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Crimen del Dique I

Dura condena para el joven que empujó a otro de una patada al agua

El tribunal de juicio sentenció a 18 años de prisión al "Colo" Castagnino, por el homicidio simple de Claudio Alegre, ocurrido la madrugada del 23 de marzo de 2019, tras una pelea dentro del casino.

Dura condena para el joven que empujó a otro de una patada al aguaDura condena para el joven que empujó a otro de una patada al agua

Viernes 11.3.2022
 20:00
Juliano Salierno
Juliano Salierno

La justicia provincial condenó este viernes a 18 años de prisión a Andrés Alberto Castagnino (22), por el homicidio simple de Claudio Marcelo Alegre, ocurrido la madrugada del 23 de marzo de 2019 en una de las calles principales que dan al Dique I del Puerto de Santa Fe.

La resolución ordenada por el tribunal pluripersonal que integraron los jueces Nicolás Falkenberg -presidente-, Sergio Carraro y Pablo Ruiz Staiger, fue el corolario de un juicio oral y público que se inició el lunes 7 de marzo, en el cual se debatió sobre la intencionalidad de Castagnino de provocar la muerte de Alegre.

Numerosos testigos abonaron la teoría del caso llevada adelante por los fiscales Andrés Marchi y Estanislao Giavedoni, quienes en su alegato final pidieron 20 años de cárcel para el acusado, bajo la figura de "homicidio simple".

Por contrapartida, la defensa de Castagnino, a cargo de los abogados Juan Aguilar y Germán Corazza, postularon como tesis el "homicidio preterintencional".

Flavio Raina. Los abogados defensores, Juan Aguilar y Garmán Corazza, recibieron la sentencia sin la presencia de su representado en la sala -estaba en la cárcel de Las Flores por videoconferencia-.

Los abogados defensores, Juan Aguilar y Garmán Corazza, recibieron la sentencia sin la presencia de su representado en la sala -estaba en la cárcel de Las Flores por videoconferencia-.Foto: Flavio Raina.

"Si bien reconocemos la conducta reprochable a nuestro cliente, la conducta que desplegó no estaba destinado al resultado que generó la acción", dijo el Dr. Corazza a El Litoral. "Él no tuvo la intención de ocasionar la muerte de este muchacho Alegre, y creemos que en el juicio tampoco se ha probado", por lo que no descartan apelar la sentencia una vez conocidos los fundamentos.

Video clave

Fue sin dudas un video de las cámaras de seguridad privada apostadas en el lugar, el que terminó de definir la responsabilidad del "Colo" Castagnino en el evento fatal. Las imágenes, que fueron exhibidas el miércoles a pedido de la acusación y en presencia de la mamá y la hermana de la víctima, dan cuenta de la crueldad con la cual el acusado terminó arrojando al agua a su oponente.

Según los registros fílmicos, tras una pelea de la que participaron otros sujetos, pero que había terminado, la víctima se refugió detrás de la baranda de contención ubicada en inmediaciones del Dique I. Fue entonces que reaparece Castagnino que comenzó a propinarle patadas, empujando a Alegre hasta que cayó al agua, donde terminó ahogándose.

"Entendemos que (el tribunal) ha reflejado las expectativas de la fiscalía", expresó el Dr. Marchi tras la lectura de la sentencia, y consideró que "la pena fue importante", más allá de que "habíamos solicitado 20 años" por la misma calificación de homicidio simple.

A propósito de la elocuencia del video utilizado como prueba, el fiscal Giavedoni reconoció que "no es común obtener este tipo de registros fílmicos tan claros. Entendemos que es un aporte muy importante pero el resto de los testimonios (hubo testigos presenciales) hicieron que en conjunto fueran fundamentales para lograr este tipo de resolución".

Flavio Raina. Los fiscales Marchi y Giavedoni, comunicaron los alcances del fallo a familiares de la víctima.

Los fiscales Marchi y Giavedoni, comunicaron los alcances del fallo a familiares de la víctima.Foto: Flavio Raina.

Por una mujer

Por último, el fiscal Marchi se refirió al motivo por el cual se produjo el enfrentamiento: "Según los testimonios que se produjeron en su momento y los videos registrados por el sistema de monitoreo del casino, permitió observar las secuencias anteriores y el hecho posterior inmediato. Hubo un conflicto de una persona del entorno de Alegre con una mujer que era del entorno de Castagnino y a raíz de eso intervienen tanto Castagnino como Alegre y se suscita un conflicto entre ellos, que luego tiene un desenlace fatal", se explayó.

No obstante, aclaró el fiscal que "ese conflicto inicial había cesado totalmente. Lo que nosotros podemos ver a través de las imágenes es que había una persona en casi absoluta indefensión, rehuyendo a cualquier tipo de enfrentamiento y otra persona (Castagnino) arrojándolo a las aguas con intención homicida y eso es lo que se ha visto corroborado en el debate".

Contra la Prefectura


Una de las estrategias utilizadas por la defensa de Castagnino para menguar su responsabilidad en la muerte de Alegre fue responsabilizar a un oficial de Prefectura Naval que acudió al lugar una vez que la víctima se encontraba en el agua.

"Entendemos que quedó plenamente claro en el debate que al lugar arribó un prefecto en el mismo momento que se produce la acción y ese prefecto tiene un deber funcional de actuar y no lo hizo", acusó Corazza. "Testigos y amigos de la víctima dijeron que le gritaban que se tire y no se tiró", en cambio "ese prefecto declaró que empezó a desvestirse para hacer la maniobra de arrojo para tirarse al agua, pero desistió porque no lo veía" flotando.

"Más allá de estas cuestiones vamos a esperar el fundamento del fallo. Estamos en desacuerdo pero no sabemos cuáles son los fundamentos", agregó el profesional, que también reacción ante la abultada pena, la cual consideró "excesiva".

En tanto, el Dr. Juan Aguilar recalcó que "si bien resulta de la filmación que nuestro defendido sí lo empuja, la patada no es idónea para provocar la muerte, sino que cae a las aguas vivo y termina ahogándose" por falta de asistencia "por eso se trata de un delito preterintencional y no de un homicidio simple", cerró.

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