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Se prohibieron unas pasas de uva por riesgo para la salud

El organismo nacional detectó que el producto “Pasas de uva jumbo sin semillas” de la marca Valle Encantado utilizaba números de registro inexistentes y contenía una piedra en uno de sus envases. Ordenaron retirar todos los lotes y presentaciones del mercado.

Se prohibieron unas pasas de uva por riesgo para la saludSe prohibieron unas pasas de uva por riesgo para la salud

Miércoles 22.10.2025
 10:13
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La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio argentino —incluidas las plataformas de venta online— de las “Pasas de uva jumbo sin semillas” de la marca Valle Encantado.

El producto estaba falsamente rotulado y carecía de los registros sanitarios correspondientes. La medida fue dispuesta a través de la Disposición 7769/2025, publicada este martes en el Boletín Oficial.

Producto prohibido Valle Encantando

Tras la denuncia de un consumidor

El caso se originó a partir del reclamo de un particular ante el Instituto Nacional de Alimentos (INAL), quien denunció haber encontrado una piedra dentro de un paquete del producto “Pasas de uva jumbo sin semillas, marca Valle Encantado, peso neto 100 g”. La denuncia permitió iniciar una investigación que reveló una serie de irregularidades en la rotulación y procedencia del alimento.

Según detalla la ANMAT en la resolución, el Departamento de Vigilancia Sanitaria y Nutricional del INAL verificó, a través del Sistema de Información Federal para la Gestión del Control de los Alimentos (SIFeGA), que el número de Registro Nacional de Establecimiento (RNE) impreso en el envase correspondía a un establecimiento inexistente.

Lo mismo ocurrió con el Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA), que también resultó ser apócrifo.

Un consumidor encontro una piedra en la bolsa del producto

Ante esta situación, el organismo notificó el Incidente Federal N° 4691 en el Sistema de Información de Vigilancia Alimentaria (SIVA), con el objetivo de alertar a las autoridades sanitarias de todas las jurisdicciones.

Asimismo, se solicitó la intervención de la Dirección de Industrias y Productos Alimenticios (DIPA) de la provincia de Buenos Aires, ya que el producto había sido adquirido en un comercio de San Clemente del Tuyú, en el Partido de La Costa.

La Secretaría de Protección Comunitaria del municipio corroboró la venta del alimento y procedió a actuar según lo establece la Ley N° 18.284 y el Decreto N° 2126/71, que regulan la sanidad de los alimentos en la Argentina.

Producto “apócrifo”

El análisis posterior realizado por el Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria del INAL fue contundente: las “Pasas de uva jumbo sin semillas” de Valle Encantado se encontraban en infracción al artículo 3° de la Ley N° 18.284, al artículo 3° del Anexo II del Decreto N° 2126/71 y a los artículos 6 bis y 13 del Código Alimentario Argentino (CAA).

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El motivo: el alimento no contaba con los registros sanitarios de establecimiento ni de producto, y además utilizaba números de RNE y RNPA falsos. Por esa razón, fue calificado como un producto apócrifo, es decir, uno que no puede ser identificado de manera fehaciente como elaborado o fraccionado por un establecimiento habilitado.

La disposición también aclara que, al no poder garantizarse su origen ni las condiciones de elaboración, el producto no puede ser fabricado ni vendido en ninguna parte del país, ya que representa un riesgo para la salud de los consumidores.

En consecuencia, la ANMAT resolvió prohibir su elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en plataformas digitales. Además, extendió la prohibición a todos los productos que utilicen los números de RNE N° 018125698 y RNPA N° 1819992916 en sus etiquetas, por ser registros inexistentes.

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