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Fundamentos de la condena

Profesora de danza de Santa Fe fingió un preinfarto y dijo que estaba internada para evitar el juicio

El Ministerio Público Fiscal solicitó que se investigue la autenticidad de la documentación presentada. En tanto, el Tribunal Oral Federal dio a conocer los fundamentos del fallo. La mujer de 51 años fue condenada por el uso de títulos falsos para ejercer la docencia y por intentar autenticar un título de abogada apócrifo.

Profesora de danza de Santa Fe fingió un preinfarto y dijo que estaba internada para evitar el juicioProfesora de danza de Santa Fe fingió un preinfarto y dijo que estaba internada para evitar el juicio

Miércoles 30.9.2026
 13:58hs
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Juliano Salierno
Por: 
Juliano Salierno
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Judiciales

Los fundamentos de la condena contra María Andrea Patiño, la falsa profesora de danza de Santa Fe que fue sentenciada por utilizar títulos apócrifos para ejercer como docente en escuelas de la provincia, dejaron al descubierto un episodio ocurrido en los días previos al juicio que ahora tendrá su propia investigación penal.

La mujer había presentado un certificado médico para justificar su ausencia al debate y, cuando finalmente concurrió a los tribunales, sostuvo que había estado internada por un supuesto preinfarto. Sin embargo, la institución de salud que mencionó informó que no había estado internada allí.

El Tribunal Oral Federal dio a conocer este martes los fundamentos del fallo. Foto: Archivo

El dato fue incorporado al fallo conocido este martes por el Tribunal Oral Federal de Santa Fe y, además, motivó una denuncia presentada por el fiscal general Martín Suárez Faisal para que se determine si el certificado médico utilizado para justificar su ausencia era falso.

Sospecha y denuncia

La causa que terminó con la condena comenzó mucho antes de ese episodio. En 2018, el Ministerio de Educación de Santa Fe detectó irregularidades en distintos títulos profesionales presentados por Patiño, quien por entonces se desempeñaba como docente en escuelas primarias de Providencia, Sarmiento, San Cristóbal, La Pelada, María Luisa y la ciudad de Santa Fe.

La documentación cuestionada incluía certificados que supuestamente acreditaban títulos de profesora de Arte en Danza y Música, profesora de Arte en Teatro y profesora de Arte en Danza con mención en danzas folclóricas, tango y clásico, atribuidos al entonces Instituto Universitario Nacional del Arte (IUNA).

El problema apareció cuando la mujer presentó además un diploma de abogada supuestamente expedido por la Universidad de Buenos Aires. Ese documento también presentaba irregularidades y llevó a que se revisara nuevamente la documentación anterior.

Los informes incorporados posteriormente al expediente determinaron que Patiño no figuraba como egresada de la institución que supuestamente había emitido los títulos de danza y teatro. En mayo y junio de 2018, funcionarios del Ministerio de Educación dejaron constancia de las anomalías y, en septiembre de ese año, la cartera provincial dispuso la apertura de un sumario administrativo.

La denuncia penal llegó en junio de 2019, presentada por autoridades educativas ante el Ministerio Público de la Acusación. En octubre de 2020 Patiño fue citada a una audiencia imputativa. Posteriormente, la Justicia provincial se declaró incompetente y el expediente pasó al fuero federal.

El 8 de marzo de 2023 fue procesada por defraudación contra la administración pública en concurso ideal con el uso de documento público adulterado, además de otro hecho de defraudación en grado de tentativa vinculado con la documentación presentada para acreditar un supuesto título de abogada. La causa fue elevada a juicio en esos términos.

Casi 6 años de sueldos

El juez del Tribunal Oral Federal, Luciano Lauría, consideró probado que Patiño utilizó los títulos falsos para acceder a cargos docentes y percibir remuneraciones del Estado provincial entre octubre de 2014 y julio de 2020.

Según los fundamentos, el perjuicio patrimonial fue estimado en $550.020,42 a valores históricos. Los haberes fueron reconstruidos mediante documentación del Ministerio de Educación y registros bancarios de la cuenta en la que se depositaban los salarios.

El Ministerio de Educación detectó irregularidades en distintos títulos profesionales. Foto: Archivo

Para el TOF la maniobra no consistió solamente en la presentación de documentos irregulares: los títulos permitieron que Patiño obtuviera efectivamente cargos y ejerciera como docente durante varios años. Por eso rechazaron el argumento defensivo según el cual los documentos eran tan burdos que no podían constituir un ardid idóneo.

También descartó que para desempeñar las funciones alcanzara con acreditar idoneidad. El tribunal sostuvo que la normativa provincial exigía la titulación correspondiente para los cargos que ocupó.

El segundo episodio ocurrió en mayo de 2018, cuando Patiño presentó ante Educación un certificado analítico acompañado por una fotografía de un supuesto diploma de abogada de la UBA.

El objetivo era acreditar esa condición profesional para acceder a nuevos cargos docentes, pero el intento fue descubierto antes de que pudiera concretarse. Por eso fue considerado una defraudación en grado de tentativa.

La internación que no fue

La situación médica surgió pocos días antes del debate oral, fijado para el 22 de septiembre. Cinco días antes, los abogados Fernando Sánchez y Rebeca Mazzón -de la Defensoría Pública Oficial- informaron al tribunal que no podía comunicarse normalmente con su asistida y que había recibido de ella, por WhatsApp, un certificado médico fechado el 10 de septiembre.

El documento indicaba que Patiño se encontraba internada por un preinfarto y un cuadro severo de tromboembolia bilateral pulmonar. Como no se especificaba el lugar de internación, el tribunal ordenó verificar la información.

La Policía Federal concurrió al domicilio de la mujer, en barrio María Selva, pero no logró encontrarla. Después consiguió comunicarse con ella por WhatsApp. Patiño respondió que continuaba internada, aunque no contestó cuando le preguntaron dónde se encontraba. Ante esa situación, el tribunal ordenó su detención para asegurar la realización del debate.

Ya en la audiencia, cuando fue consultada por el juez Lauría, la imputada sostuvo que había permanecido internada hasta el día anterior en un sanatorio de Rosario y que había sido atendida allí por su médico cardiólogo de cabecera. También dijo que había recibido el alta voluntaria.

El tribunal pidió entonces un informe a la institución mencionada. La respuesta incorporada al expediente señaló que Patiño no se encontraba ni había estado internada allí en la fecha indicada. Los últimos registros de atención médica correspondían a diciembre de 2025.

Una nueva investigación

El episodio no quedó limitado a una observación dentro de la sentencia. El fiscal general presentó el 24 de septiembre una denuncia para que se investigue la posible utilización de un documento privado falso.

En su presentación, sostuvo que el certificado había sido remitido por Patiño a través de WhatsApp y luego presentado por su defensa ante el tribunal. También incorporó el informe de la Policía Federal, el registro audiovisual de la audiencia y la respuesta de la institución médica.

La Fiscalía planteó que corresponde determinar si el certificado es falso y, eventualmente, quién lo confeccionó y cuál fue la responsabilidad de Patiño por su utilización. La denuncia fue formulada por el posible delito de uso de documento privado falso, aunque dejó abierta la posibilidad de que la investigación determine otra calificación jurídica.

La condena

Por los hechos vinculados con los títulos, el Tribunal Oral Federal condenó a Patiño a dos años y tres meses de prisión en suspenso y a inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos.

Entre las pautas de conducta impuestas figuran fijar residencia, someterse al control del Patronato de Liberados y realizar trabajos no remunerados en favor de una institución de bien público durante el plazo de la condena.

El tribunal consideró como atenuante que la mujer no registraba antecedentes penales condenatorios. En cambio, valoró como agravantes la modalidad de los hechos, su prolongación en el tiempo y el perjuicio ocasionado al Estado provincial.

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