+ SECCIONES
El Litoral
BUSCAR
EL LITORAL
  • Todos los Títulos
  • Área Metropolitana
  • Sucesos
    • Santa Fe Policiales
  • Deportes
  • Política
    • Filtrado
  • Economia
    • Puerto negocios
    • Dolar Hoy
  • Educación
  • Salud
  • Información General
  • Clima
  • Regionales
  • Campolitoral
  • Internacionales
  • Actualidad Sabalera
  • Actualidad Tatengue
  • Arte
  • Necrológicas
  • Edición Impresa
  • Especiales
  • Contenido Patrocinado
  • Clasificados
  • Agenda Cultural
  • Podcast
  • Servicios
  • Radios en vivo
  • Sitios
    • Mirador Provincial
    • Vivi Mejor
    • Notife
    • Sur 24
    • Revista Nosotros
    • Puerto Negocios
    • CyD Litoral
    • Educación SF
    • Norte 24
  • Escenarios & Sociedad
    • Show
  • Videos
  • Multimedia
    • Galerías de Fotos
    • Videos
    • Webstories
  • Opinión
  • Quienes Somos
  • Autores
  • Temas
  • Alianzas
  • Comercial EL

#HOY:

San Cristóbal
Maximiliano Pullaro
Javier Milei
Colón
Unión

OPINIÓN

A 30 años de la última reforma constitucional (IX)

Sistemas federales y federalismo fiscal

Sistemas federales y federalismo fiscalSistemas federales y federalismo fiscal

Domingo 1.9.2024
 13:20
Seguinos en

Por Miguel Ángel Asencio (*)

Valorados la diversidad y matices de los sistemas federales a escala internacional, cabe aceptar inicialmente como un componente orgánico la necesaria coordinación financiera entre jurisdicciones. Recuerda Anderson que "el dinero es central en la vida de las federaciones". Sea que tal sistema juegue dentro de las opciones "dual" o clásica, o "integrada", entrelazada o unitaria, no olvidando alternativas mixtas, requiere portar internamente un mecanismo de "finanzas públicas multinivel" o "hacienda múltiple".

Texto publicado por Alberdi como contribución al debate constitutivo del nuevo país, en el que desarrolla un completo programa de política económica.

El australiano Kenneth Wheare entendió que, si el federalismo implicaba la existencia de al menos dos niveles de gobierno que eran independientes dentro de su esfera, pero necesariamente coordinados entre sí, ellos debían contar con recursos suficientes para desempeñar sus competencias. Y anticipaba un factor clave, la dificultad de acompasar la expansión de los gastos que ellas conllevaban con el comportamiento de los ingresos que las financiaban. Las finanzas del federalismo se hacían explícitas.

Complejidades

Modernamente es claro que, aunque exista un equilibrio fiscal consolidado integrando los distintos niveles de un sistema federal, puede ocurrir que en su interior coexistan actores superavitarios con otros deficitarios. Y la coordinación necesaria deberá prever que los excedentarios compensen a los necesitados. El casi Nobel Richard Musgrave expresará el requisito de conciliación entre "capacidad fiscal" y "necesidad fiscal" dada la existencia de desigualdades y asimetrías traducidas en desequilibrios financieros verticales y horizontales.

El sistema fiscal federal no puede desvincularse de las notas típicas del federalismo como sistema político-constitucional. Una eminencia, Daniel Elazar, le asignaría, entre otras, la división de potestades entre niveles de gobierno, la distribución territorial del poder, la existencia de constituciones escritas, la revisión judicial por tribunales supremos, la no centralización, la presencia de elementos de unión con otros que mantengan la descentralización junto al principio federal que sanciona la combinación de unidad con diversidad.

En tal contexto, una básica descentralización luce crucial para calificar los federalismos. Empero, la realidad internacional muestra estados federales con marcados signos de centralización, aspecto también observable en América Latina. De allí la importancia del esquema fiscal en la operación de tales sistemas. Contra casos modernos como el canadiense, con una sustantiva porción de recursos recaudados por provincias y gobiernos locales, aparecen otros donde se verifica lo opuesto.

Mirá también

El lado B de la Reforma: los mozos de la Convención y sus imperdibles anécdotas

El Siglo XXI alumbraría un escenario federativo con alrededor de 85.000 gobiernos en Estados Unidos, 11.000 en Alemania, 6.000 en Brasil y más de 2.000 en Argentina, entre otros. Sobre casi 200 países miembros de las Naciones Unidas 28 eran estrictamente federales, mientras la cifra crecía a 38 con los cuasi-federales (España, Sudáfrica, etc.).

Los sistemas modernos de coordinación financiera federal contienen tres partes fundamentales: asignación de recursos, asignación de gastos y mecanismos de compensación y transferencias. Los primeros pueden ser de fuente propia, compartidos o transferidos. Los segundos responden a competencias, propias, delegadas o concurrentes. Las transferencias para cubrir desequilibrios pueden ser libres, condicionadas o con requisitos de contraparte, entre otras.

El mismo siglo albergará la llegada del GST (Impuesto sobre Bienes y Servicios o IVA anglosajón) a Canadá, Australia e India, con EE.UU. manteniendo su IVM (Impuesto a las Ventas Minoristas). Habrá casos como el argentino con importantes transferencias no condicionadas y otros optando por las específicas u orientadas, así como estados impositivamente empoderados (Brasil) y modelos tributariamente concentrados en la cúspide (México o Australia).

La conciliación entre los mencionados componentes determina el efectivo rango de autonomía de los actores federativos. Un factor frecuente es la existencia del denominado "poder de gasto", "poder de inducción financiero" o "poder del monedero" (spending power en inglés) que hace al gobierno federal capaz de imponer sus propias prioridades o preferencias a las unidades constitutivas, limitando sus autonomías.

Las desigualdades territoriales en producción e ingresos colocan a las medidas niveladoras y el equilibrio regional como atributos de los sistemas mediante mecanismos de igualación (equalization agreements). Eso implica transferencias fiscales redistributivas hacia los estados, provincias, Lander o cantones, presentes en países avanzados o de menor desarrollo.

Mirá también

La descentralización del poder

Apuntaría Alberdi en su "Sistema Económico y Rentístico", sobre nuestro esquema fiscal federativo originario: "En lugar de un solo sistema rentístico unitario y central reconoce dos administraciones distintas, dos sistemas…de hacienda, el de la Confederación y el de cada Provincia". Sabía de su complejidad al advertir: "después de los cambios en la religión y en el idioma… ninguno es más delicado que el cambio en el sistema de contribuciones… cambiar una contribución por otra es como renovar los cimientos de un edificio sin deshacerlo, operación en que hay siempre peligro de ruina". Mariano Fragueiro, primer ministro de Hacienda de la Confederación, tras sus "Cuestiones Argentinas y Organización del Crédito" implementaría inicialmente tal sistema, que, luego de las reformas constitucionales de 1860-1866, reconocería otros cambios hacia una menor dependencia aduanera. Uno de ellos, producido en la década de 1890 significó la entrada de la Nación al campo de los impuestos indirectos internos, previamente exclusivo de las provincias.

Laberintos impositivos

En términos de recursos se ha sugerido discriminar la separación de fuentes, la concurrencia de fuentes, la participación tributaria, las asignaciones o subvenciones, las alícuotas complementarias y otras. Compartir impuestos puede referir a las bases imponibles o a los producidos. La participación de ingresos impositivos comprende compartir producidos o recaudaciones. La matriz financiera de cada parte supone disponer de ingresos propios, por un lado, y recursos transferidos horizontal o verticalmente, por el otro.

El académico Alberto Porto sugirió para el federalismo fiscal argentino tres etapas: separación de fuentes (1853-1890); concurrencia de fuentes (1890-1930) y leyes de coparticipación de impuestos (1930 en adelante). Nosotros sugerimos una cuarta: "era de Acuerdos, Pactos o Consensos" desde 1990 al presente, con la coparticipación de 1988 sobreviviendo (Ley 23.548), entornada o afectada por otros regímenes normativos.

Mirá también

A 30 Años de la Última Reforma de la Constitución: el documental

En 1992 y 1993 dos pactos fiscales trascendentes introdujeron las llamadas "precoparticipaciones" y regularon potestades impositivas provinciales en concomitancia con la reforma y financiamiento del sistema previsional nacional y el intento por mejorar la incidencia tributaria provincial, visibilizando lo que se bautizó como laberinto. El nuevo siglo, crisis de 2001 mediante, comenzaría reforzando las potestades impositivas nacionales y el recurso a las retenciones impositivas que abultaron su cartera y poder financiero. El célebre fallo de la CSN en los reclamos de Santa Fe, Córdoba y San Luis ante la Nación, suprimió detracciones indebidas.

La Reforma de 1994 "constitucionalizó" la coparticipación aplicada por décadas. Destácase claramente el Art. 75, inc. 3, que armoniza criterios objetivos de reparto con un nítido, aunque nada sencillo mandato redistributivo e igualador. Expresa que su distribución será "equitativa, solidaria y dará prioridad al logro de un grado equivalente de desarrollo, calidad de vida e igualdad de oportunidades en todo el territorio nacional". Tal mandato se reiteró para gastos, disponiendo seguir tales requisitos al fijarse el Presupuesto de la Administración Nacional (Art. 75, inc. 8), combinables con sus incisos 18 (adelanto y bienestar de todas las provincias) y 19, segundo párrafo (crecimiento armónico de la Nación promoviendo políticas diferenciadas para equilibrar el desigual desarrollo de provincias y regiones).

Con mirada federal-fiscal tal sanción lucía más positiva para la Nación, al constitucionalizar su acceso a los impuestos indirectos y asignaciones impositivas específicas, y las provincias con recursos naturales, al otorgarles el dominio originario de los existentes en su territorio con la consiguiente capacidad regalífera. Aunque la nueva coparticipación espera implementación legal tras veintiocho años, desde 1996, conforme lo manda su Cláusula Transitoria Sexta. Ahora, el denominado "Pacto de Mayo" postula su "rediscusión".

(*) CPN egresado de la UNL, Lic. en Economía (UNR), Doctor en Economía (UA, España) y en Historia (UTDT), docente universitario; exministro de Hacienda y Finanzas de la Provincia de Santa Fe.

Artículo de la serie producida por la Asociación Museo y Parque de la Constitución Nacional para El Litoral con motivo de los 30 años de la Reforma Constitucional.

Seguinos en

#TEMAS:
Edición Impresa
Reforma Constitucional
A 30 años de la Reforma de la Constitución Nacional

Además tenés que leer:

  • A 30 años de la última reforma constitucional (VIII) La descentralización del poder
  • Por Enrique Mammarella La Convención de 1994 en el devenir de la Universidad Nacional del Litoral
TENES QUE SABER
Un gurí, una guitarra y un río: el nuevo disco de Matías Rojas
Ojos suspendidos y televisores en la piedra: el extraño mundo de Alberto Passarelli
Horóscopo de hoy jueves 2 de abril de 2026
Giro en el caso de Rufino: investigan como femicidio la muerte de una joven y detienen a su pareja
Buenos Aires proyectó el lanzamiento de Artemis II en el Obelisco

Te puede interesar:


  • Mirá las ofertas en Alvear Supermercados
  • Malvinas: Las huellas del honor y el mandato de la memoria
  • Fuego, hielo y gloria: el vuelo inmortal de José Arca, el ataque a la fragata Ardent y el abrazo que le ganó a la muerte
  • Owen Crippa y el desafío de malvinizar: "Nadie puede defender lo que no conoce"
  • Los Tabaleros y El Kuelgue presentan "Azúcar y Algodón"
  • Un gurí, una guitarra y un río: el nuevo disco de Matías Rojas
  • Ojos suspendidos y televisores en la piedra: el extraño mundo de Alberto Passarelli
  • Horóscopo de hoy jueves 2 de abril de 2026

Política

En el marco del Cofein “Como estamos, la Argentina no avanza”, advirtió Passerini, intendente de Córdoba
La Cámara revocó un fallo que lo dejaba sin efecto La Justicia convalidó el protocolo antipiquetes
Tres están a cargo de santafesinos 43 de 46: Diputados tiene casi completa la grilla de comisiones, con el oficialismo en sitios claves
Cambios y comunicación Virginia Coudannes fue presentada como vocera del gobierno de Santa Fe
Este jueves Milei encabezará el acto oficial por Malvinas en la ciudad de Buenos Aires

Área Metropolitana

La IA al servicio público El nuevo SEOM abre las puertas a la nueva era de la movilidad urbana en Santa Fe
Clima Qué dice el pronóstico de este jueves feriado en la ciudad de Santa Fe
En defensa de la universidad pública Violeta Quiroz acompañó el reclamo de docentes y trabajadores no docentes
Discrepancia con el Ejecutivo Mudallel y Fernández piden "terminar con la precarización del servicio de colectivos en Santa Fe"
Nuevo espacio público Santa Fe: proponen construir una costanera peatonal sobre el Terraplén Garello en Colastiné Norte

Sucesos

Conmoción Giro en el caso de Rufino: investigan como femicidio la muerte de una joven y detienen a su pareja
Mendoza Liberaron al padre de Enzo Pérez en la causa por presunto abuso sexual
Rafaela Seguirán presos dos hombres acusados de abusar sexualmente de un pequeño
Zona Norte Lo detuvieron en Santa Fe con una escopeta recortada y en bicicleta
En Mendoza Imputaron por abuso sexual al padre del futbolista Enzo Pérez en Mendoza

Información General

Vigentes hasta el 8 de abril Mirá las ofertas en Alvear Supermercados
A 44 años Malvinas: Las huellas del honor y el mandato de la memoria
44 años de Malvinas Fuego, hielo y gloria: el vuelo inmortal de José Arca, el ataque a la fragata Ardent y el abrazo que le ganó a la muerte
A 44 años de Malvinas Owen Crippa y el desafío de malvinizar: "Nadie puede defender lo que no conoce"
Panorama astrológico Horóscopo de hoy jueves 2 de abril de 2026
El Litoral
  • Campolitoral
  • Revista Nosotros
  • Clasificados
  • CYD Litoral
  • Podcasts
  • Mirador Provincial
  • Viví Mejor
  • Puerto Negocios
  • Notife
  • Educacion SF
Hemeroteca Digital (1930-1979) - Receptorías de avisos - Administración y Publicidad - Elementos institucionales - Opcionales con El Litoral - MediaKit
El Litoral es miembro de:
adepa.org.ariab.comadira.org.ar
afip.gob.ar