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Por trata de persona

Nueva condena para proxeneta de la costa

Gozaba de la libertad condicional cuando se fue a Alta Gracia, de donde trajo una mujer a la que prostituyó y bajo amenazas alejó de sus hijos. 

Nueva condena para proxeneta de la costa Nueva condena para proxeneta de la costa

Viernes 23.3.2018
 15:16
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Juliano Salierno
jsalierno@ellitoral.com



El Tribunal Oral Federal de Santa Fe condenó en juicio abreviado a un conocido proxeneta de la zona de la costa santafesina, que estando con la libertad condicional captó a una mujer cordobesa, a la que mantuvo alejada de sus hijos y obligó a prostituirse durante más de dos meses.


La pena impuesta a Gustavo Emiliano “Paco” Ojeda fue de seis años de cárcel, que los jueces José María Escobar Cello, María Ivón Vella y Luciano Homero Lauría, elevaron a diez al momento de unificarla con una condena anterior ante la Justicia provincial. La sentencia, que tiene fecha 15 de febrero, fue el resultado de un acuerdo de juicio abreviado al que llegaron el fiscal general Martín Suárez Faisal y el defensor público oficial Julio Agnoli, con el consentimiento del imputado.


Ojeda, de 40 años, había sido condenado a 8 años de cárcel por el juez de Sentencia Nº 3, Cristian Fiz -luego la Cámara redujo la sanción a 6 años- por haber mantenido cautiva a una joven sanjavierina de 19 años en el prostíbulo Oasis, de Colonia Francesa. Si bien el hecho se remonta a septiembre de 2011, la primera sentencia fue dictada el 15 de febrero de 2013 y alcanzó a una parte de su grupo familiar (su madre, un hermano y la novia de este último) considerados partícipes principales (ver aparte).


Por ese hecho estuvo preso cuatro años -desde el 19 de septiembre de 2011 y hasta el 9 de septiembre de 2015-, cuando obtuvo el beneficio de la condicional.


Le rompió el DNI


Llevaba más de un año en libertad y en el absoluto anonimato, cuando su nombre volvió a aparecer en los registros policiales. El 23 de octubre de 2016 una mujer oriundo de Alta Gracia, provincia de Córdoba, acudió a la subcomisaría 1ra. de barrio Centenario para denunciarlo.


Se presentó como la pareja de Ojeda y dijo ser “víctima de violencia y explotación sexual”. En su primer relato contó que tampoco le permitía contactarse con sus hijos de entonces 9 y 12 años, que vivían con los abuelos en Córdoba.


La denuncia ingresó al Juzgado Federal Nº 2, con intervención a la Agencia de Acompañamiento de Personas Damnificadas por el Delito de Trata y la fiscalía correspondiente. Dos días después, la Justicia realizó la entrevista en cámara gesell con la víctima. Allí contó las circunstancias en las que conoció a Ojeda en Córdoba, que la convenció para viajar a Santa Fe y que una vez aquí le prohibió regresar con su familia. Para ello le “destruyó su documento y su celular” y “la obligó a ejercer la prostitución”.


La mujer relató que la llevaba a la esquina de 1º de Mayo y Crespo, en el microcentro santafesino, “pero como ella no se prostituía, él empezó a quedarse allí para obligarla”, dicen los informes oficiales. Según se pudo acreditar en la causa, durante el día la mantenía encerrada “en una casa en el barrio Centenario” de la que “sólo podía salir con él”. Además. “Ojeda la golpeaba y en algunas oportunidades la drogaba” para que no se revelara.


Producto de la acción de la Justicia Federal, el 29 de octubre fue allanada la casa de un tío de Ojeda, de calle Independencia al 3400 de barrio Centenario, donde el buscado quedó detenido. El 10 de noviembre de 2016 se dictó el procesamiento, con prisión preventiva; y el 5 de abril de 2017 la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario confirmó parcialmente el procesamiento por “trata de personas agravada” durante el período comprendido entre el 13 de agosto y el 23 de octubre de 2016.


Captación y traslado


La causa fue elevada a juicio a mediados del año pasado y el 28 de diciembre último se llevó a cabo la audiencia de juicio abreviado en la cual se acordó la reciente condena. El acuerdo alcanzado por el fiscal Suárez Faisal y el defensor Agnoli considera a Ojeda como “autor del delito de trata de personas con fines de explotación sexual agravado por haber mediado abuso de situación de vulnerabilidad y por la relación de pareja conviviente (art. 145 bis y 145 ter incs. 1 y 6 del C. Penal)”.


Para el tribunal que ratificó sentencia se encuentra probado que Ojeda y quien lo acusa se conocieron “a comienzos de noviembre de 2014” en Alta Gracia, donde la mujer vivía con sus padres y sus dos hijos. También fue acreditado que durante el período en que Ojeda salió de prisión con la condicional viajaba periódicamente a Córdoba; hasta que un día convenció a la mujer para que lo acompañara a Santa Fe, donde la mantuvo retenida hasta el momento de radicada la denuncia.


“Se ha probado la captación y el traslado con fines de explotación sexual, mediando engaño agravado por abuso de situación de vulnerabilidad de la víctima y por tratarse de persona conviviente”, afirma el fallo que lo condenó a 6 años de prisión con pena unificada de diez años, más declaración de reincidencia y la revocatoria de la libertad condicional de la que gozaba el reo.

El caso de la whiskería Oasis


El caso de la whiskería Oasis descubierto en septiembre de 2011 tuvo gran impacto en la opinión pública, no sólo en la zona de la costa sanjavierina, sino en toda la provincia, cuando la víctima, una joven de 19 años, relató que en una noche la obligaron a tener relaciones sexuales con siete extranjeros y que la amenazaban con venderla en Catamarca o meter a su hijito en un lavarropas si no acataba las órdenes.


El calvario que atravesó la víctima se extendió entre el 13 y el 18 de septiembre de 2001, hasta que el 19 de septiembre de 2011 la policía allanó el local donde funcionaba el prostíbulo, en las afueras de San Javier, al este de la ruta provincial Nº 1 y en el límite con Colonia Francesa.


El juez de Sentencia Nº 3 de Santa Fe, Cristian Fiz condenó a Gustavo “Paco” Ojeda como autor de “privación de la libertad y promoción y facilitamiento de la prostitución” y a tres miembros de su familia como “partícipes principales”.


En ese fallo la Justicia determinó que Ojeda seleccionaba primero a sus víctimas, las seducía, las llevaba a vivir a su casa ofreciéndole algunas comodidades, y finalmente las insertaba en el circuito de explotación sexual local. El juez Fiz comprobó que “mediante engaño”, Ojeda la “indujo a que preste servicios, primero despachando bebidas en la whiskería Oasis; y además de obligarla con violencia, golpes y amenazas a que mantuviera relaciones sexuales con clientes”, todo a cambio de “un beneficio económico”.

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