La Justicia provincial condenó este martes a una mujer de 32 años por un episodio ocurrido en mayo pasado en la Casa LGBTIQ+ de Santa Fe, donde intentó apoderarse del teléfono celular de una trabajadora y, tras ser descubierta, la amenazó de muerte.
Recibió siete meses de prisión efectiva y fue declarada reincidente. La pena fue unificada con una condena anterior y quedó establecida en tres años y siete meses de cumplimiento efectivo. Otro joven cumplirá condena de prisión efectiva por intentar sustraer una moto del patio de una casa en barrio Liceo Norte.

La Justicia provincial condenó este martes a una mujer de 32 años por un episodio ocurrido en mayo pasado en la Casa LGBTIQ+ de Santa Fe, donde intentó apoderarse del teléfono celular de una trabajadora y, tras ser descubierta, la amenazó de muerte.
La audiencia de juicio abreviado se realizó en la Sala 7 del Anexo de Tribunales de Santa Fe. El juez Pablo Spekuljak aceptó el acuerdo alcanzado por la Fiscalía y la defensa e impuso a Solange Antonella Bonelli siete meses de prisión de cumplimiento efectivo, además de declararla reincidente.
La acusación estuvo a cargo de la fiscal Rosana Peresin, mientras que la defensa de Bonelli fue ejercida por la defensora pública Leticia Feraudo.
El hecho ocurrió el 21 de mayo de 2026, alrededor de las 7.30, cuando Bonelli ingresó a la Casa LGBTIQ+, ubicada en San José 1701 y dependiente de la Secretaría de Género de la provincia.
Según la acusación, la mujer tomó un teléfono celular que se encontraba en el lugar y se lo colocó en el bolsillo de su campera. Cuando una de las trabajadoras advirtió la situación y le reclamó que lo devolviera, Bonelli negó tenerlo.
La situación quedó al descubierto cuando otra empleada hizo sonar el aparato y comprobó que se encontraba dentro del bolsillo de la campera blanca que llevaba puesta la acusada. Bonelli finalmente reintegró el teléfono, pero luego se produjo una discusión que terminó con amenazas de muerte contra una de las trabajadoras.
“Llamá al 911, después vuelvo y te mato”, le dijo, según quedó establecido en la acusación.
Por esa secuencia, la Fiscalía le atribuyó los delitos de hurto simple en grado de tentativa y amenazas simples.
El episodio había derivado, el 27 de mayo, en una audiencia en la que el juez Sebastián Szeifert había dispuesto la prisión preventiva sin plazo de Bonelli. En aquella oportunidad, la defensa había solicitado medidas alternativas a la detención, entre ellas la fijación de domicilio en la vivienda de su padre, pero el planteo fue rechazado.
La situación procesal de Bonelli estuvo atravesada además por una condena previa. De acuerdo con los informes del Registro Nacional de Reincidencia, el antecedente más reciente databa del 14 de junio de 2024, cuando había recibido una pena de tres años de prisión condicional.
En aquella oportunidad, también el juez Pablo Spekuljak la había condenado como coautora de robo en grado de tentativa y robo agravado por haber sido cometido en poblado y en banda, reiterado en dos oportunidades.
Por el nuevo delito, Spekuljak le impuso siete meses de prisión efectiva y declaró su reincidencia. A su vez, revocó la condicionalidad de la pena anterior y unificó ambas condenas en una pena única de tres años y siete meses de prisión de cumplimiento efectivo.
En la misma jornada, el juez Nicolás Falkenberg condenó a Luciano Leonardo Franco, de 23 años, a un año y seis meses de prisión efectiva por un intento de robo ocurrido en barrio Liceo Norte.
El hecho se produjo el 12 de junio de 2026, alrededor de las 23.50, cuando Franco ingresó al patio de una vivienda después de saltar un tapial de aproximadamente un metro y medio. Una vez dentro, cortó los cables de arranque de una motocicleta perteneciente al propietario de la casa con la intención de ponerla en marcha, pero fue descubierto y atrapado en flagrancia por el dueño.
La Fiscalía, representada por Rosana Peresin, le atribuyó el delito de robo calificado por escalamiento en grado de tentativa. La defensa estuvo a cargo del defensor oficial Alejandro Bustamante.
Franco tenía una condena anterior dictada el 9 de diciembre de 2025 por la jueza Rosana Carrara. En aquella oportunidad había recibido un año y seis meses de prisión condicional por dos hechos de hurto calificado por escalamiento en grado de tentativa, hurto en grado de tentativa y resistencia a la autoridad.
Por el nuevo hecho, Falkenberg revocó la condicionalidad de aquella pena, declaró la reincidencia y unificó ambas condenas en una pena única de tres años de prisión de cumplimiento efectivo.





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