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Efecto San Cristóbal: Santa Fe plantea un nuevo marco de seguridad para las escuelas

El borrador de proyecto prevé la declaración de "Alerta de Riesgo Crítico Emergente".-Ello confiere potestades especiales a la policía que podrá requisar los ámbitos escolares y las pertenencias de los presentes. Se permite el ciberpatrullaje y la "infiltración de agentes digitales encubiertos".

Efecto San Cristóbal: Santa Fe plantea un nuevo marco de seguridad para las escuelasEfecto San Cristóbal: Santa Fe plantea un nuevo marco de seguridad para las escuelas

Viernes 8.5.2026
 14:15
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Ivana Fux
Por: 
Ivana Fux
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Política

El Poder Ejecutivo trabaja en un proyecto de ley para establecer un nuevo marco normativo que permita intervenir en los ámbitos escolares cuando se generen situaciones de amenazas o intimidaciones. El punto de partida fue lo sucedido en San Cristóbal y sus derivaciones; cientos de mensajes escritos en las paredes de establecimientos escolares de todo el territorio provincial advirtiendo sobres supuestas "matanzas" o hechos violentos.

El miércoles, los ministros de Seguridad, Pablo Coccocioni; y de Gobierno, Fabián Bastía, se reunieron con un grupo de diputados y senadores oficialistas para interiorizarlos acerca de un anteproyecto de ley que establece protocolos y pautas a seguir en casos como los planteados. En términos generales y según el borrador al que accedió El Litoral, la iniciativa confiere más potestades a la Policía, prevé el monitoreo de redes sociales y establece que los padres deberán pagar los costos de los operativos generados por conductas de sus hijos.

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El articulado

En su primer artículo, el proyecto faculta al Poder Ejecutivo a declarar "Alerta de Riesgo Crítico Emergente, cuando exista un riesgo grave, actual o inminente, susceptible de afectar la vida, la integridad física o psíquica, o la seguridad de personas en ámbitos escolares o en entornos de socialización juvenil vinculados". Ello será detectable a partir de "fenómenos de propagación o contagio social consistentes en conductas, prácticas o consignas que, por su modalidad de difusión, reiteración o replicabilidad, evidencien capacidad de expansión rápida entre personas o grupos, con aptitud para generar daños relevantes. También, a partir de "dinámicas de captación, inducción o influencia en entornos digitales o híbridos, que presenten patrones de validación, refuerzo o promoción de conductas riesgosas, especialmente cuando involucren a niñas, niños o adolescentes". O cuando se detecten "amenazas, manifestaciones o comunicaciones con potencial de escalamiento, que, aun sin configurar delito consumado, resulten objetivamente idóneas para generar temor fundado o anticipar la posible concreción de hechos de violencia". Del igual modo serán consideradas la "circulación, difusión o amplificación de contenidos digitales riesgosos, que por su naturaleza, contexto o modalidad resulten aptos para promover, facilitar, legitimar o replicar conductas lesivas", entre otros puntos.

En el marco de la Alerta de Riesgo Crítico Emergente, el Ministerio de Justicia y Seguridad tendrá las facultades de "requerir informes a las demás áreas del Poder Ejecutivo y convocar a dispositivos interministeriales, asumir la gestión integral de la declaración de alerta, instruir a los organismos policiales y de inteligencia para elaborar perfiles y patrones de riesgo, llevar registros de actividades sospechosas y personas de interés, monitorear redes y entornos digitales, e implementar acciones de ciberpatrullaje e infiltración de agentes digitales encubiertos". También podrá "requerir a los gestores de redes o plataformas digitales la preservación de materiales, el bloqueo de cuentas o usuarios y la limitación de contenidos riesgosos".

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La policía

A la policía se le confieren facultades especiales como "ingresar, recorrer e inspeccionar los establecimientos o ámbitos abarcados por la declaración, pudiendo asegurar los accesos, establecer perímetros o limitar la circulación de personas en horarios o lugares crítico". También, "disponer evacuaciones o confinamientos preventivos ante situaciones de emergencia, practicar requisas de personas y de pertenencias, pudiendo proceder al registro integral de los lugares afectados; proceder a la identificación y resguardo de personas hasta por doce horas, dándose intervención en su caso a los organismos competentes en materia de Niñez; secuestrar dispositivos electrónicos y acceder a su contenido en forma inmediata, pudiendo procederse al desbloqueo biométrico aplicando la fuerza mínima e indispensable, con noticia y remisión posterior a la Fiscalía a sus efectos".

La Fiscalía, de oficio o a requerimiento del Ministerio de Justicia, podrá ordenar preventivamente el bloqueo o la limitación de contenidos digitales riesgosos, pudiendo aplicar en forma directa sanciones a la entidad renuente, sin perjuicio de las responsabilidades civiles, penales y administrativas que pudieran tener lugar".

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Docentes y padres

El proyecto también prevé que "el personal de los establecimientos educativos y de otros ámbitos de socialización juvenil, ya sean públicos o privados, tiene el deber de reportar a la autoridad policial o a los sistemas de emergencia cualquier situación que pudiera resultar sospechosa tales como amenazas, presencia de armas, desafíos virales u otros contenidos peligrosos que llegaran a su conocimiento, independientemente de que dichos fenómenos pudieran o no constituir delito y del grado de avance o de consumación de las posibles conductas implicadas".

Finalmente, se pretende establecer una "responsabilidad parental". En tal sentido, "cuando los hechos que dieran lugar a la Alerta de Riesgo Crítico Emergente fueran ocasionados por niñas, niños o adolescentes, el Estado demandará a los responsables legales el resarcimiento de todos los costos operativos a los que hubiera dado lugar". Asimismo, "cuando se verifique incumplimiento grave o reiterado de los deberes de cuidado, supervisión o acompañamiento de niñas, niños o adolescentes, la autoridad competente podrá disponer medidas administrativas de carácter conminatorio", que van desde apercibimientos o multas, hasta la prohibición de acceso a espectáculos deportivos y otros eventos masivos.

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