Una de las reformas centrales pasa por la nueva redacción del artículo 23 sobre reglamentos de adjudicación los que contendrán normas referentes al modo de adjudicación, financiación y uso de las unidades, y preverán las sanciones para casos de incumplimiento de las obligaciones de los adjudicatarios y las prohibiciones respecto de la facultad de disposición de las viviendas otorgadas. Los criterios básicos que debe contener el reglamento y los distintos programas de la Dirección deberán garantizar el acceso a través del sistema de sorteo público para viviendas, lotes con servicios, créditos o nuevos planes a crearse en un futuro y demás beneficios que otorgue la dirección. Quedarán exceptuados programas que la Dirección desarrolle de forma individual o través de convenios con Municipalidades y Comunas e instituciones de la sociedad civil, que se ejecuten con el fin de solucionar problemáticas urbanísticas, ambientales, sociales o casos de emergencias. También dispone que Dirección establece la utilización del Registro Digital de Acceso a la Vivienda o algún otro sistema superador, como único mecanismo de inscripción, que posibilite el acceso remoto a cualquier familia de la provincia. En cuanto a la información de los padrones provisorios y definitivos, así como de los resultados de los sorteos, que contribuya a la transparencia del procedimiento de la adjudicación, deberá exponerse en el portal de la provincia con el fin de garantizar el libre acceso a cualquier ciudadano de la provincia. También determina que la Dirección debe garantizar en su reglamento de forma clara, precisa y simple, el procedimiento a seguir por una mujer víctima de violencia de género en relación al otorgamiento de la titularidad de la unidad habitacional u otro trámite que garantice la reivindicación de la víctima. Encomienda a la Dirección fomentar la capacitación y creación de consorcios de vecinos en los complejos habitacionales, tanto los existentes como los nuevos a construirse, que por su conformación tengan espacios o servicios comunes. Por último, los reglamentos de adjudicación contendrán normas referentes al modo de adjudicación, financiación y uso de las unidades y preverán las sanciones para casos de incumplimiento de las obligaciones de los adjudicatarios y las prohibiciones respecto de la facultad de disposición de las viviendas otorgadas.