La Cámara de Diputados sancionó una ley que permitirá durante cinco años una excepcionalidad a la ley de unidad económica agraria, norma que data de 1983. Para ello se deberá tener en cuenta que a la fecha de promulgación de la norma, esos inmuebles rurales estén inscriptos en condominio, o se encontrare iniciado o se inicie el proceso sucesorio del que derive la adjudicación en condominio conforme a la Ley Nº 9319.


































