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POLÍTICA

Lo dispuso la Convención

Dos años de plazo para completar el rediseño de la Justicia en Santa Fe

Lo estableció el plenario al votar las cláusulas transitorias a aplicar en las reformas constitucionales sobre el procurador, el Ministerio Público y los procesos de selección y enjuiciamiento de magistrados que requieren leyes de la Legislatura. El caso de los trabajadores judiciales, los cambios de funciones y los derechos adquiridos.

Dos años de plazo para completar el rediseño de la Justicia en Santa FeDos años de plazo para completar el rediseño de la Justicia en Santa Fe

Jueves 4.9.2025
 10:19
 / 
Actualizado al Jueves 4.9.2025 10:26hs
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Emerio Agretti
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Emerio Agretti

El plenario de la Convención Reformadora de la Constitución de Santa Fe completó la votación de los artículos vinculados al Poder Judicial votando una serie de cláusulas transitorias aplicables a los cambios sustanciales de órganos y de funciones dispuestos en el articulado de fondo aprobado en la misma sesión y que, en conjunto, implican un verdadero rediseño de la Justicia provincial.

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Pasada la 1 de este jueves, y luego de una serie de intensas y extenuantes discusiones sobre cuestiones como la participación de profesores de facultades de Derecho privadas en los procesos de selección de jueces, y la conformación de los tribunales de enjuiciamiento de jueces, fiscales y defensores, el cuerpo se abocó a los temas que deben terminar de ser regulados por la Legislatura.

La encargada de enumerar y justificar brevemente (más allá de los debates que luego se generaron) cada una de las cláusulas fue Lionella Cattalini, empezando por una que engloba a todos los demás: el establecimiento de un plazo perentorio de dos años para que el parlamento dicte la legislación que le fue derivada; salvo los casos en los que expresamente se haya establecido un plazo menor. Mientras tanto, para evitar un vacío legal, seguirá rigiendo la actual normativa.

La votación de este jueves en la Convención Reformadora. Crédito: Gobierno de la provincia de Santa Fe

En particular, en lo que hace al actual Procurador General de la Corte, pasará automáticamente a ser Procurador General según el nuevo instituto. El actual funcionario en ese cargo, Jorge Barraguirre, completará en esas condiciones su mandato. Quien sea designado en su reemplazo, llegado el momento, estará sujeto al plazo de cinco años de duración.

Del mismo modo, los actuales fiscales extrapenales pasarán inmediatamente a denominarse procuradores. Pero quienes ocupen ese cargo en el futuro requerirán acuerdo legislativo.

Hasta que se sancione la ley que regulará el funcionamiento del Consejo de Selección seguirá rigiendo el procedimiento actual. Mientra tanto, el trámite de selección de jueces, fiscales y defensores que ya se haya iniciado, se completará según la ley vigente.

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Lo mismo aplica al sistema de enjuiciamiento: de los que estén actualmente en trámite, seguirán a cargo del Jury de Enjuiciamiento (compuesto por la Corte, dos abogados y dos legisladores) en el caso de jueces, y de la Legislatura para fiscales y defensores.

Las defensorias generales y el ministerio pupilar seguirán bajo la órbita de la Procuración, hasta que una ley regule su traspaso al Ministerio Público de la Defensa. En tanto, los actuales fiscales del MPA y los defensores continuarán en sus cargos hasta completar los actuales mandatos, y tendrán la chance de una reelección por cinco años, conforme se estipula en la nueva regulación de esos cargos.

La votación de este miércoles en la Convención Reformadora. Crédito: Gobierno de la provincia de Santa Fe

Más allá de otras cláusulas que no merecieron mayores consideraciones, se desató luego un fuerte debate sobre la situación de los trabajadores del Poder Judicial. Particularmente, los empleados del MPA y de la Defensa, que hasta hoy revisten esa condición, pero que en el nuevo esquema pasarán a revistar en órganos extrapoder. Lo propio puede decirse para quienes cumplen tareas en las defensorías civiles y zonales, y el ministerio pupilar, que pasarán a la Defensa.

Cattalini defendió con énfasis el criterio de que a esos trabajadores se les mantendrán su nivel de remuneración, categoría y ubicación geográfica, pero que la variación en sus tareas (siempre que sea razonable y no impropia de su rango) está autorizada por los cambios en el propio funcionamiento de las instituciones del Estado. “Las funciones del Estado están cambiando, y ése es el fin último: respetar los derechos adquiridos, pero no se puede poner en marcha un organismo vital dejándolo vacío”.

La votación de este jueves en la Convención Reformadora. Crédito: Gobierno de la provincia de Santa Fe

La cuestión fue planteada activamente por los trabajadores y el gremio de los judiciales, y recogida por representantes de la oposición, fundamentalmente María Victoria Capocceti (Activemos) y miembros de Más para Santa Fe, sobre la base de la exposición de Jaquelina Balangione, ex titular del Servicio de Defensa, y argumentó en el sentido de la manera en que los cambios lesionan la carrera judicial. En ambos casos se propusieron otras alternativas, como al traspaso progresivo por medio de un derecho a opción que deje intactos los derechos del personal y evite ulterioridades litigiosas.

Desde el oficialismo, Fabián Bastia repitió el argumento de que ni las remuneraciones, ni el tipo de tarea, ni la ubicación geográfica de los trabajadores se verá alterada, y que no resulta admisible una duplicación de cargos para preservar los actuales y cubrir los que surjan de las nuevas necesidades.

Las cláusulas transitorias se terminaron aprobando sobre las 2 de la mañana. Las primeras 13, por 46 votos afirmativos y 21 negativos. Las otras dos, justamente las referidas a la cuestión de los trabajadores judiciales, por 35 votos a favor y 32 en contra.

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Emerio Agretti
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Emerio Agretti

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Convención Constituyente
Reforma Constitucional en Santa Fe
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MPA
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