Según la norma, el jurado estará integrado por 12 miembros titulares y, como mínimo, por 2 suplentes, y es dirigido por un Tribunal penal unipersonal. El Tribunal puede ordenar que haya más suplentes, según la gravedad o complejidad del caso. El panel de jurados titulares y suplentes debe garantizar la paridad de género entre varones y mujeres. Está previsto que este tipo de juicios se realicen en la circunscripción judicial en la que se hubiera cometido el hecho delictivo. "Cuando un hecho hubiera conmocionado a una comunidad de tal modo que no pudiera razonablemente obtenerse un jurado imparcial, el juez puede disponer, sólo a pedido del acusado y mediante resolución fundada, que el juicio se lleve a cabo en otra circunscripción judicial, mediante sorteo público", dispone la ley.