Las condenas a los exjefes de la Policía de Santa Fe, Rafael Grau y Omar Odriozola, serán revisadas por la Cámara de Apelaciones. Este jueves se realizó la audiencia, en la que las partes expusieron por más de cuatro horas.
Durante más de cuatro horas la Alzada escuchó los agravios de las defensas y el MPA. Los primeros apuestan a la absolución mientras que el MPA pidió que se confirmen las condenas.

Las condenas a los exjefes de la Policía de Santa Fe, Rafael Grau y Omar Odriozola, serán revisadas por la Cámara de Apelaciones. Este jueves se realizó la audiencia, en la que las partes expusieron por más de cuatro horas.
El tribunal compuesto por los jueces Fernando Gentile Bersano, Bruno Netri y Roberto Prieu Mántaras será el encargado de analizar la sentencia de primera instancia, firmada por los Dres. Celeste Minniti, Cecilia Labanca y Sebastián Szeifert.
Los excomisarios fueron condenados por delitos de "asociación ilícita" y "defraudación a la administración pública". Les impusieron 6 años y medio de prisión, una inhabilitación especial para ejercer cargos públicos por 10 años y el pago de una multa de $90.000.
Los hallaron responsables de haber usado su potestad jerárquica para disponer los medios, habilitar el ámbito y consentir las actividades desplegadas por una asociación ilícita que defraudó al Estado a través de la falsa reparación de móviles policiales y la inexistente compra de repuestos. Firmaron cheques, facturas y rendiciones de cuenta que permitieron la disposición patrimonial ilegítima.
Sus defensores, Carlos Rena -por Grau- e Ignacio Alfonso Garrone -por Odriozola- solicitaron la revocación de la condena y la absolución de culpa y cargo de sus clientes.
El fiscal Ezequiel Hernández pidió que se confirme la sentencia de primera instancia, que las penas se eleven a 10 años y que se disponga una reparación económica a favor del Estado provincial, el cual resultó afectado por un monto que -actualizado a marzo de 2025- supera los 250 millones de pesos.
Grau ratificó su inocencia y aseguró: "Niego total y absolutamente todos los cargos". Uno de los principales planteos jurídicos de su defensa se centró en la prescripción de la acción penal respecto al delito de defraudación, cuya pena máxima es de seis años.
También cuestionó la condena por asociación ilícita, al considerar que esta figura no está prevista para delitos patrimoniales como el investigado, sino para aquellos que atentan contra el orden o la tranquilidad pública.
En cuanto a la prueba, Grau criticó que hechos ocurridos "fuera del período de imputación", -que en su caso va de septiembre de 2015 a febrero de 2016- "fueron traídos a la causa" para ejemplificar o evidenciar conexiones con algunos miembros de la banda criminal. Además, alegó que la sentencia no probó su intención o voluntad para delinquir: "¿Cuál ha sido mi dolo?".
Finalmente, el abogado Rena puso en duda la fiabilidad de los coimputados "arrepentidos", señalando que sus testimonios fueron "vacilantes, interesados y contradictorios" y que se basaron en "conjeturas, buscando un beneficio de la situación procesal".
A su turno, y en línea con lo anterior, la defensa de Odriozola -cuya gestión fue juzgada desde enero hasta septiembre de 2015- planteó la invalidez de la figura del imputado colaborador (arrepentido). Argumentó que la ley que incorpora esta figura es de 2016 y no puede aplicarse retroactivamente a conductas de 2015, constituyendo una "aplicación retroactiva de una ley penal más gravosa".
La cuestión se tornó fundamental para las defensas porque Facundo Testi, condenado en un juicio abreviado como organizador de la banda, se acogió a la figura del arrepentido y su testimonio fue de "especial relevancia" para la condena.
La defensa de Odriozola también impugnó el estándar probatorio utilizado para realizar una pericia que consistió en una prueba por muestreo.
El abogado criticó que el fallo se basara en el análisis de sólo diez vehículos de todos los secuestrados, y que al momento de revisar si las reparaciones facturadas se habían efectuado sólo se analizaran las del período de Grau, pero las conclusiones se utilizaran para demostrar la existencia de defraudaciones en la gestión de Odriozola.
Para el letrado, "las pruebas fueron pensadas para Grau y luego se pretendió traspolarlas a Odriozola".
Desde una perspectiva funcional, la defensa invocó el principio de confianza, señalando que el Jefe de Policía se basa en la cadena de responsabilidades administrativas y confía en que sus subalternos ejercen sus deberes de control.
La fiscalía rebatió ambos recursos, defendiendo la extensión de la condena y la valoración de la prueba. Se refirió a la complejidad de la investigación de "un caso de alta corrupción, pluralidad de imputados y con un daño millonario", y subrayó la "constante actividad" fiscal para refutar que existieran "tiempos muertos".
En cuanto a la prescripción esgrimida por la defensa de Grau, la fiscalía citó jurisprudencia, sostuvo que la audiencia imputativa constituye un acto interruptivo de la prescripción e indicó que la acción se suspende mientras haya funcionarios públicos consortes de causa que continúan en funciones. En este caso, uno de los miembros de la banda fue destituido de sus funciones recién en 2019.
Sobre la crítica a la falta de fundamentación del fallo, Hernández señaló que la sentencia, de 147 páginas, "lleva a concluir sin dudas" la responsabilidad de los dos excomisarios.
En esa línea, argumentó que el ardid de la defraudación fue probado a través de la simulación de reparaciones (el "dibujo") y la facturación fija, donde el 50% de las reparaciones no se realizaban y un porcentaje fijo retornaba a la jefatura de policía. Testigos clave contaron que el jefe recibía un sobre con el dinero.
Para la fiscalía Grau y Odriozola estaban "inmersos en las maniobras delictivas" y no eran ajenos al propósito criminal. La firma sistemática de facturas fraudulentas por parte de los jefes "demuestra que los acusados actuaron con conocimiento y voluntad de generar un perjuicio económico".
"La sentencia dedicó diez páginas a demostrar cómo la evidencia acredita la participación de Grau y Odriozola en la asociación ilícita y también en las defraudaciones", concluyó Hernández.
Luego, se refirió a su propia apelación, solicitó que las condenas a seis años y medio de prisión se extiendan a diez y que se imponga a los exjefes de policía el pago de una reparación económica a favor del Estado provincial. Ésto último fue rechazado por el tribunal de primera instancia, que consideró que la fiscalía no tiene la potestad de solicitar dicha reparación.
Ahora, los camaristas deberán revisar la sentencia. Mientras tanto, Grau y Odriozola permanecen en libertad.




