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POLÍTICA

Por decreto

El gobierno nacional designó a Lijo y García-Mansilla en la Corte Suprema

El comunicado oficial invoca “la inacción” del Senado para tratar los pliegos, y justifica el nombramiento por decreto, hasta que finalice el actual período legislativo.

El gobierno nacional designó a Lijo y García-Mansilla en la Corte SupremaEl gobierno nacional designó a Lijo y García-Mansilla en la Corte Suprema

Martes 25.2.2025
 18:13hs
 / 
Actualizado al Martes 25.2.2025 22:02hs
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Emerio Agretti
Por: 
Emerio Agretti
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Secretario de Redacción | Política

El Gobierno nacional anunció este martes que el presidente Javier Milei designó por decreto en la Corte Suprema a Ariel Lijo y Manuel García-Mansilla en comisión "hasta la finalización del próximo período legislativo".

“El Presidente ha tomado la determinación de designar en comisión a los doctores Manuel García-Mansilla y Ariel Lijo como jueces de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, hasta la finalización del próximo período legislativo, con el objetivo de normalizar el funcionamiento del máximo tribunal judicial de nuestro país, el cual no puede llevar a cabo su rol con normalidad con tan solo tres ministros", señala el comunicado de la Oficina del Presidente.

Y agrega: "Durante el mencionado plazo, esta administración continuará con el trámite legislativo para que la Cámara alta ejerza sus atribuciones y preste los correspondientes acuerdos a los pliegos”.

Y sostuvo que "no tolera ni tolerará que los intereses de la política se impongan por sobre los del pueblo argentino bajo ninguna circunstancia".

El juez Lijo al momento de defender su candidatura en el Congreso.

Por decreto

Fracasada el tratamiento del pliego de Ariel Lijo (el de García-Mansilla ni siquiera obtuvo dictamen de comisión), el Gobierno esperaba el regreso de Milei de su visita a los Estados Unidos, para poner en marcha la designación por decreto de los jueces.

El artículo 99 inciso 19 de la Constitución Nacional prevé, entre las atribuciones del Poder Ejecutivo, “llenar las vacantes de los empleos, que requieran el acuerdo del Senado, y que ocurran durante su receso, por medio de nombramientos en comisión que expirarán al fin de la próxima Legislatura”.

Con esto, el Presidente logrará que en la apertura de sesiones ordinarias del Congreso Nacional, Lijo y García-Mansilla estén ubicados junto a Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, actuales integrantes del máximo tribunal luego del reciente retiro del cordobés Juan Carlos Maqueda.

Las designaciones serán para completar las vacantes en el máximo tribunal que dejaron las salidas de Elena Highton de Nolasco, en 2021, y de Juan Carlos Maqueda, a fines del año pasado.

El tratamiento de la candidatura de Lijo en el Senado iba a tener lugar el viernes pasado, pero la sesión se suspendió ya que el Gobierno no contaba con respaldo legislativo suficiente para la aprobación del pliego. La designación vía decreto se extenderá por nueve meses, hasta el fin del año parlamentario, y en el caso de Lijo, el actual juez federal deberá renunciar a su cargo antes de asumir como integrante de la Corte.

El titular del bloque de Unión por la Patria, José Mayans, había anticipado que su bancada no aceptará el nombramiento por decreto y pedirá la destitución.

García Mansilla también respondió preguntas ante legisladores nacionales.

Por un año

Mientras tanto, ambos jueces entrarán en funciones durante un año, el tiempo límite autorizado para un nombramiento en comisión.

El oficialismo buscará el año próximo conseguir las mayorías para nombrarlos de manera permanente en el Máximo Tribunal. Si no los consiguen, en el Gobierno advierten que volverán a repetir el mismo procedimiento dentro de 12 meses.

Mauricio Macri había utilizado la misma herramienta en 2016 para ungir a Horacio Rosatti y a Carlos Rosenkrantz, pero finalmente los jueces asumieron con el aval de los dos tercios del Senado, que esta vez el Gobierno no consiguió para los postulantes que promovió.

El comunicado oficial de Presidencia recordó que la herramienta para nombrar a funcionarios de otros poderes y de entes autárquicos que requieran el acuerdo del Senado en comisión ya había sido utilizada por otros mandatarios.

"Ha sido ejercida a lo largo de 171 años de historia por diversos presidentes de todo el espectro político, entre los que se encuentran Urquiza, Mitre, Sarmiento, Avellaneda, Pellegrini, Roca, Yrigoyen, Perón, Alfonsín, Menem y Macri, entre otros, y ha sido convalidada en reiteradas oportunidades por la propia Corte Suprema", reza el texto.

El Senado no trató el pliego de Lijo.

Críticas al Senado

El extenso comunicado oficial tampoco evita críticas a la Cámara Alta. En ese sentido, el Gobierno resaltó que “en ningún caso el Senado tiene la potestad para rechazar el acuerdo de los candidatos propuestos por el Presidente en base a preferencias personales o políticas de los senadores".

"De hecho, es la politización de la Justicia una de las principales causas de que los argentinos no tengan un servicio de Justicia que resuelva sus problemas", sigue.

Y continúa: "La Constitución claramente establece que es el Presidente, y nadie más, quien tiene la facultad de seleccionar los candidatos para cubrir las vacantes en el Máximo Tribunal, limitándose el Senado a prestar su conformidad o rechazarlos en función de un análisis objetivo de la idoneidad técnica de los candidatos".

De hecho, en el comunicado recordaron “cuando una notable mayoría del arco político respaldó tanto a Néstor Kirchner como a Mauricio Macri en la designación temprana de jueces para la Corte Suprema durante sus mandatos. Sin embargo, durante meses, han evadido respetar la decisión de este Gobierno, aun cuando la falta de pronunciamiento implica un grave daño al funcionamiento de uno de los tres poderes de la República”.

En atención a ello, invocando “la inacción del Senado y al prolongado estancamiento del proceso”, el Ejecutivo decidió avanzar con la designación en comisión de los jueces, amparado en el artículo 99, inciso 4, de la Constitución Nacional, que faculta al Presidente a realizar nombramientos transitorios en caso de vacantes durante el receso legislativo. La medida estará vigente hasta la finalización del próximo período legislativo.

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