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Se prohibieron productos con cannabis y un inyectable para tratamiento estético: cuáles son

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la comercialización y uso de productos con cannabis no autorizados y de un lote falsificado del producto médico SCULPTRA.

Se prohibieron productos con cannabis y un inyectable para tratamiento estético: cuáles son Se prohibieron productos con cannabis y un inyectable para tratamiento estético: cuáles son

Miércoles 16.7.2025
 7:15hs
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La Anmat emitió tres disposiciones que impactan directamente en la venta y consumo de productos con aceite de cannabis y de un conocido producto médico para uso estético. En todos los casos, se detectaron irregularidades que podrían poner en peligro la salud pública.

Las autoridades sanitarias recordaron que ningún producto de uso medicinal puede ofrecerse ni comercializarse en el país sin contar con los debidos registros, y alertaron sobre los riesgos del uso de sustancias sin control ni autorización oficial.

Aceites CBD no autorizados que prometían curar más de 30 enfermedades

Mediante la Disposición 5034/2025, publicada en el Boletín Oficial, la Anmat prohibió el uso, distribución y comercialización en todo el país del producto denominado “ECONatural Laboratorios, ACEITE CBD SUPLEMENTO NUTRICIONAL DECORBOXYLATED, 10 ml 5% CBD”. El aceite, de venta libre y vía sublingual, había sido detectado durante una inspección en la farmacia Homeopática de Flores de Alrone S.A., en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Según detalla el informe oficial, el envase aseguraba tratar enfermedades graves como cáncer, epilepsia, Parkinson, Alzheimer, esquizofrenia, lupus, trastornos del sueño, entre otras más de 30 patologías.

Además, no contaba con un importador registrado en la Argentina, ni figura en el Registro de Especialidades Medicinales (REM), por lo que su composición y condiciones de elaboración son desconocidas.

La Anmat advirtió que este tipo de productos puede parecer natural o inofensivo al declararse como “suplemento nutricional”, pero su venta y uso sin aval científico ni registro sanitario constituye un riesgo grave para la salud pública. A partir de esta disposición, se ordenó su retiro del mercado y se notificó a todas las autoridades sanitarias del país.

Cremas analgésicas con cannabis

Venta online de cannabis sin habilitación

La segunda advertencia fue formalizada en la Disposición 5035/2025. En este caso, El organismo actuó tras una denuncia del Colegio de Farmacéuticos de la provincia de Buenos Aires, que detectó la venta de productos con cannabis en la web https://www.cannaturalargentina.com.ar/.

En esa plataforma se ofrecían aceites de CBD y THC, así como cremas analgésicas con cannabis, árnica y otros ingredientes. Todos los productos se anunciaban como suplementos nutricionales, pero afirmaban poseer propiedades terapéuticas como antiinflamatorio, ansiolítico, antipsicótico y hasta antitumoral.

La Anmat confirmó que ninguno de los productos ni la firma Cannatural Argentina contaban con registro ante el organismo. Tampoco cumplían con las exigencias mínimas de rotulado para medicamentos ni indicaban responsable técnico, importador o fabricante.

La venta de estos productos, señaló el organismo, infringe la Ley 16.463 y la Disposición N° 6431/2022, que regula específicamente los productos vegetales a base de cannabis para uso medicinal.

En consecuencia, se prohibió su comercialización y se ordenó a las firmas involucradas cesar cualquier actividad relacionada con estos compuestos hasta que cuenten con la debida autorización sanitaria.

Inyectable utilizado en tratamientos estéticos

SCULPTRA falsificado: riesgo en tratamientos estéticos

Por otra parte, y mediante la Disposición 5036/2025, la Anmat alertó sobre la detección en el mercado de una versión falsificada del producto médico SCULPTRA Poly – L –lactic acid, un inyectable utilizado en tratamientos estéticos para corregir lipoatrofias y atenuar el envejecimiento cutáneo.

La advertencia llegó luego de que la firma Galderma Argentina S.A., titular del producto original, denunciara la circulación de unidades falsificadas del lote 4J1242, con fecha de vencimiento 02/2028. La empresa aclaró que ese lote ya había sido distribuido en 2024, pero que los productos encontrados no corresponden a los fabricados por ellos.

Entre las diferencias observadas entre el producto original y el falsificado, se destacaron cambios en la cantidad declarada de viales (el verdadero contiene 1, el falsificado 2), diferencias en los textos del envase y en la forma de impresión del vencimiento. Mientras que el producto original tiene el vencimiento grabado con láser, la copia lo presenta en una etiqueta adherida.

La Anmat consideró que, al tratarse de un producto inyectable y de clase de riesgo IV, el uso de versiones falsificadas representa un serio peligro para los pacientes, ya que no se puede garantizar su esterilidad ni su composición real. Por ese motivo, también se ordenó su prohibición total en el país.

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