El Gobierno nacional avanzó este lunes con la reglamentación del Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI), una herramienta que apunta a dinamizar la actividad productiva de las pequeñas y medianas empresas.
La medida fija condiciones, montos mínimos y ventajas impositivas para pequeñas y medianas empresas que busquen ampliar su capacidad productiva.

El Gobierno nacional avanzó este lunes con la reglamentación del Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI), una herramienta que apunta a dinamizar la actividad productiva de las pequeñas y medianas empresas.
La iniciativa fue formalizada mediante el Decreto 242/2026 publicado en el Boletín Oficial y establece los lineamientos para acceder a beneficios fiscales durante un plazo de dos años.
El objetivo central del esquema es fortalecer la competitividad, fomentar la generación de empleo y potenciar las exportaciones, con foco en el entramado productivo de las micro, pequeñas y medianas empresas.
El régimen está dirigido a empresas que cuenten con certificado MiPyME vigente, incluyendo aquellas que se encuentren dentro de la categoría de Mediana Empresa Tramo 2.
También podrán adherirse entidades sin fines de lucro que desarrollen actividades productivas, siempre que cumplan con los parámetros de facturación establecidos por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero.
Uno de los puntos clave es el monto mínimo de inversión exigido. Para microempresas, el piso será de 150 mil dólares; para pequeñas, 600 mil; mientras que las medianas tramo 1 deberán invertir al menos 3,5 millones y las tramo 2, 9 millones de dólares.
Las inversiones alcanzadas incluyen bienes de capital nuevos, equipamiento tecnológico y obras productivas que cumplan con las condiciones fijadas por la normativa.
El RIMI contempla una serie de incentivos impositivos, entre los que se destacan la amortización acelerada de bienes y mecanismos de devolución de créditos fiscales.
En el caso del IVA, se prevé la devolución de saldos con un tope del 50% del cupo anual establecido en el Presupuesto, priorizando a quienes acumulen mayor antigüedad en los créditos.
Además, se incluyen beneficios específicos para inversiones en el sector agropecuario, como sistemas de riego, mallas antigranizo y bienes vinculados a la producción.
El plazo para concretar las inversiones será de dos años, contados a partir de la entrada en vigencia de las normas complementarias que deberán dictar los organismos competentes.
Pese al avance en la reglamentación, especialistas advierten que el régimen aún no está plenamente operativo.
Según señalaron desde el ámbito tributario, todavía faltan definiciones clave para su implementación, como los formularios de adhesión, los mecanismos para solicitar devoluciones y los criterios para acreditar el avance de obras.
En ese contexto, el RIMI aparece como una herramienta relevante para impulsar inversiones, aunque su impacto dependerá de la rapidez con la que se completen los aspectos pendientes.




