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POLÍTICA

Con amplia mayoría de votos

Política tributaria, seguridad social y responsabilidad del Estado: tres articulos reformados por la Convención

Se trata del 5, el 18 y el 2. Más para Santa Fe y Fe apoyaron al oficialismo en los tres puntos. Activemos en dos y La Libertad Avanza, ninguno.

Política tributaria, seguridad social y responsabilidad del Estado: tres articulos reformados por la ConvenciónPolítica tributaria, seguridad social y responsabilidad del Estado: tres articulos reformados por la Convención

Viernes 29.8.2025
 23:23hs
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Mario Cáffaro
Por: 
Mario Cáffaro
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Política.

La Convención Reformadora avanzó, trabajosamente, y armó sólidas mayorías para votar tres reformas a otros tantos artículos de la actual Constitución: el 5, el 18 y el 21, éste último generó muchas discusiones públicas por el tema de Caja de Jubilaciones aunque cuando el oficialismo aceptó la palabra intransferible del organismo, destrabó acuerdos y alumbró la nueva redacción.

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Se trata del artículo 5 sobre la materia tributaria; el 18 sobre la responsabilidad del Estado provincial y y municipal y el 21 sobre tema previsional.

Unidos con Fe y Más para Santa Fe votaron los tres nuevos artículos y Activemos se sumó a los dos últimos mientras que retiró su apoyo al primero cuando un cambio de redacción no fue aceptado por la bancada que encabeza Marcelo Lewandowski.

La Libertad Avanza, en tanto, con discursos de sus integrantes, votó en contra de los tres temas.

La nueva redacción del artículo 5 de la Constitución dice que “la Provincia sostiene el gasto público mediante los recursos provenientes de la coparticipación federal, la recaudación de los tributos creados por ley, las rentas producidas por sus bienes y servicios, la enajenación de sus activos o bienes de su pertenencia, la propia actividad económica que desarrolle y las operaciones de crédito que concierte que no pueden destinarse a financiar gastos corrientes salvo en casos de urgencia”.

Agrega que “toda persona que habita la Provincia o que en ella desarrolla actividad económica está obligada a concurrir a los gastos públicos. El sistema tributario se organiza considerando la función económica y social de los tributos y se inspira en los principios de legalidad, generalidad, no confiscatoriedad, irretroactividad, igualdad, equidad, razonabilidad, capacidad contributiva, simplicidad y certeza”.

El ministro Pablo Olivares presenció el debate por la reforma tributaria en la Legislatura. Foto: Manuel Fabatía

Más adelante señala que “puede establecer estructuras progresivas de alícuotas, exenciones y otras disposiciones tendientes a graduar la carga fiscal para lograr el desarrollo económico, territorial y social de la comunidad. Puede contemplar un tratamiento fiscal diferenciado para las cooperativas y mutuales que, en cumplimiento de las formalidades y exigencias legales, acrediten su naturaleza de entidades sin fines de lucro y su función social dentro de la economía solidaria”.

Ratifica el texto que “los tributos deben ser creados por ley. Es nula toda delegación expresa tácita. La administración financiera y presupuestaria se rige por los principios de responsabilidad fiscal, sostenibilidad, eficiencia, eficacia, publicidad, transparencia. Garantiza mecanismos de control y rendición de cuentas”.

En el último párrafo se señala que “la ley establece reglas, estándares, procedimientos y dispositivos institucionales vinculados con el gasto, la deuda pública y la transparencia, que tiendan al equilibrio fiscal”.

Alcides Calvo (Más para Santa Fe) y Joaquín Blanco (Unidos) fueron los que defendieron el nuevo artículo ante los cuestionamientos de Silvia Malfesi y Emiliano Peralta (Somos Vida y Libertad) especialmente sobre el tema tasas municipales.

“La redacción establece principios claros para financiar el estado provincial, es un muy buen artículo”, añadió Blanco. Calvo antes había hablado de cómo se debe financiar el Estado y dio detalles como la exención a determinadas cooperativas. Esteban Motta (Unidos) sumó al debate el tema de retenciones que no vuelven al interior. “Diez días de retenciones alcanzan para transformar la ruta 34 en autovía desde Rosario a Rafaela”, afirmó.

En tanto, el artículo 18 señala que “la Provincia y los municipios son responsables por los daños que ocasionen. La ley determina los supuestos y el alcance de la responsabilidad del Estado y los casos en que corresponda la obligación de reembolso de sus funcionarios o agentes”.

La Libertad Avanza votó en contra de los tres artículos reformados por mayoría..

Finalmente, en el 21 se señala que “toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que asegure su bienestar y el de su familia, a una alimentación nutritiva, diaria, suficiente, segura y de calidad, a la vestimenta, a la vivienda y a los cuidados médicos y servicios sociales necesarios que le permitan gozar de una vida digna”.

Pero también define que “la Provincia reconoce el valor social y económico de las tareas de cuidado e impulsa acciones que promueven el cuidado digno a lo largo de la vida, con especial atención a las personas en situación de vulnerabilidad. Toda persona tiene derecho a la provisión de los medios adecuados para el desarrollo de su vida si está impedida de trabajar y carece de los recursos indispensables. En su caso, tiene derecho a la readaptación y rehabilitación profesional”.

Uno de los temas más debatidos estableció que “la Provincia organiza un sistema de seguridad social con carácter integral e irrenunciable, basado en los principios de solidaridad, equidad distributiva, accesibilidad, sostenibilidad y transparencia, destinado a la protección de las personas ante contingencias, conforme con las leyes que lo reglamenten. El sistema previsional de los agentes públicos del Estado provincial se financia mediante un mecanismo de reparto solidario de carácter público. La administración está a cargo de un órgano intransferible. La sustentabilidad del sistema se asegura mediante acciones progresivas, equitativas y razonables”.

El último párrafo determina que “los recursos que integran el patrimonio de las cajas de previsión y de seguridad social son intangibles y no pueden destinarse a otros fines”.

En el debate, Lewandowski resaltó la incorporación de la "movilidad jubilatoria" en el texto de la nueva Constitución. "Finalmente pudimos lograr que en el texto de esta reforma constitucional se incluya la movilidad jubilatoria, además de que se mantenga la intransferibilidad de la caja", sostuvo.

"Advertimos que la movilidad está en la actual Constitución, pero no estaba incorporado en el texto de la nueva. Finalmente logramos incluirla para tratarla en el pleno de la Convención, para que quede aprobada y no haya perjuicio para los beneficiarios de la Caja de Jubilaciones de la provincia", señaló. Esta incorporación se suma a otro de los pedidos realizados por Activemos, junto a otros bloques, para mantener la intransferibilidad de la Caja de Jubilaciones, tal como estaba estipulado en la Ley de Necesidad de Reforma.

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Mario Cáffaro
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