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Se prohibió la venta de una línea de productos de limpieza que se comercializaba por redes y tiendas online

La medida alcanza a todos los artículos de la marca Seco Cleaner. La autoridad sanitaria determinó que los productos no tenían registro, no figuraban establecimientos responsables y no cumplían los requisitos básicos para su comercialización.

Se prohibió la venta de una línea de productos de limpieza que se comercializaba por redes y tiendas onlineSe prohibió la venta de una línea de productos de limpieza que se comercializaba por redes y tiendas online

Martes 18.11.2025
 9:46
Redacción EL
Redacción EL
|

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la venta, publicidad y distribución de una serie de productos de limpieza de la marca Seco Cleaner que se ofrecían en redes sociales y plataformas de comercio electrónico.

La investigación se inició tras una consulta sobre la legitimidad de los artículos, que finalmente se comprobó que no estaban inscriptos ni habilitados por el organismo. La decisión apunta a proteger a los consumidores frente a productos de los que se desconocen las condiciones de manufactura y la procedencia.

La decisión apunta a proteger a los consumidores

Sin registro habilitante

Mediante la Disposición 8518/2025, publicada este martes en el Boletín Oficial, ANMAT detalló que la consulta inicial había llegado al Servicio de Domisanitarios del Departamento de Domisanitarios, Cosméticos y Productos de Higiene Personal.

El reclamo hacía referencia a distintos artículos de limpieza que se promocionaban bajo la marca Seco Cleaner: limpiadores, desengrasantes, productos para acabado de superficies e incluso otros domisanitarios.

A partir de esa presentación, los equipos técnicos del organismo realizaron verificaciones y confirmaron que ninguno de los productos se encontraba inscripto en los registros oficiales.

Tampoco figuraban datos de establecimientos responsables habilitados para la fabricación o importación, un requisito básico para cualquier empresa que comercializa este tipo de productos en el país.

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El informe interno señaló además que la comercialización sin registro viola varias normativas vigentes:

Resolución ex MS y AS 708/98, artículo 1°

Resolución ex MS y AS 709/98, artículo 1°

Disposición ANMAT 7293/98, artículo 1°

Disposición ANMAT 7292/98, artículo 1°

Estas normas establecen las obligaciones de registro, control y habilitación de productos domisanitarios —una categoría que incluye artículos de limpieza, desinfección y mantenimiento del hogar— así como de las empresas que los fabrican o importan.

“Se desconocen las condiciones de manufactura y/o la empresa responsable de su importación”, advirtió el organismo en los considerandos de la medida. Y agregó que, ante la falta de información técnica mínima, la comercialización implica un riesgo para los usuarios que podrían adquirir productos sin control sanitario, sin garantías de calidad y sin trazabilidad.

Por esa razón, los equipos técnicos recomendaron prohibir el uso, comercialización, publicidad y distribución de todos los lotes, en todo el territorio nacional y en plataformas de venta electrónica, hasta tanto la marca regularice su situación.

Mientras los productos no sean regularizados no pueden ofrecerse en redes sociales

Prohibición y advertencia

La disposición firmada por la administradora nacional de ANMAT, Nélida Agustina Bisio, especifica en su artículo 1º que la prohibición rige para todos los productos identificados como limpiadores, desengrasantes, de acabado de superficies y cualquier otro artículo domisanitario de la marca Seco Cleaner.

Esto significa que la medida no se limita a un lote puntual ni a un subgrupo de productos, sino que abarca toda la línea completa, sin excepciones.

Además, ANMAT ordenó comunicar la decisión a las autoridades sanitarias provinciales, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y a otras dependencias del Estado con competencia en el control de este tipo de productos. También se notificó a la Coordinación de Sumarios para que determine eventuales sanciones administrativas.

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La disposición advierte que, mientras los productos no sean regularizados y no cumplan con la normativa vigente, no pueden ofrecerse en redes sociales, tiendas online ni comercios físicos, ya que se trata de artículos sin garantías de seguridad para el consumidor.

Desde ANMAT recordaron que los domisanitarios —aunque no se trate de medicamentos— requieren habilitaciones específicas, controles de composición, rotulado y trazabilidad. La falta de estos requisitos impide saber si contienen sustancias adecuadas, si su manipulación es segura o si pueden provocar daños en superficies, generar reacciones irritativas o presentar toxicidad.

Si bien la disposición no reporta incidentes concretos relacionados con estos productos, la intervención se realiza bajo el principio de prevención sanitaria, una práctica habitual del organismo cuando se detectan artículos fuera del marco regulatorio.

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