pullaro admitió que la provincia adeuda un debate sobre autonomía pero ante "un contexto histórico como el nuestro, en donde la habitualidad es convivir con procesos inflacionarios, los límites de sumas fijas deben contar con un procedimiento de actualización ágil y eficaz, si no, generan un problema para el desenvolvimiento de las administraciones comunales".

La última reforma al artículo 65 fue en 2018 que estableció una fórmula atada "a los montos resultante de aplicar determinados porcentajes sobre el límite determinado en la Ley de Presupuesto Anual de la Provincia para las licitaciones públicas en vigencia al momento de contratación." La Legislatura entendió que "la fórmula otra vez se encuentra desactualizada, siendo condicionada a las apreciaciones presupuestarias del gobierno de turno y a los tiempos de la Legislatura para la aprobación del presupuesto general de gastos y cálculo de recursos" de allí la necesidad de contar con el nuevo instrumento.

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