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POLÍTICA

Trabajosa negociación entre bloques

La Convención aprobó su reglamento de funcionamiento y el programa de trabajo

La regla de juego fue votada por unanimidad pero hubo votos en rechazo a algunos artículos de La Libertad Avanza, Somos Vida y Libertad. El cuerpo ya utilizó la posibilidad de prórroga por 20 días que establece la Ley de necesidad de la reforma.

La Convención aprobó su reglamento de funcionamiento y el programa de trabajoLa Convención aprobó su reglamento de funcionamiento y el programa de trabajo

Lunes 14.7.2025
 21:32hs
 / 
Actualizado al Martes 15.7.2025 8:38hs
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Mario Cáffaro
Por: 
Mario Cáffaro
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Política.

La Convención Constituyente sancionó anoche su reglamento de funcionamiento, aprobó el plan de trabajo, la prórroga de funcionamiento por 20 días hasta el 12 de septiembre y avaló el Presupuesto para su funcionamiento.

Las votaciones se produjeron bien entrada la noche del lunes tras dos cuartos intermedios que significaron múltiples reuniones de Labor Parlamentaria e internas de los distintos bloques.

Tras la elección de autoridades, la Convención pasó a cuarto intermedio hasta las 16 y luego hasta las 20 para retomar allí la reunión.

El reglamento, en general, fue avalado por todos los convencionales y luego votos en rechazo de algunos artículos en el caso de La Libertad Avanza y Somos Vida y Libertad en el caso del artículo y del 72, en este último caso con también cinco votos de rechazo de Somos Vida y Familia y de los cuatro de Activemos.

El artículo 11° habla del voto del Presidente: “El Presidente tendrá derecho de voto en todas las votaciones y, en caso de empate, luego del trámite fijado en el artículo 76, el suyo será el que desempate”, señala el texto aprobado.

En cuanto al artículo 72° se habla de Mayorías: “Las decisiones sobre proyectos de reforma o de resolución para ser válidas deberán ser aprobadas por mayoría simple”, afirma el reglamento.

Felipe Michlig presidió la sesión donde se votó el reglamento y el plan de trabajo para la reforma.

Son 90 los artículos que condensa el reglamento.

En el primer artículo se señala que “la Convención Reformadora sesionará en el recinto de la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe, en la ciudad de Santa Fe. Fuera de este lugar los Convencionales no constituirán Convención, salvo casos de fuerza mayor previstos en este Reglamento.

Las Comisiones funcionarán en las instalaciones de la Legislatura de la Provincia, en la ciudad de Santa Fe, a excepción de aquellas cuya reunión sea dispuesta en ciudad de Rosario por la Comisión de Labor Parlamentaria”.

El acuerdo señala que las comisiones que tendrá la convención serán las siguientes:

* Comisión de Labor Parlamentaria: estará integrada por las autoridades de los bloques constituidos y por los miembros que oportunamente decida el pleno de la Convención;

* Comisión de Peticiones, Poderes y Reglamento:estará integrada por once convencionales;

* Comisión Redactora: estará integrada por dieciocho miembros.

*.Comisión de Declaraciones, Derechos y Garantías: estará integrada por dieciséis legisladores

* Comisión de Poder Legislativo y Poder Ejecutivo: estará integrada por dieciocho convencionales;

* Comisión de Poder Judicial y otros órganos constitucionales: estará integrada por veinte convencionales;

* Comisión de Régimen Municipal, Derecho a la ciudad y ordenamiento territorial: estará integrada por quince miembros.

* Comisión de Funcionamiento del Estado y participación ciudadana: estará integrada por quince convencionales.

También el pleno de la Convención tomó el juramento a los tres secretarios que tendrá para su funcionamiento: Diego Maciel (Administrativo) y Santiago Mascheroni y Mariano Cuvertino como Parlamentarios.

Además tomó juramento a cuatro subsecretarios: Juan Cruz Cándido, Marcelino Lago, Guillermo Reviglio y Germán Pugnanoli.

Los convencionales definieron las comisiones y el cronograma para avanzar en la reforma constitucional.

Prórroga y programa de trabajo

La Convención además avanzó en utilizar la posibilidad de prórroga de 20 días que establece la Ley que declaró la necesidad de reforma de la Constitución. “Prorrogar el plazo de funcionamiento de la Convención Reformadora de la Constitución de la Provincia de Santa Fe, asignándole sesenta días corridos para cumplir su cometido”. Damos certeza y certidumbre, dijo el presidente del bloque de Unidos, Fabián Bastia.

El programa de trabajo votado mediante una resolución consta de seis puntos. Se establece que las comisiones temáticas previstas en el Reglamento de la Convención Reformadora podrán comenzar su labor una vez constituidas y su trabajo se extenderá, como máximo, hasta tanto resten veinte días corridos para el vencimiento del plazo al que se refiere el artículo 1° de esta Resolución. Además las comisiones podrán emitir sus despachos y remitirlos a la Comisión Redactora a partir de que resten treinta días para la finalización del plazo al que se refiere el artículo 1° de esta Resolución.

Más adelante señala que las comisiones deberán cumplir con la remisión de sus despachos a la Comisión Redactora, como máximo, el día en el que resten veinte días para la finalización del plazo al que se refiere el artículo 1° de esta Resolución. Se establece que si las comisiones no cumplieren con su cometido en el plazo indicado en el párrafo anterior, la Comisión Redactora se abocará directamente al tratamiento de los artículos o temas, tal como lo dispone el artículo 28 del Reglamento.

Remarca que la Comisión Redactora, una vez recibido los despachos de las Comisiones o habiéndose abocado a su redacción en la hipótesis antes prevista, deberá remitir sus dictámenes al pleno de la Convención y ésta los podrá tratar hasta tanto resten cinco días para la finalización del plazo al que se refiere el artículo 1° de esta Resolución. Por último establece que la Comisión Redactora recibirá los despachos del Pleno de la Convención y los ordenará, de conformidad con el artículo 33 del Reglamento, para poner a consideración del Pleno, como máximo, tres días antes de la finalización del plazo al que se refiere el artículo 1° de esta Resolución.

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