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POLÍTICA

Sancionado en noviembre de 2023

Rige el nuevo Código Procesal Penal de Menores en Santa Fe

La novel regla conlleva la eliminación de la Justicia de Menores dentro del Poder Judicial, así como la modalidad de persecución penal existente. Lo reemplaza un nuevo régimen de acusación y enjuiciamiento a cargo del Ministerio Público de la Acusación.

Rige el nuevo Código Procesal Penal de Menores en Santa FeRige el nuevo Código Procesal Penal de Menores en Santa Fe

Sábado 21.6.2025
 9:00
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Mario Cáffaro
Por: 
Mario Cáffaro
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Este sábado entró en vigencia en toda la provincia el Código Procesal Penal Juvenil, aprobado por la Ley 14.228 sancionada por la Legislatura el 30 de noviembre de 2023 y promulgada por el Poder Ejecutivo el 29 de diciembre de ese mismo año.

Para su implementación, en el seno del Ministerio Público de la Acusación (MPA), la fiscal general, María Cecilia Vranicich, definió la creación de Unidades Fiscales Especializadas en la temática dentro de la estructura de cada una de las cinco fiscalías regionales. Además, dispuso la creación de la Unidad Fiscal Especializada en Responsabilidad Penal Adolescente (UFERPA), la cual funcionará en el ámbito de la Coordinación de Fiscales para la Gestión Estratégica y Persecución Penal por Objetivos Priorizados de la Fiscalía General, a cargo de la fiscal Carla Cerliani.

"Cambio sustancial en el MPA"

"La UFERPA se encargará de la planificación y supervisión de la persecución penal en materia penal juvenil en la provincia y, de forma excepcional, podrá asumir el litigio de casos individuales", explicó la fiscal general. "A su vez, deberá articular el trabajo conjunto con las Fiscalías Regionales y velar por el principio de unidad de la actuación del MPA", especificó.

Vranicich sostuvo que "estamos frente a un cambio sustancial en las funciones del MPA", y agregó que "desde hace más de un año, venimos coordinando esfuerzos en vistas a la persecución penal de menores de edad".

Explicó que ahora "comenzamos a investigar a jóvenes de entre 16 y 18 años que cometan hechos delictivos de competencia provincial que tengan un mínimo de pena en expectativa de dos años de prisión. La implementación de este nuevo Código, junto con el juicio por jurados, son los elementos que completan y adecuan integralmente el sistema acusatorio adversarial a la Constitución Nacional en nuestra provincia", resaltó.

Vranicich sostuvo que "estamos frente a un cambio sustancial en las funciones del MPA". Foto: Flavio Raina

Vranicich señaló que "a diferencia de lo sucedido en 2014 cuando se implementó el sistema acusatorio para mayores de edad en el que quedaron las causas anteriores encapsuladas en un sistema residual con estructura propia, en esta oportunidad en el sistema penal juvenil será asumida íntegramente la carga de trabajo en trámite de los Juzgados de Primera Instancia de distrito de Menores por el MPA".

Destacó que "está todo dado para iniciar los procesos de traspaso de recursos humanos desde los órganos que intervendrán hasta el sábado en la investigación de los delitos cometidos por menores de edad". Precisó que "nueve profesionales que estaban a cargo de las Asesorías de Menores y de las Secretarías Penales serán fiscales en la materia, mientras que más de 60 empleados y empleadas administrativas del mismo origen se integrarán al MPA". Añadió que "estamos en tratativas con la Corte Suprema de Justicia para que también sea trasladado el personal de servicios, que es lo que corresponde según la ley vigente".

Detalló que "hasta que los nuevos recursos humanos se consoliden en cada circunscripción judicial, los fiscales regionales asignaron a fiscales referentes quienes vienen centralizando gestiones y siendo el nexo con la UFERPA durante la primera etapa de persecución penal juvenil".

A raíz de la nueva competencia institucional, se adaptó el sistema informático del MPA, denominado Heimdall, para adecuar sus funcionalidades y módulos. También se desarrolló un sistema al que se llamó Clio, que será una herramienta de consulta permanente durante la persecución penal de ilícitos cometidos por menores de edad, ya que centraliza datos históricos provenientes de los Juzgados de Primera Instancia de Distrito de Menores.

"La integración de información sobre legajos abiertos y finalizados a las bases de datos institucionales resulta fundamental para la continuidad de las investigaciones, la trazabilidad de casos y la toma de decisiones fundadas", valoró Vranicich. "En las cinco circunscripciones, se relevaron expedientes en marcha y se identificaron prioridades", manifestó.

Para prestar los servicios del MPA relativos a la persecución penal de menores de edad, en las ciudades de Santa Fe y Rosario se alquilaron inmuebles ubicados en 25 de Mayo 2319 y en Avenida San Martín 2886, respectivamente, los cuales se habilitarán oficialmente en los próximos días. Mientras tanto, las tareas se llevarán a cabo en los inmuebles en los que funcionaban los juzgados de Menores, tanto en la capital provincial como en Rosario.

En cuanto a Casilda, San Lorenzo, Tostado y Rafaela, el MPA pasará a ser el locatario de las sedes actuales de los Juzgados de Primera Instancia de Distrito de Menores.

En Reconquista, Villa Constitución y Venado Tuerto, se utilizarán oficinas en Centros de Justicia, donde se desempeña el personal del fuero de Menores que será traspasado.

La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe hizo saber que desde este sábado entró en vigor el nuevo Código Procesal Penal Juvenil. Foto: Flavio Raina

Comunicado de la Corte Suprema de Justicia

La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe hizo saber que desde este sábado entró en vigor el nuevo Código Procesal Penal Juvenil, sancionado por la Ley N.° 14.228.

La implementación del nuevo Código conlleva la eliminación de la Justicia de Menores dentro del Poder Judicial, así como la modalidad de persecución penal existente, siendo reemplazada por un nuevo régimen de acusación y enjuiciamiento a cargo del MPA.

Precisa la Corte que desde la sanción de la ley 14.228, el tribunal superior dispuso diversas medidas para el traspaso de expedientes, funcionarios y personal de los Juzgados de Menores, así como la capacitación de los operadores judiciales de conformidad a la nueva ley.

Según las previsiones contenidas en la norma, "el ejercicio de la acción penal pública estará a cargo del MPA", y como consecuencia de ello todos los expedientes pasarán al aludido Ministerio Público.

También se produce el traspaso de magistrados, funcionarios y empleados de la Justicia de Menores del Poder Judicial. De esta manera, los magistrados/as de Primera Instancia de Distrito de Menores de la provincia de Santa Fe, conforme lo establece el nuevo Digesto Procesal, pasan a integrar los Colegios de Jueces Penales de Primera Instancia que correspondan a su asiento territorial. Los funcionarios que revisten la categoría de Asesores de Menores y de Secretarios Penales de primera instancia de Distrito del fuero de Menores al igual que los empleados, fueron traspasados a la estructura funcional del MPA, según lo dispuesto por el legislador mediante ley n.°14.228.

La Corte Suprema de Justicia destacó que, en orden al cumplimiento de la Ley, el 6 de agosto de 2024 dispuso mediante Acta- Acuerdo N.° 29 la capacitación obligatoria de los Jueces integrantes de los cinco Colegios de Jueces Penales de la provincia como también a los del fuero de Menores.

Todo lo dispuesto por la Corte Suprema de Justicia mediante sus Actas – Acuerdos, se encuentra publicado en el sitio web oficial www.justiciasantafe.gov.ar "Bases de Jurisprudencia y Acordadas – Acordadas de Gobierno".

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Mario Cáffaro
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