En un contexto de tensión entre la necesidad de ordenar las cuentas públicas y el objetivo de evitar nuevos impactos sobre el costo de vida, el Gobierno nacional volvió a intervenir sobre la estructura impositiva de los combustibles.
El Ejecutivo nacional resolvió diferir nuevamente la aplicación plena de los impuestos sobre los combustibles líquidos y al dióxido de carbono. La medida busca contener el impacto en los precios y acompañar el proceso de desaceleración inflacionaria, aunque establece incrementos parciales durante febrero y marzo.

En un contexto de tensión entre la necesidad de ordenar las cuentas públicas y el objetivo de evitar nuevos impactos sobre el costo de vida, el Gobierno nacional volvió a intervenir sobre la estructura impositiva de los combustibles.
A través de un decreto publicado en el Boletín Oficial, se decidió postergar parcialmente la actualización total de los impuestos que gravan a la nafta y al gasoil, al tiempo que se definió un esquema de incrementos graduales para los próximos meses.
El Decreto 74/2026, firmado por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Guillermo Francos y el ministro de Economía Luis Caputo, introduce modificaciones al Decreto 617/2025 y sus normas complementarias.
En términos concretos, la medida redefine el cronograma de aplicación de los aumentos pendientes de los impuestos sobre los combustibles líquidos y el impuesto al dióxido de carbono, ambos regulados por la Ley N° 23.966.
Dicha ley establece montos fijos en pesos por unidad de medida que deben actualizarse trimestralmente según la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) que publica el Indec.
Sin embargo, desde 2018 esas actualizaciones han sido aplicadas de manera discontinua, con sucesivas postergaciones decididas por distintos gobiernos para evitar un traslado directo a los precios en surtidor.
En este caso, el decreto reconoce que aún restaban aplicar incrementos correspondientes al año calendario 2024 y a los tres primeros trimestres de 2025. En lugar de avanzar con una actualización plena y automática, el Ejecutivo optó por un esquema de diferimiento parcial, con aumentos acotados y escalonados.
Uno de los puntos centrales del decreto es la incorporación de un nuevo inciso que fija los incrementos impositivos que regirán para los hechos imponibles que se perfeccionen entre el 1° y el 28 de febrero de 2026, inclusive.
Según el detalle oficial, para las naftas sin plomo —tanto las de hasta 92 RON como las de mayor octanaje— y para la nafta virgen, el incremento del impuesto sobre los combustibles líquidos será de 16,773 pesos por unidad, mientras que el impuesto al dióxido de carbono se incrementará en 1,027 pesos.
En el caso del gasoil, el aumento será más segmentado. El impuesto sobre los combustibles líquidos se incrementará en 14,372 pesos, a lo que se suma un aumento de 7,782 pesos correspondiente al tratamiento diferencial previsto para determinadas regiones del país, y otros 1,638 pesos por el impuesto al dióxido de carbono.
Además, el decreto sustituye una disposición previa y establece que la aplicación de los incrementos restantes, que estaban previstos para el 1° de febrero, se postergan ahora hasta el 1° de marzo de 2026. De este modo, el Gobierno gana un mes adicional antes de avanzar con una actualización más amplia de la carga impositiva sobre los combustibles.
La normativa también ratifica la vigencia del tratamiento diferencial para el gasoil destinado al consumo en determinadas zonas del país. Este beneficio alcanza a las provincias de Neuquén, La Pampa, Río Negro, Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego, así como al Partido de Patagones, en la provincia de Buenos Aires, y al departamento mendocino de Malargüe.
El objetivo de este esquema diferencial es compensar los mayores costos logísticos y climáticos que enfrentan estas regiones, donde el uso del gasoil resulta clave tanto para el transporte como para actividades productivas estratégicas.
Si bien el decreto no define de manera directa el precio final de los combustibles en surtidor, los impuestos representan una porción significativa del valor que pagan los consumidores.
Por ese motivo, cada actualización impositiva suele trasladarse —total o parcialmente— a los precios finales, dependiendo de la estrategia de las empresas refinadoras y comercializadoras.
Desde el Gobierno sostienen que la decisión de diferir los aumentos responde a la necesidad de “estimular el crecimiento de la economía a través de un sendero fiscal sostenible”, tal como se expresa en los considerandos de la norma.
En otras palabras, se busca evitar un shock de precios que pueda impactar sobre la inflación y el consumo, sin resignar por completo los recursos tributarios que el Estado necesita recaudar.
Para los analistas, la medida confirma que los combustibles siguen siendo una variable sensible dentro de la política económica. En un escenario de ajuste fiscal y desregulación de precios, el Ejecutivo mantiene un rol activo en la administración de los tiempos y magnitudes de los aumentos impositivos.




