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Es hincha tripero y aboga por el cambio...

El presidente de Gimnasia cruzó a Sturzenegger, que quiere una SAD

El ministro de Desregulación y Transformación del Estado, declarado hincha del Lobo platense, es el funcionario que más impulsa la llegada de capitales privados al fútbol, a través de las Sociedades Anónimas Deportivas.

El presidente de Gimnasia cruzó a Sturzenegger, que quiere una SADEl presidente de Gimnasia cruzó a Sturzenegger, que quiere una SAD

Jueves 22.8.2024
 0:01
Redacción EL
Redacción EL
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Mariano Cowen, presidente de Gimnasia y Esgrima La Plata, cruzó a Federico Sturzenegger, ministro de Desregulación y Transformación del Estado, por sus dichos de querer convertir al "Lobo" en una Sociedad Anónima Deportiva.

"No hablé nunca con él y creo que el principal problema lo tiene Sturzenegger, porque cuando sos socio vos adherís a un Estatuto y una forma de pensar y vivir un club, y él se hizo socio de Gimnasia con eso, y ahora quiere cambiar un Estatuto el cual adhirió, eso me parece la primera contradicción", señaló Cowen en diálogo con el portal 0221.

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Luego, agregó: "Yo quiero que todos me expliquen las garantías. Como fanático e hincha de Gimnasia, socio y ahora presidente, quiero que vos me digas 'qué querés para ser una SAD', todo lo que te tengo que dar como club y vos qué me garantizas. Si mañana sale mal, quién se hace cargo. ¿Por qué vendría una SAD a Gimnasia? ¿Por el Bosquecito o el hockey? No, por el fútbol profesional nada más. Gimnasia es un club enorme, es uno de los clubes grandes de Argentina, hay que respetarlo mucho más, tiene una vida social enorme".

"Las asociaciones civiles sin fines de lucro queremos seguir siéndolo siempre, porque el socio de Gimnasia lo ha votado y reafirmado", remarcó el actual mandamás del club platense. Además, señaló que la idea del desembarco de las SAD "no es nada novedoso en el fútbol". "Es totalmente evitable porque hay una intromisión de la política y el Estado nacional en materia deportiva que es una de las premisas que tiene FIFA, la de la no intromisión", completó.

El ministro de Desregulación y Transformación del Estado pidió "que lleguen capitales privados" al club platense. En una entrevista con La Nación+, Sturzenegger señaló que con las SAD buscan más libertades: "Lo que el Presidente propone... siempre propone mayores libertades. Siempre va a dar más opciones a la gente. Entonces, si los dueños de los clubes son los socios, les damos más libertad a los socios para que elijan si quieren traer capitales", explicó.

"Yo soy de Gimnasia y Esgrima La Plata y si no traemos capitales, no sé dónde estamos", manifestó, sobre su intención de que lleguen inversores privados al club platense del cual es hincha.

Normas que impone IGJ

La Inspección General de Justicia (IGJ) dio a conocer los pasos que deberán seguir los clubes para convertirse en Sociedades Anónimas Deportivas (SAD). En una publicación del Boletín Oficial, se dieron a conocer los requisitos y obligaciones que deben cumplir las instituciones en caso de querer modificar su categoría.

La Resolución General 18/2024 fue publicada en el Boletín Oficial y entrará en vigencia a partir del 1° de noviembre. Cabe remarcar que esta medida no está ligada con la reglamentación de las SAD que le impone a AFA adecuar su Estatuto, que igualmente se encuentra frenada por la Justicia.

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Entre los requisitos que se deberán seguir para concretar la transformación de asociación civil a sociedad anónima está la presentación de una escritura pública con el acuerdo de modificación. El documento deberá contener:

- La transcripción del acta de la Asamblea Extraordinaria: la transformación deberá ser probada por "una mayoría no menor a dos tercios (2/3) de los asociados que participen en dicha asamblea";

- El estatuto de la sociedad anónima adoptado que deberá contener el nexo de continuidad jurídica entre la denominación social anterior a la transformación y la resultante de la misma, "de modo que resulte indubitable que se trata de la misma persona jurídica";

- Nombres y datos personales de los "asociados devenidos en accionistas"; un cuadro de suscripción detallando la cantidad de acciones a emitirse;

- Constancia "de la constitución de la garantía requerida en el 256 de la Ley Nº 19.550 (T.O.) y sus modificatorias, y lo dispuesto en el artículo 70 de las presentes";

- El listado de asociados que renuncien expresamente a su condición de tal con motivo de su transformación o la manifestación sobre la inexistencia de asociados renunciantes.

"El monto del capital social debe ser igual al del patrimonio neto resultante del balance especial de transformación requerido", remarcan en la reglamentación.

Por otro lado, se modificarán los artículos 351 y 352 del Anexo A de la Resolución General IGJ N° 15/2024: el primero señala que "para participar en sociedades, las asociaciones civiles y las fundaciones deberán contar con la decisión de la asamblea o consejo de administración que así lo apruebe por una mayoría no menor a dos tercios (2/3) de los asociados que participen en dicha asamblea o de dos tercios (2/3) de los miembros del consejo de administración, respectivamente, salvo que el estatuto de la fundación previera una mayoría distinta conforme el artículo 207 del Código Civil y Comercial de la Nación".

En tanto, indican que las representaciones constituidas en el extranjero e inscriptas en la Inspección General de Justicia "deberán contar con la aprobación del órgano competente y las mayorías que correspondieran según las normas vigentes en su lugar de constitución".

En lo que respecta al artículo 352 se indica que las asociaciones civiles y fundaciones locales como las constituidas en el extranjero podrán "adquirir a título gratuito acciones representativas del capital social de sociedades anónimas. Podrán también, recibir por actos entre vivos o por causa de muerte, a título gratuito y sin cargos, derechos reales de usufructo u otras cesiones de derechos, para el cobro de dividendos correspondientes a acciones".

"La presente resolución entrará en vigor el día 1 de noviembre de 2024. Sin perjuicio de ello, las asociaciones civiles que se transformen en sociedades anónimas o participen como accionistas en sociedades anónimas a partir del día de publicación de la presente resolución general en el Boletín Oficial, tendrán derecho a solicitar en trámites de inscripciones en el Registro Público y en otras actuaciones ante este Organismo, la aplicación de las disposiciones contenidas en esta Resolución General que consideren de carácter más favorable a la procedencia de sus pretensiones", completa el escrito.

El juez Elpidio Portocarrero Tezanos Pinto, titular del Juzgado Federal de Mercedes, ratificó una medida cautelar dictada el pasado 30 de enero que suspendió los artículos 335 y 345 del Decreto de Necesidad y Urgencia N°70/2023 que habilitan la conformación de Sociedades Anónimas Deportivas.

Esto se trata de una ratificación judicial de una medida que ya estaba vigente tras una presentación de la Asociación del Fútbol Argentino y un afiliado del Consejo Federal: la Liga de Fútbol de Salto, perteneciente a la Provincia de Buenos Aires.

La medida cautelar, a la que accedió Doble Amarilla y Data Clave, advierte en sus fundamentos que "la entrada en vigencia de la normativa impugnada, altera el estado de situación de un colectivo de incidencia social como son las entidades deportivas, pues impide desarrollar su vida asociativa".

"En consecuencia, la viabilidad de la pretensión cautelar no depende de un examen profundo de la materia objeto de la litigio principal, sino de la mera probabilidad de la existencia de verosimilitud del derecho que se discute en el proceso y del perjuicio irreparable por la demora en ordenar la misma, por cuyo motivo no cabe considerar en este estadio la legitimidad de los actos administrativos sino sólo y –prima facie- en la medida en que alteren el libre ejercicio y goce de sus derechos asociativos como los descriptos por el accionante -art. 106 y 107 de su Estatuto-, sin que ello implique prejuzgamiento alguno sobre la cuestión de fondo", reafirman.

En ese sentido, la cautelar establece "la suspensión de los artículos 335° y 345° del Decreto de Necesidad y Urgencia Nro. 70/2023, sin necesidad de dictar una medida de no innovar sobre la reglamentación de este último, dada la quita de operatividad que se produce con este decisorio".

Le avisaron a Boca que Velasco no se vende

A poco más de un día de que se cierre el libro de pases (para incorporar futbolistas del exterior), Boca se jugó la última bala y envió una nueva oferta a Dallas con el sueño de poder cerrar la incorporación de Alan Velasco. Sin embargo, cuando en Brandsen 805 reinaba el optimismo, el elenco de la MLS le comunicó que finalmente no lo venderán.

Según indican en el club texano, hubo dos problemas en las negociaciones: primero que el Xeneize nunca cumplió -en las reiteradas propuestas- con las formas de pago pretendidas (la cuestión pasó por los bonos por objetivos "inalcanzables" que le pusieron) y también dado que el entrenador quería conservarlo en sus filas, entendiendo que no tiene un reemplazo directo para la joyita de 22 años.

Pese a que entre Velasco y Boca ya estaba completamente pactado el contrato tras el gesto del jugador bajar sus pretensiones salariales para que esta operación llegue a buen puerto, Dallas plantó bandera y lo declaró intransferible, en principio poniéndole fin a esta extensa novela que tuvo el mercado de pases. El sueño de Riquelme otra vez quedó trunco.

Al respecto, en una entrevista que tuvo polémica en ESPN, el presidente de Boca, Riquelme, rompió el silencio y se refirió a las negociaciones, sin revelar demasiado pero dando a entender que trabajan para destrabar el pase: "Es un jugador que a nosotros nos gusta. Siempre trabajamos mucho para que vengan jugadores buenos. Eso es todo lo que puedo decir".

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