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¿Ingresos Brutos será inconstitucional?

La nueva Constitución santafesina pondría en jaque las cuentas fiscales

El progresismo fiscal de la ley de necesidad de la reforma, anticipa criterios que condenan al polémico formato del principal gravamen provincial.

La nueva Constitución santafesina pondría en jaque las cuentas fiscalesLa nueva Constitución santafesina pondría en jaque las cuentas fiscales

Martes 8.7.2025
 6:00hs
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Ignacio Hintermeister
Por: 
Ignacio Hintermeister
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Politica y Economía.

"Establecer en materia tributaria los principios de legalidad, generalidad, solidaridad, progresividad, no confiscatoriedad y equidad". El precepto es parte de la ley que declaró la necesidad de la reforma constitucional en Santa Fe; si el principio se incorpora a la Carta Magna… ¿cuánto tiempo demorará una presentación por inconstitucionalidad de Ingresos Brutos?

El gravamen se cobra "en cascada" en casi todas las cadenas económicas en Santa Fe, lo que supone -a media que se avanza- cobrar impuestos sobre impuestos; a diferencia del Iva no se pueden ir descontando. Pero el gravamen distorsivo, que Luis Caputo pide eliminar a las provincias para que la economía recupere productividad y competitividad, no puede ser abandonado sin más por los gobiernos provinciales.

Hasta marzo (último dato disponible de un registro "atrasado"), IIBB supuso 73% de los recursos propios en Santa Fe. En 2024 el año fiscal cerró con un aporte del 84,51% de un gravamen tan gravoso para la economía como imprescindible para la administración provincial, sin un mecanismo de compensación

Luis Caputo reclama a las provincias eliminar Ingresos Brutos para mejorar la competitividad.

Del texto a los hechos

Exenciones mediante, Ingresos Brutos sólo cumple parcialmente con el principio de generalidad, que establece que los tributos deben alcanzar a todas las manifestaciones de capacidad contributiva y a todas las personas en igualdad de condiciones. Además plantea problemas de territorialidad para actividades interjurisdiccionales, a pesar de la existencia del Convenio Multilateral que busca mitigar este problema.

Por su parte el principio de solidaridad en tributación se asocia con la idea de que quienes tienen mayor capacidad económica deben contribuir en mayor medida al sostenimiento de los gastos públicos para el beneficio de la sociedad, y con la función redistributiva del Estado. Pero IIBB es un impuesto que grava la facturación bruta (ingresos) sin considerar la rentabilidad o la capacidad contributiva real.

Y se traslada a precios que terminan siendo soportados por el consumidor final. Esto significa que no está diseñado intrínsecamente para la redistribución de la riqueza o para gravar más a quienes más tienen. Su objetivo es principalmente fiscal (recaudatorio) para las provincias.

Como si no fuera suficiente, es un impuesto regresivo. Su aplicación -alícuota fija mediante- va incrementando la base imponible sin evaluar la capacidad contributiva, como es el caso de Ganancias. Al ser un impuesto que se "traslada" al precio final de los bienes y servicios, termina siendo pagado por igual por los consumidores de menores recursos respecto de quienes tienen mayor capacidad. Los más desprotegidos deben aportar más de sus ingresos para el fisco.

El principio de equidad busca asimismo que los contribuyentes en igualdad de condiciones paguen lo mismo, y que aquellos con mayor capacidad contributiva aporten en mayor medida (equidad vertical). Pero dos empresas con los mismos ingresos brutos pueden tener costos y rentabilidades muy diferentes, lo que genera inequidad, ya que no se las está tratando igual en función de su verdadera capacidad de pago.

El nuevo texto constitucional incluye principios que podrían cuestionar su validez. Foto: Archivo

Un problema federal

En los '90, Nación transfirió competencias de servicios de educación o de agua y electricidad a las provincias, sin acompañarlas con más recursos que la promesa de una mejora en la macroeconomía.

Con aquella carga sin saldar, ahora las provincias padecen el recorte discrecional de transferencias no automáticas. Los gobernadores -Santa Fe lo hace por estas horas en Washington- salen a buscar recursos para invertir en infraestructura. Mientras tanto mantienen impuestos como IIBB; nadie desconoce que es un impuesto distorsivo, pero no lo cederán si la reforma tributaria por venir a nivel nacional no compensa el recurso más que con una promesa como la de los '90.

Los mandatarios provinciales buscan incluso que el Senado Nacional apruebe los proyectos para coparticipar los Adelantos del Tesoro Nacional (ATN) y el impuesto a los combustibles líquidos. Es una clásica disputa de poder -de dinero- en la antesala de las elecciones nacionales, frente a un gobierno central que tiene en el "ancla fiscal" contra la inflación, su principal argumento de sostenibilidad en un marco político de minoría relativa, e institucional de sospechosa calidad.

Mercado Libre subió comisiones en provincias con alícuotas altas de IIBB. Foto: Archivo

El caso de Mercado Libre

La empresa de Marcos Galperín dejó su esquema de cargos uniformes a las ventas on-line en el país, y pasó a diferenciarlos para hacerlos más caros en distritos con IIBB con alícuotas más elevadas. El cargo general de Mercado Libre es de 12% a 16,5% de la venta.

El Instituto para el Desarrollo Social Argentino reveló que en Formosa, Corrientes, Santiago, Río Negro y Santa Cruz la comisión baja 0,25% en promedio del rango.Mientras que en Santa Fe, Córdoba y Jujuy el cargo sube 0,55% en promedio del rango.

Más aún, el unicornio decidió abandonar sus oficinas propias en la ciudad de Córdoba, a la que aportaba por tasas unos $770 millones de tasas por mes. "El monto es totalmente desproporcionado para la actividad que realiza la empresa y el tamaño de su equipo y oficina en la capital cordobesa", argumentó.

El hecho es que la firma sigue prestando servicios y no redujo personal. La escena interpela el esquema fiscal de la Argentina ante el cambio de paradigmas en la actividad económica, en medio de una organización institucional que no necesariamente puede estar a la misma velocidad que la economía de base tecnológica.

Sostiene el centro de estudios que dirige Jorge Colina que "el impuesto a los Ingresos Brutos y las tasas municipales sobre las ventas tienen muchos efectos negativos. El más mencionado es el efecto cascada".

Pymes y consumidores son los más afectados por el efecto cascada del impuesto. Foto: Archivo

Perjuicio a las Pymes

Idesa señala sobre IIBB que "al aplicarse en cada etapa de producción y comercialización, sin descontar lo pagado en etapas anteriores, el impuesto se acumula induciendo a las empresas a integrarse verticalmente y perjudicando a las pymes proveedoras.

"Pero más grave aún es que es un impuesto oscuro ya que es imposible saber con precisión cuál es su incidencia en el precio final de un producto y extremadamente engorroso de administrar. Las provincias, además, obligan a algunos contribuyentes a actuar como entes recaudadores gratuitos, obligándolos a actuar como agentes de recaudación, percepción y retención".

Concluye apuntando que "esto aumenta la burocracia administrativa y obliga a pagar la mayor parte del impuesto por adelantado. El efecto colateral más dañino es que se generan saldos a favor de los contribuyentes que resultan difíciles de recuperar".

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Reforma Constitucional en Santa Fe
Luis Caputo
Santa Fe
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