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Ratificaron condenas para los secuestradores de un joven con discapacidad en Gálvez, en 2023

A dos años del hecho, la Sala de Casación del fuero federal dio por válidas las condenas de tres delincuentes luego de un secuestro cometido en abril de 2023. La defensa había pedido un recurso por considerar que había vicios en las valoraciones.

Ratificaron condenas para los secuestradores de un joven con discapacidad en Gálvez, en 2023Ratificaron condenas para los secuestradores de un joven con discapacidad en Gálvez, en 2023

Martes 22.4.2025
 19:43hs
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Juan Manuel Peratitis
Por: 
Juan Manuel Peratitis

La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por los doctores Mariano Borinsky como presidente, y por Javier Carbajo y Gustavo Hornos, ratificó la sentencia a 13 años de prisión para los hermanos galvenses Franco y Martín Quevedo y a 11 años de cárcel al cuñado de ambos, Jonatan Petri, por la coautoría del delito de “secuestro extorsivo agravado por tratarse la víctima de una persona con discapacidad y por la cantidad de intervinientes (artículo 170 incisos 4 y 6 del Código Penal)” que tuvo como víctima a un hombre de la ciudad de Gálvez, a las 0.02 del 14 de abril de 2023, de 29 años, quien fue secuestrado cuando volvía en bicicleta de su trabajo en un bar y había sido elegido como objetivo porque supuestamente tenía padres adinerados.

Además, la víctima era –y es- insulino dependiente y con retraso madurativo conocido como “síndrome de Kabuki”, y estuvo 12 horas secuestrado en zona rural de Pueblo Andino, departamento Iriondo, a 100 kilómetros de su ciudad. Curiosamente, los padres, que fueron amenazados con que a su hijo le pasaría algo grave, no llegaron a entregar 200 mil dólares que les habían exigido pero el muchacho apareció sano y salvo gracias a que un transportista lo reconoció en la ruta, lo vio desorientado y lo ayudó. “No es joda, 200 mil dólares o no lo ve más, si llama a la cana no lo ve más, ni una palabra a nadie -por- 1 hora”, le habían escrito por Whatsapp a los papás del damnificado.

Peritaje de la casa en Pueblo Andino donde fue secuestrado el muchacho. Crédito: 11Noticias.

La ratificación de la condena tuvo lugar exactamente el día en que se cumplían 2 años del secuestro, el lunes próximo pasado. La sentencia había sido dictado el 18 de octubre de 2024 y los fundamentos brindados 5 días después. Los abogados de los tres malvivientes interpusieron un recurso de casación el 27 de noviembre de 2024, mientras continúan en prisión en la Cárcel Federal de Marcos Paz II, Buenos Aires. El fiscal de la causa en aquel momento fue el Dr. Martín Suárez Faisal y del Dr. Jorge Onel.

Los hechos

Apenas empezaba el 14 de abril de 2023, el muchacho fue secuestrado por sujetos que bajaron de un Ford Focus, le pusieron una bolsa en la cabeza, lo maniataron y llevaron a Pueblo Andino, a una casa que pertenece a la hermana de los Quevedo y a su vez esposa del otro acusado, Petri, quien además era personal administrativo del Ejército.

Cabe destacar que a los pocos minutos del acto criminal, fue convocada la Policía Federal Argentina con la división Departamento Antisecuestros Norte en colaboración con la PDI Operativa San Jerónimo. Las pesquisas consistieron en escuchas, análisis de cámaras de vigilancia, registros de llamadas, y el chequeo de los datos del auto y de su ubicación, al momento del secuestro y en Andino.

Los jueces que intervinieron en la ratificación de la condena. Solamente se hizo una observación sobre el auto usado en el ilícito.

La investigación siguió adelante y con los datos recabados se ordenó el allanamiento de los domicilios de los Quevedo, que quedaron detenidos. Poco después, en virtud de los entrecruzamientos de los llamados entre los hermanos, cayó su cuñado, y se logró dar con la casa rural que habían utilizado para el cautiverio, que resultó ser una propiedad de la hermana de los Quevedo.

Lo que dijo el juez

En el expediente de la ratificación de pena, el juez Borinsky indicó que: “el tribunal de juicio meritó todos los elementos probatorios recabados a lo largo del proceso. En especial, estimó el relato de la persona secuestrada sobre su vivencia en torno a la captura inicial y su posterior traslado a la vivienda donde estuvo retenida contra su voluntad. A su vez precisó las cuantiosas probanzas recabadas en autos que forzaron a corroborar los términos de la acusación, a la par que permitió descartar la versión expuesta por los imputados en sus declaraciones indagatorias durante el juicio oral, por cuanto no poseían un correlato con el resto de las constancias de la causa" y valoró el trabajo del primer tribunal, en Santa Fe. Lo único que corrigió fue que ordenó el decomiso del automóvil por haber sido utilizado en el marco del delito, cosa que había sido omitida en un primer momento.

Ante los problemas de retraso de la víctima, se confirmó con su familia el enorme retroceso que tuvo en su independencia, la cual tanto había costado, aunque la defensa de los imputados había cuestionado “que se hayan invocado daños físicos leves ocasionados a la víctima y supuestos daños psicológicos como pautas agravantes que, a su entender, no fueron corroborados. Sostuvo que, en su caso, no fueron significativos y que el secuestrado siguió trabajando; también se agravió porque el tribunal dijo que la comunidad galvense en su totalidad se vio afectada por este hecho en particular”.

En consecuencia, la base fundamental de la pena quedó ratificada por lo que los hermanos Quevedo tienen condena establecida hasta octubre de 2037 y Petri hasta ese mes de 2035, con las conmutaciones y beneficios aplicables a la buena conducta carcelaria.

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