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Constitución de 1853

"Los hombres se dignifican postrándose ante la ley"

La Carta Magna de la Nación, conquistada con sacrificios históricos, es el pilar que limita el poder y protege la dignidad ciudadana frente a la tiranía.

"Los hombres se dignifican postrándose ante la ley""Los hombres se dignifican postrándose ante la ley"

Sábado 18.7.2026
 6:01hs
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Ricardo Miguel Fessia
Por: 
Ricardo Miguel Fessia

I - En el saber de la gente, hay dos fechas referenciales en nuestro pasado: el 25 de mayo de 1810, día del primer gobierno patrio, y el 9 de julio de 1816, cuando se declaró la independencia de las Provincias Unidas del Río de la Plata respecto de España y de toda otra potencia extranjera.

Esas dos referencias concentran la conmemoración más en el calendario institucional de nuestro país. Claro que existen otras fechas, incluso declaradas fiestas en el calendario oficial de celebraciones.

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Entendemos que, a la par del primer gobierno patrio, expresión de una voluntad política, y de la definitiva declaración de libertad respecto a todo gobierno extranjero, se debe ubicar el día de la jura de la Constitución Nacional por parte de las provincias -salvo la de Buenos Aires- de aceptar y respetar sus preceptos.

Ese día, con un gobierno patrio, con una independencia de toda injerencia, el pueblo definitivamente se compromete a organizar a la nación con un régimen republicano y democrático de gobierno. Se daba la tan demorada organización política y jurídica al amparo de una Constitución.

II - Como aquellas fechas tienen profundo arraigo popular, esta de 1853 no es muy valorada, ni por las autoridades ni por la gente, no obstante ser, la carta constitucional, la norma que organiza políticamente al país, y representa el límite indispensable que el ejercicio del poder requiere para que no se torne arbitrario.

III - Bien vale la pena hoy recordarla. La Constitución Nacional debió recorrer un largo camino. Anidó en el sentimiento de algunos hombres que decidieron sumar voluntades y un hito es el denominado Pronunciamiento de Urquiza en la plaza de la actual Concepción del Uruguay el 1 de mayo de 1851.

Luego en la reunión del Ejército Grande que se levantó con el triunfo en la chacra de don Diego Caseros en las inmediaciones a Santos Lugares en 3 de febrero de 1852 y en la reunión del 31 de mayo de 1852, en San Nicolás de los Arroyos, con la presencia de los lideres de las entonces catorce provincias argentinas plasmado en el célebre Acuerdo de San Nicolás.

En esa memorable jornada se resolvió que la sede del futuro Congreso General Constituyente fuera la ciudad de Santa Fe, a la que cada provincia enviaría a dos representantes con el objetivo de iniciar la gran obra institucional.

Sin embargo, Buenos Aires, que no objetaba la necesidad de sancionar una Constitución, pero que no estuvo de acuerdo con algunos de los puntos acordados en San Nicolás, no envió representantes al Congreso Constituyente. La principal provincia argentina se separó de las otras trece, las que continuaron adelante con el proyecto constitucional.

El Congreso constituyente inició sus sesiones el 20 de noviembre de 1852, funcionando, al principio, como un órgano legislativo común y ordinario que acompañaba al recientemente designado director provisorio de la Confederación Argentina, el entrerriano Justo José de Urquiza, quien se desempeñaba transitoriamente como una suerte de Poder Ejecutivo Nacional.

Pero una de las primeras medidas que adoptó, al iniciar sus sesiones, fue la creación de una "comisión redactora" del proyecto de Constitución, cuya sanción constituía su principal objetivo, y que estuvo presidida por el joven santiagueño José Benjamín Gorostiaga, acompañado por Juan María Gutiérrez, Manuel Leiva, Juan del Campillo, Pedro Díaz Colodrero, Martín Zapata, Pedro Ferré y Santiago Derqui.

Por ese tiempo, la ciudad de Santa Fe ocupaba pocas manzanas. Sus calles eran arenosas, pobladas de naranjos, limoneros y palmeras, pero carecía de infraestructura suficiente para alojar a los convencionales, motivo por el cual algunos se instalaron en los conventos de franciscanos y dominicos, otros en habitaciones del antiguo colegio de la Compañía de Jesús, y otros en cuartos alquilados a particulares.

Fue, este último, el caso de José Benjamín Gorostiaga, quien se alojó en la esquina de las calles Tres de Febrero y San Gerónimo, frente al Cabildo en el que se realizaban las sesiones del emblemático Congreso Constituyente.

Allí funcionaba la confitería de Hermenegildo Zuviría, apodado "Merengo", en cuya planta alta estaba el cuarto alquilado por el joven constituyente, quien prefirió no alojarse en ningún convento, tal como lo habían hecho algunos otros constituyentes, para poder sostener cierta imparcialidad a la hora de discutir y opinar sobre cuestiones tales como la libertad de cultos y el sostenimiento del católico, apostólico y romano.

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En aquellos años, la sencillez no era solo una característica de la ciudad de Santa Fe, sino también de la vida que desarrollaban sus pobladores. Las familias vivían en grandes casonas, en las que habitaban hasta cuatro generaciones, y las mujeres se casaban muy jóvenes, aunque era costumbre que permanecieran con sus maridos en la casa paterna.

Por esos días de fiesta cívica se creó el Club del Orden, en el que se organizaban tertulias y bailes que permitieron confraternizar a los constituyentes con las santafecinas.

El proyecto de Constitución elaborado por la comisión redactora antes mencionada, fue presentado al Congreso el 18 de abril de 1853, y el día 20 se iniciaron los debates que se desarrollaron durante once días. Primero se inició el debate del proyecto en general, y luego se lo hizo artículo por artículo.

Al iniciarse la discusión en general, sorprendentemente se hicieron oír las voces de algunos convencionales constituyentes que cuestionaban la oportunidad para sancionar una Constitución, argumentando que, en la Argentina, todavía no había hábitos de cumplimiento de la ley, y que era necesario esperar que el país se pacificara antes de avanzar en la organización política.

La mayoría de los constituyentes pensaba diferente. Afortunadamente, el proyecto terminó aprobándose, y la Constitución Nacional se sancionó el 1 de mayo de 1853. Seis años después, con la firma del Pacto de San José de Flores, Buenos Aires aceptó volver a unirse a las demás provincias, con la condición de que le permitieran revisar la Constitución de 1853, y eventualmente proponer reformas.

Ello fue lo que ocurrió en 1860, quedando así cerrado el ciclo constituyente que se había iniciado siete años antes. Con la sanción de nuestra Constitución Nacional, la Nación Argentina se constituyó en un Estado de derecho, que es aquel en el cual los gobernantes conducen los destinos del país con los límites que impone una ley suprema.

IV - El Congreso constituyente siguió funcionando hasta el 7 de marzo de 1854, dos días después de que Justo José de Urquiza asumiera la presidencia de la Nación.

Fue allí cuando el histórico Congreso, que casi un año antes había organizado política y jurídicamente a la Nación al amparo de una Constitución, clausuró sus sesiones y redactó el "manifiesto" dirigido a los pueblos de la Confederación, en cuyo último párrafo declaró:

"Este Congreso sólo tiene que hacer una recomendación a sus compatriotas. En nombre de las desgracias suplidas les pide y aconseja obediencia absoluta a la Constitución que han jurado. Los hombres se dignifican postrándose ante la ley, porque así se libran de arrodillarse ante los tiranos".

V - Los hechos demuestran algunas carencias en la conciencia cívica de las mayorías que no asignan a esta memorable fecha histórica, la importancia que realmente tiene.

Las pasiones, los personalismos y el fanatismo, han llevado al país, y a su gente, a idolatrar a personas, y a justificar cualquier violación constitucional si con ello se logran los objetivos trazados por el gobernante, cuando la realidad es que, tal como lo pidieron los constituyentes en 1853, la única genuflexión razonable es la que se hace frente a la norma que dispone los límites al ejercicio del poder, como lo es la Constitución Nacional.

No se debe admitir otra supremacía que no sea la de la Ley Suprema, pero para ello es necesario ponderarla y rescatarla del injusto olvido histórico a la que se la viene sometiendo desde hace años.

Acaso hoy, al cumplirse un nuevo aniversario, cuando se escuchan voces que la consideran un obstáculo si su observancia obstruye la consecución de sus políticas, es propicio para tomar conciencia de lo mucho que necesitamos recuperar, para los tiempos, su vigencia plena y absoluta.

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