Por otra parte, establece "que el incremento adicional para el año 2024 del Impuesto Inmobiliario Urbano y de la Patente Única sobre Vehículos se realizará de acuerdo a las disposiciones de los artículos 2 y 37 de la Ley Nº 14244, respectivamente, aplicándose para la determinación del índice del incremento la siguiente proporción, 50% correspondiente a la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) publicado por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación o el que en el futuro lo reemplace y el otro 50% al Índice de Precios al Consumidor (IPC) publicado por el Instituto Provincial de Estadísticas y Censos (IPEC), el cual asciende a 112,78%".