+ SECCIONES
El Litoral
BUSCAR
EL LITORAL
  • Todos los Títulos
  • Área Metropolitana
  • Sucesos
    • Santa Fe Policiales
  • Deportes
  • Política
    • Filtrado
  • Economia
    • Puerto negocios
    • Dolar Hoy
  • Educación
  • Salud
  • Información General
  • Clima
  • Regionales
  • Campolitoral
  • Internacionales
  • Actualidad Sabalera
  • Actualidad Tatengue
  • Arte
  • Necrológicas
  • Edición Impresa
  • Especiales
  • Contenido Patrocinado
  • Clasificados
  • Agenda Cultural
  • Podcast
  • Servicios
  • Radios en vivo
  • Sitios
    • Mirador Provincial
    • Vivi Mejor
    • Notife
    • Sur 24
    • Revista Nosotros
    • Puerto Negocios
    • CyD Litoral
    • Educación SF
    • Norte 24
  • Escenarios & Sociedad
    • Show
  • Videos
  • Multimedia
    • Galerías de Fotos
    • Videos
    • Webstories
  • Opinión
  • Quienes Somos
  • Autores
  • Temas
  • Alianzas
  • Comercial EL

#HOY:

Maximiliano Pullaro
Javier Milei
Colón
Unión

POLÍTICA

La Cámara revocó un fallo que lo dejaba sin efecto

La Justicia convalidó el protocolo antipiquetes

La Cámara de Apelaciones consideró que la norma constituye un acto administrativo válido, dictado en el marco de las competencias del Poder Ejecutivo y con una motivación suficiente. Un fallo anterior y el fiscal en su dictámen se habían pronunciado en contra. Los argumentos.

La Justicia convalidó el protocolo antipiquetesLa Justicia convalidó el protocolo antipiquetes

Jueves 2.4.2026
 10:10
Agregar El Litoral en
Agregar a tus medios preferidos en Google
Emerio Agretti
Por: 
Emerio Agretti
|
Secretario de Redacción | Política

Un fallo judicial dio la razón al Gobierno nacional, y dejó sin efecto una resolución previa que había declarado la nulidad del llamado “Protocolo Antipiquetes”, dictado por el Ministerio de Seguridad para sustentar el accionar de las fuerzas federales en casos de protesta social.

El pronunciamiento se produjo tras una presentación del Poder Ejecutivo por la Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, con voto de los jueces Sergio Gustavo Fernández y Jorge Eduardo Morán.

La novedad fue difundida por el Ministerio de Seguridad, que hoy conduce Alejandra Monteoliva, la cual señaló que el fallo de la Cámara reconoció que "se trata de una herramienta dirigida a las Fuerzas de Seguridad para intervenir frente a situaciones que afectan la circulación y el uso del espacio público, en el marco de la ley".

La Justicia en primera instancia había sostenido que el protocolo avanzaba indebidamente sobre derechos constitucionales. Archivo El Litoral.

En ese sentido, el Ministerio de Seguridad enfatizó que las fuerzas federales continuarán interviniendo "cuando sea necesario para defender la libertad, garantizar garantizar el orden y hacer cumplir la ley".

“Las cosas en su lugar”

La primera en hacer eco de la medida fue la jefa de la bancada libertaria en el Senado, Patricia Bullrich, principal promotora del protocolo, quien salió a celebrar la decisión de la Justicia.

La senadora Patricia Bullrich celebró la rehabilitación del protocolo que impulsó como ministra. Archivo El Litoral

"Nos decían tontos y que era imposible terminar con los piquetes. Lo hicimos. La Justicia vuelve a poner las cosas en su lugar: el protocolo es la herramienta para hacer cumplir la ley frente a grupos que viven de bloquear, extorsionar y tomar de rehén a millones de argentinos que quieren trabajar y circular", remarcó la ex funcionaria, y sentenció: "ORDEN".

Prácticamente en simultáneo, la ministra Alejandra Monteoliva enfatizó que la Justicia "le dio la razón al Gobierno nuevamente" y remarcó que "el protocolo sirve para terminar con los cortes y defender la libertad de quienes quieren circular, trabajar y vivir en paz".

Amparo

La causa se originó en una acción de amparo colectivo promovida por organizaciones sociales que cuestionaron la validez de la Resolución 943/23 del Ministerio de Seguridad (que aprobó el referido protocolo), al entender que implicaba una restricción indebida de derechos constitucionales como la protesta, la libertad de expresión y el derecho de reunión.

En primera instancia, el Juzgado Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal n° 11 había hecho lugar a la demanda, declarando la nulidad del protocolo.

El juez consideró que la resolución excedía las competencias del Poder Ejecutivo al regular, bajo la apariencia de instrucciones internas, derechos constitucionales como el de reunión y petición, reservados a la ley del Congreso. Asimismo, el fallo de grado había sostenido que la norma modificaba el alcance del artículo 194 del Código Penal y adolecía de vicios en su motivación y razonabilidad.

El Estado Nacional apeló esa sentencia, planteando como agravios centrales la improcedencia de la vía de amparo y la ausencia de ilegitimidad manifiesta en el protocolo.

Argumentó que la resolución 943/23 es un acto administrativo válido, dictado dentro de sus facultades legales, que no restringe derechos sino que busca garantizar la seguridad y la libre circulación, en un contexto de conflictividad social recurrente.

Contra la “automaticidad”

En su dictamen, el fiscal Rodrigo Cuesta opinó que correspondía desestimar el recurso de apelación del Gobierno y dejar firme la sentencia que declaró nulo el protocolo antipiquetes.

Para el funcionario, la resolución del Ministerio de Seguridad excedió sus facultades al intentar regular derechos fundamentales mediante una normativa administrativa que, en la práctica, anuló garantías constitucionales básicas.

El dictamen reconoció que el derecho a la protesta no es un delito, sino un ejercicio legítimo que debe ser protegido incluso cuando entra en tensión con la libre circulación.

Cuesta remarcó que el Estado tiene la obligación de realizar una evaluación adecuada en cada conflicto de derechos, pero subrayó que la reunión y la expresión social tienen un carácter "preferencial" dentro del sistema legal argentino.

Uno de los puntos más severos del texto apuntó contra la "automaticidad" de la represión. El fiscal advirtió que el protocolo obliga a una intervención policial inmediata ante cualquier afectación de la vía pública, sin analizar las circunstancias ni la legitimidad del reclamo.

Esta mecánica, según el dictamen, resultó “incompatible con los estándares de razonabilidad y proporcionalidad que exige la Constitución”, transformando a las fuerzas de seguridad en jueces de hecho sobre la vía pública.

A derecho

Los integrantes de la Sala III de la Cámara no compartieron los argumentos del fiscal y, conforme a lo solicitado por el Gobierno, decidieron revocar la sentencia de primera instancia. Tal como consigna el sitio especializado Palabras del Derecho, los magistrados fundamentaron su decisión en varios ejes.

En primer lugar, destacaron la presunción de legitimidad que asiste a los actos administrativos (art. 12 de la ley 19.549), la cual impone a quien cuestiona la norma la carga de probar sus vicios, extremo que consideraron no acreditado.

Sobre la competencia, señalaron que la resolución se dictó en virtud de las atribuciones conferidas al Ministerio de Seguridad por la ley 22.520 de Ministerios (arts. 4, inc. b, ap. 9 y 22 bis), que lo facultan a impartir instrucciones y coordinar a las fuerzas federales.

En cuanto a la motivación, la Cámara sostuvo que los considerandos de la resolución 943/23 explican con claridad las razones que llevaron a su dictado, haciendo referencia a la "urgencia" de la situación, la recurrencia de los cortes de tránsito y la necesidad de brindar certidumbre a las fuerzas de seguridad.

La Cámara de Apelaciones argumentó que el protocolo se orienta a despejar la circulación, con un mínimo de fuerza. Archivo El Litoral

Respecto al fondo de la regulación, el fallo señaló que el protocolo no regula derechos constitucionales de manera general, sino que establece pautas de actuación ante la comisión de un delito flagrante (art. 194 del Código Penal), orientada a despejar las vías de circulación y con el deber de utilizar la mínima fuerza necesaria.

El tribunal concluyó que, en este marco, la resolución constituye una limitación legítima de derechos, que no son absolutos, en consonancia con el artículo 32 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

El tribunal también rechazó el argumento de la parte actora sobre la supuesta invasión de competencias penales, remitiéndose a un fallo previo de la Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional que había declarado que la resolución no era materia de hábeas corpus y que su análisis correspondía al fuero contencioso administrativo federal.

Agregar El Litoral en
Agregar a tus medios preferidos en Google
Sobre el Autor
Emerio Agretti
Por: 
Emerio Agretti
|
Secretario de Redacción | Política
|
Ver Perfil

#TEMAS:
Patricia Bullrich
Alejandra Monteoliva
Policía Federal Argentina
Constitución
Gobierno nacional

Además tenés que leer:

  • Aval a Bullrich "No hay que tenerle miedo a la represión": Adorni respaldó el uso de la fuerza contra manifestantes
  • Reforma Laboral en debate Tras los incidentes en el Congreso, Seguridad estudia nuevos controles en protestas
TENES QUE SABER
Mirtha Legrand confirmó su presencia en los Martín Fierro 2026
El jurado otorgó la victoria a Sam Altman y OpenAI en su batalla contra Elon Musk
Reforma laboral: habilitan la emisión digital del certificado de trabajo
Educación digital: más de 700 docentes y familias participaron de una charla sobre grooming e IA
Benjamín Vicuña rompió el silencio sobre la tensa relación con la "China" Suárez y lanzó un contundente pedido

Te puede interesar:


  • Un asteroide gigante descubierto recientemente pasará muy cerca de la Tierra
  • Pole histórica para la Indy 500 y Pato O’Ward larga en segunda fila
  • Nata, el chico que pidió una familia para Navidad y emocionó al país, volvió con un video viral para agradecer
  • Pampita rompió el silencio sobre su relación con Martín Pepa: "Hacemos malabares para que funcione"
  • El Kentucky Golf de Funes vibró con la Copa Santa Fe
  • Mirtha Legrand confirmó su presencia en los Martín Fierro 2026
  • El jurado otorgó la victoria a Sam Altman y OpenAI en su batalla contra Elon Musk
  • Reforma laboral: habilitan la emisión digital del certificado de trabajo

Política

Debate en ciernes Nueva reforma en seguridad en Santa Fe: desde espionaje digital hasta allanamientos sin orden
Fondos federales Buenos Aires acordó con la Nación el pago de la deuda por coparticipación acumulada en 2025
Obras, acciones y políticas Prevención del riesgo hídrico: Santa Fe asegura que "este clima no nos agarra de brazos cruzados"
Actividad académica Javier Milei dio una clase de macroeconomía en la Universidad de San Andrés
Con presencia de Pullaro Santa Fe puso en marcha un nuevo sistema de logística sanitaria con críticas al gobierno nacional

Área Metropolitana

Fue adoptado Nata, el chico que pidió una familia para Navidad y emocionó al país, volvió con un video viral para agradecer
Segunda edición Eco Escuelas 2026: Santa Fe superó las 57 toneladas de plástico reciclado
Santa Fe ciudad “Los inspectores realizaron las tareas como corresponden”, aseguró Mastropaolo tras el grave episodio en un control
Santa Fe ciudad “Premio Otto Krause”: un concurso para que escuelas técnicas desarrollen proyectos que transformen la ciudad
Agenda cultural Santa Fe será sede de “La Noche de las Ideas”: cuándo es y qué actividades habrá

Sucesos

En barrio Coronel Dorrego Amenazó con matar a su hermano y cayó por una denuncia de su madre en Santa Fe
Forcejeo y golpes Los videos del violento asalto a un kiosco en el macrocentro santafesino
Unidad Regional II Rosario: siete demorados y tres armas secuestradas en distintos operativos policiales
Guardia Provincial Dos alcoholemias positivas tras controles en rutas de Santa Fe
Apelación horizontal Corrupción policial: otro tribunal rechazó planteos contra la condena al exjefe policial Rafael Grau

Información General

Post-patovica Crece en Rosario la formación profesional para control en eventos y suma cada vez más mujeres
No representa peligro Un asteroide gigante descubierto recientemente pasará muy cerca de la Tierra
ARCA Reforma laboral: habilitan la emisión digital del certificado de trabajo
Causa judicial Autorizaron al Chiqui Tapia a viajar al Mundial 2026 con una garantía de $30 millones
Turismo La Ciudad de Buenos Aires celebra los 90 años del Obelisco con una experiencia única
El Litoral
  • Campolitoral
  • Revista Nosotros
  • Clasificados
  • CYD Litoral
  • Podcasts
  • Mirador Provincial
  • Viví Mejor
  • Puerto Negocios
  • Notife
  • Educacion SF
Hemeroteca Digital (1930-1979) - Receptorías de avisos - Administración y Publicidad - Elementos institucionales - Opcionales con El Litoral - MediaKit
El Litoral es miembro de:
adepa.org.ariab.comadira.org.ar
afip.gob.ar