Mientras, que la otra modificación es que tanto familias como personas solas podrán optar por la modalidad de pago al momento de firmar el boleto de compra-venta. Es decir, anticipo al contado del 30 por ciento del valor del lote (que deberá ser abonado en un plazo de 30 días a contar desde la pre-adjudicación) y el saldo restante se calculará en Unidades Tributarias Municipales (UTM) pudiendo ser abonado en 48 cuotas mensuales y actualizables de acuerdo con el valor de la UTM al momento de hacerse efectivo cada pago. O, financiar la totalidad del monto en cuotas, las cuales se calcularán en Unidades Tributarias Municipales, y se abonará en 48 cuotas.