Con la publicación de la mencionada ley en el Boletín Oficial, este 8 de julio, la cuestión tiene un cierre definitivo. El artículo primero que "los importes retenidos a la provincia de Santa Fe de la Coparticipación Federal de Impuestos, en su carácter de avalista" de los préstamos a esas ciudades por deudas con el Banco Interamericano de Desarrollo "serán descontados de la coparticipación de impuestos provinciales que corresponda a los citados municipios "conforme a las siguientes determinaciones, procedimientos y condiciones financieras: a) El total del capital adeudado a retener a cada uno de los municipios surgirá de la suma de los importes que haya pagado la Provincia, convertidos a moneda nacional aplicando el tipo de cambio vendedor del Banco de la Nación Argentina vigente a la fecha en que la Provincia haya realizado dicho pago, y sin aplicar ninguna actualización ni Intereses; y b) El monto resultante de la determinación conforme al inciso a) se descontará, mediante retención de la coparticipación de impuestos provinciales que le corresponda a cada uno de los municipios mencionados, en ciento veinte (120) cuotas mensuales, iguales y consecutivas".