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POLÍTICA

Por una Justicia más humana

La Corte de Santa Fe propicia aplicar las "Reglas Papa Francisco" para detenidos

El máximo tribunal provincial analizó el marco normativo diseñado para garantizar un trato digno a las personas excluidas. El documento, elaborado entre 2024 y 2025 por magistrados y actores sociales, busca desterrar la "cultura del descarte" en los tribunales.

La Corte de Santa Fe propicia aplicar las "Reglas Papa Francisco" para detenidos
La Corte de Santa Fe propicia aplicar las "Reglas Papa Francisco" para detenidos

Jueves 6.8.2026
 6:02hs
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Emerio Agretti
Por: 
Emerio Agretti
|
Secretario de Redacción | Política

En un paso orientado a la humanización del servicio de justicia, la Corte Suprema de Santa Fe (CSJSF) tomó conocimiento formal de las denominadas “Reglas Papa Francisco”.

Este conjunto de directrices surge como respuesta a la necesidad de brindar un trato digno, empático y libre de barreras a quienes se encuentran en situaciones de extrema vulnerabilidad y exclusión.

El marco fue el resultado de un proceso de deliberación federal iniciado en 2024, denominado “Diálogos por una justicia más humana”, en el que participaron jueces, funcionarios judiciales, referentes barriales y organizaciones eclesiásticas en diversos puntos del país

El objetivo central es romper con la "cultura del descarte" y evitar que el sistema judicial reproduzca la exclusión bajo formas legales o se convierta en una fuente adicional de sufrimiento.

Marco de referencia

En el acta acuerdo No. 26, firmada por Rafael Gutiérrez, Jorge Baclini, Daniel Erbetta, Roberto Falistocco, Eduardo Spuler, Rubén Weder y Margarita Zabalza, la Corte expresa que dichas reglas “constituyen un marco para garantizar desde el ámbito del Poder Judicial el respeto integral de la dignidad humana de aquellas personas que se encuentran en situación de vulnerabilidad y exclusión social.

Jorge Baclini, Daniel Erbetta, Eduardo Spuler, Roberto Falistocco, Rafael Gutiérrez, Magarita Zabalza y Rubén Weder, actuales integrantes de la Corte Suprema de Santa Fe. Archivo El Litoral

“Su objeto radica en el cuidado de la vida, la dignidad, la protección, la escucha, la empatía y la celeridad a partir de la atención a la situación individual de aquellas personas que se encuentran privadas del acceso real a sus derechos económicos, sociales, culturales y políticos”, añade el pronunciamiento.

En el mismo sentido, los ministros establecen que “tienen por fin la búsqueda de la eliminación de aquellos condicionamientos y barreras que pudieran obstaculizar el trato digno y respetuoso por parte de agentes y operadores que intervengan en el marco de un proceso judicial hacia aquellas personas que se encuentren en situación de mayor vulnerabilidad y fragilidad social, sin que ello implique interferir en las facultades jurisdiccionales”.

En virtud de lo expuesto, y atendiendo a que “el acceso al servicio de justicia, ha sido desde siempre uno de los objetivos propuestos como política de gobierno de este Cuerpo, se entiende pertinente tomar conocimiento del referido instrumento y hacerlo saber”.

Un nuevo paradigma

Las reglas definen a la “persona excluida” como aquella privada de acceso real a sus derechos económicos, sociales y políticos, a quien el Estado suele ver "tarde y mal". El paradigma propuesto no se reduce a una igualdad formal de códigos y sentencias, sino que prioriza la dignidad humana

Estas reglas están destinadas a cualquier agente que intervenga en un proceso judicial y proponen criterios prácticos para abordar realidades que muchas veces exceden los esquemas formales del Derecho.

El documento propone eliminar barreras que dificultan el acceso a la Justicia.

Parámetros

Las 18 reglas están ordenadas en una serie de parámetros para regir la interacción diaria entre el ciudadano y el tribunal, que pueden esquematizarse de la siguiente manera:

* Dignidad y Vida: Se exige un trato basado en el “cuidado de la vida”*, asegurando necesidades básicas como alimento y abrigo durante el contacto judicial. Asimismo, la falta de documentación (DNI) no debe ser motivo para negar derechos o identidad.

* Interacción Humana: Las reglas promueven la “empatía y la escucha activa”. Los operadores deben usar lenguaje claro, presentarse por su nombre y permitir que la persona se exprese con sus propias palabras, sin tecnicismos.

* Celeridad y Protección: Se insta a la “prontitud” en trámites que involucren a excluidos y a la adopción de “medidas de protección urgente” (incluso de oficio) ante cualquier vulneración de derechos.

* Contexto Social: Se pide reconocer la “vulnerabilidad psicosocial” y evitar castigar conductas de escasa lesividad que son fruto de la necesidad (como el hurto de comida). También se ordena valorar el trabajo informal como una expresión genuina de sustento.

* Apoyo Comunitario: Se fomenta el acompañamiento de personas de confianza y la participación de referentes territoriales como garantes en el proceso.

* Medidas Prácticas: Incluye la restitución urgente de objetos esenciales para la vida diaria y la prevención de situaciones que dejen a la persona en situación de calle al finalizar un proceso.

* Salud: El consumo de sustancias debe abordarse desde el acceso a la salud y no meramente desde el castigo.

Un horizonte de equidad

Las "Reglas Papa Francisco" no se presentan como un catálogo cerrado, sino como un "punto de partida abierto" para mitigar la indiferencia en el sistema judicial.

Para los redactores, estas normas representan un principio de mínima equidad frente a desigualdades profundas, buscando que la práctica judicial se ponga, finalmente, al servicio de la vida, especialmente de aquellos que más sufren.

Mirá los documentos completos

Reglas Papa Francisco para el trato humano de personas excluidas

Corte Suprema de Justicia de Santa Fe: Reglas Papa Francisco para personas excluidas

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Emerio Agretti
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Emerio Agretti
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Corte Suprema de Justicia de Santa Fe
Rafael Gutierrez
Jorge Baclini
Roberto Falistocco
Daniel Erbetta
Rubén Weder
Margarita Zabalza
Eduardo Spuler
Papa Francisco

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