Asimismo se faculta al Ministerio de Seguridad a llevar adelante distintas acciones, entre ellas que cada unidad carcelaria diseñe su plan de acción en cuanto a su infraestructura, necesidad de equipamiento, personal disponible y demás condiciones, la adecuación de las disposiones del PE a fines de la prohibición de comunicaciones telefónicas a través de equipos o terminales móviles, instalación de inhibidores de llamadas, uso de líneas telefónicas fijas, control de uso o tenencia de elementos no permitidos, inspecciones, requisas y régimen de sanciones, traslado de internos, cumplimiento de órdenes judiciales, condiciones mínimas de habitabilidad. También se buscan fortalecer las acciones a llevar adelante por la Dirección Provincial de Control y Asistencia pos Penitenciaria, (ex Patronato de Liberados) o la que en el futuro la reemplace, a los fines de mejorar la infraestructura existente, las actividades, capacitaciones y el acompañamiento en programas de reinserción laboral de los tutelados.