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Un peligro para la salud

La Anmat prohibió una serie de anabólicos fabricados por firmas sin habilitación sanitaria

La disposición fue publicada este miércoles en el Boletín Oficial

La Anmat prohibió una serie de anabólicos fabricados por firmas sin habilitación sanitariaLa Anmat prohibió una serie de anabólicos fabricados por firmas sin habilitación sanitaria

Miércoles 27.10.2021
 10:05

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió este miércoles a través de su publicación en el Boletín Oficial distintos productos médicos.

Tal como se detalla en la disposición 7883/2021, se trata de los productos catalogados como:

“METANDROSTENOLONA 10 mg LANDERLAND por 100 comprimidos vía oral, Elaborado por FARMACO S.A. División: LANDERLAN. Ofic. Luis Gasperi 935. Planta: Carretera de López e/Alejandro Miranda. Lambaré Paraguay”.

“TESTENAT DEPOT ENANTATO DE TESTOSTERONA 250 mg/mL LANDERLAN, frasco ampolla x 4 mL, via I.M., Elaborado por FARMACO S.A. División: LANDERLAN. Ofic. Luis Gasperi 935. Planta: Carretera de López e/Alejandro Miranda. Lambaré Paraguay”

“STANOZOLOL TABLETS, Stanzolol 20 mg. Manufactures in Germany Jenapharm”

“NORTHERN PHARMACEUTIC2ALS 100 tablets Stan-10® Stanozolol 10 mg for oral use only. Northern Pharma Inc. 120 K Marksa Street, Rostov-na-Dony Russia”

“NORTHERN PHARMACEUTICALS 100 tablets DBol-10® Methandrostenolone 10 mg for oral use only. Northern Pharma Inc. 120 K Marksa Street, Rostov-na-Dony Russia”

“NORTHERN PHARMACEUTICALS 100 tablets Anadrol-50® Oxymetholone 50 mg for oral use only. Northern Pharma Inc. 120 K Marksa Street, Rostov-na-Dony Russia”.

Además, fija la prohibición de “la comercialización, uso y distribución en todo el territorio nacional de cualquier producto medicinal elaborado por las firmas FARMACO S.A. División: LANDERLAN. Ofic. Luis Gasperi 935. Planta: Carretera de López e/ Alejandro Miranda. Lambaré Paraguay y Northern Pharma Inc. 120 K Marksa Street, Rostov-na-Dony Russia”.

En su considerando explica que las actuaciones se iniciaron a raíz de que en el marco de la causa caratulada “Tráfico mercadería peligrosa para la salud” que “mediante oficio judicial se solicitó a esta Administración realizar la verificación de legitimidad de los productos secuestrados en autos, y si los mismos se encontraban prohibidos para su comercialización y si eran nocivos para la salud”.

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Fue por ello que tras la verificación de los artículos citados y una serie de consultas a la Dirección de Gestión de Información Técnica, esta informó que no constan registros de habilitación de las firmas Germany Jenapharm; Northern Pharma Inc ni Farmaco S.A. División: Landerlan en los rubros de Medicamentos, Cosméticos ni productos médicos y tampoco se encuentran registrados productos elaborados o importados por las firmas mencionadas por lo que los productos “no cuentan con las debidas autorizaciones para ser utilizados, comercializados y distribuidos en la República Argentina”.

Asimismo, señaló que “los productos detallados contienen sustancias farmacológicamente activas de tipo anabólicas esteróides, por lo que corresponde considerarlos medicamentos” y “en consecuencia, desde el punto de vista sanitario, se trata de productos fabricados por firmas sin habilitación sanitaria en la República Argentina, desconociéndose la verdadera composición y las condiciones de elaboración, no pudiendo asegurarse su calidad, seguridad y eficacia, por lo que revisten un alto riesgo para la salud de los potenciales consumidores”.

Y con todo esto, “la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud, a fin de proteger a eventuales adquirentes y usuarios de los productos involucrados, sugirió prohibir la comercialización, uso y distribución en todo el territorio nacional de todos los lotes y presentaciones de los productos”.

#TEMAS:
Boletín Oficial

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