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POLÍTICA

Ya con dictámenes de comisión

Suman mecanismos de democracia directa y participación ciudadana a la Constitución

El nuevo artículo tiene las firmas de Unidos y de los distintos sectores del justicialismo. En la Comisión de Funcionamiento del Estado y Participación Ciudadana hubo más consensos que disensos.

Suman mecanismos de democracia directa y participación ciudadana a la ConstituciónSuman mecanismos de democracia directa y participación ciudadana a la Constitución

Martes 19.8.2025
 20:08hs
 / 
Actualizado al Martes 19.8.2025 22:23hs
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Mario Cáffaro
Por: 
Mario Cáffaro
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Política.

La futura Constitución de Santa Fe tendrá la incorporación de una serie de mecanismos de democracia directa y participación ciudadana, asunto que tuvo dictamen de la Comisión de Funcionamiento del Estado y Participación Ciudadana y que ya fue girado a la Comisión Redactora. Unidos más los bloques de Más para Santa Fe, Activemos y Fe firmaron el dictamen. La Libertad Avanza se había retirado antes de la reunión en desacuerdo con las demoras del oficialismo en dar a conocer los textos mientras que Somos Vida y Libertad no tiene miembros en esa comisión.

Son siete los institutos habilitados: Iniciativa Popular, Referéndum, Consulta Popular, Revocatoria de Mandatos, Consejo Económico y Social, Audiencias Públicas y Gestión Social, cuyos conceptos generales estarán plasmados en el texto constitucional y en algunos casos requerirán leyes especiales para su aplicación.

En distintas oportunidades, en la Cámara de Diputados, se presentaron proyectos tendientes a incorporar algunos de esos institutos al plexo legal de la provincia. En algunas ocasiones, hubo votaciones pero no pasaron el filtro del Senado.

Estos mecanismos conformaron el temario de once dictámenes que emitió la Comisión de Funcionamiento del Estado que preside Germana Figueroa Casas (Unidos) acompañada en la mesa por Alcides Calvo (Más para Santa Fe) y María Eugenia Martínez (Activemos).

Suman mecanismos de democracia directa y participación ciudadana a la Constitución.

"La ciudadanía tiene el derecho de participar en la dirección de los asuntos públicos por medio de sus representantes libremente elegidos o de manera directa a través del ejercicio de los mecanismos establecidos en esta Constitución, para la toma de decisiones dentro de la planificación y la gestión de los asuntos públicos, garantizando la participación amplia, los derechos políticos y la publicidad, en condiciones de igualdad y transparencia", dice el primer artículo del dictamen y cuyo número en la Constitución deberá aplicar la Comisión Redactora.

Sobre el derecho de Iniciativa Popular para presentar proyectos estará vedados para reforma constitucional, tratados o convenios, régimen electoral, materia tributaria, procesal penal y presupuestaria.

En cuanto al referéndum se podrá utilizar para la sanción, reforma o derogación de leyes de alcance general, con excepción de aquellas que refieran a reforma constitucional, tratados o convenios, régimen electoral, materia tributaria, procesal penal y presupuestaria.

Tanto el Poder Legislativo como el Poder Ejecutivo pueden convocar a consulta popular sobre asuntos de interés general, con voto no obligatorio y cuyo resultado no tiene carácter vinculante. Tampoco pueden ser objeto de consulta popular los proyectos de ley o las decisiones de política pública que refieran a reforma constitucional, tratados o convenios, régimen electoral, materia tributaria, procesal penal y presupuestaria.

En el caso de la revocación de mandatos de los funcionarios electivos provinciales por grave incumplimiento de los deberes propios de la función será después de transcurrido un año desde la iniciación del mismo y antes de los diez meses de su finalización.

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El dictamen también instituye un consejo de carácter consultivo y asesor del Poder Ejecutivo y del Poder Legislativo, destinado a promover la concertación de acuerdos que faciliten la convivencia de intereses plurales y divergentes, y contribuir a la definición de políticas de interés general para la Provincia. Prevé la integración por representantes de los sectores del trabajo, la producción y la economía social, organizaciones sociales, académicas, científicas y profesionales, promoviendo la participación plural, equitativa y con alcance regional. Se aclara que la función no será remunerada.

La audiencia pública apunta a ser convocada para informar y debatir sobre asuntos de interés común y de carácter general, procurando la participación de funcionarios públicos responsables de las áreas y materias objeto de debate.

Finalmente, en el texto, se reconoce la existencia de instituciones de gestión social surgidas de la comunidad y legalmente constituidas que tengan por finalidad promover el acceso a derechos o administrar asuntos de interés común, que se encuentren habilitados por el ordenamiento jurídico.

Reconocimiento

Otro de los dictámenes avalado por los principales bloques en la Comisión de Participación Ciudadana determina que "la Provincia reconoce la existencia de los Colegios y Consejos Profesionales creados por ley". El tema fue planteado por las entidades que se presentaron ante las comisiones de la Convención.

En la Comisión de Funcionamiento del Estado y Participación Ciudadana hubo más consensos que disensos.

El PJ no avaló dos de los textos propuestos: artículo 21 y servicios públicos

El bloque de Más para Santa Fe no firmó dos de los once temas definidos por la Comisión de Funcionamiento del Estado y Participación Ciudadana. Se trata de la reforma al artículo 21 de la Carta Magna y el referido a los servicios públicos y tienen plazo hasta el viernes al mediodía para ingresar textos en minoría.

La nueva redacción -de mayoría- sobre el artículo 21 dice: "Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que asegure su bienestar y el de su familia, a una alimentación nutritiva, diaria, suficiente, segura y de calidad, a la vestimenta, a la vivienda y a los cuidados médicos y servicios sociales necesarios que le permitan gozar de una vida digna.

La Provincia reconoce el valor social y económico de las tareas de cuidado y debe promover acciones que aseguren el cuidado digno a lo largo de la vida, con especial atención a las personas en situación de vulnerabilidad.

Toda persona tiene derecho a la provisión de los medios adecuados para el desarrollo de su vida si estuviese impedida de trabajar y careciese de los recursos indispensables. En su caso, tiene derecho a la readaptación o rehabilitación profesional.

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La Provincia organiza un sistema de seguridad social con carácter integral e irrenunciable, basado en los principios de solidaridad, equidad distributiva, accesibilidad, sostenibilidad y transparencia, destinado a la protección de las personas ante contingencias, conforme las leyes que lo reglamenten.

El sistema previsional de los agentes públicos del Estado provincial se financia mediante un mecanismo de reparto solidario de carácter público e indelegable. La administración está a cargo de un órgano específico. Se tenderá a la sustentabilidad del sistema a través de acciones progresivas, equitativas y razonables.

Los recursos que integran el patrimonio de las cajas previsionales son intangibles y no pueden destinarse a otros fines".

En tanto, el artículo sobre servicios públicos elaborado por Unidos dice que "la Provincia y los municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias, establecen marcos regulatorios para la organización, gestión directa o indirecta y control de los servicios públicos. Dichos marcos deben fijar estándares de calidad, eficacia y eficiencia en la prestación, incorporar mecanismos de control, establecer sistemas de protección e incluir instancias de participación para las personas usuarias.

Deben establecer los principios de igualdad, universalidad, regularidad, continuidad, obligatoriedad y sostenibilidad.

La regulación y organización de los servicios públicos deben promover el acceso a las prestaciones teniendo en cuenta su vinculación con otros derechos fundamentales.

La Provincia reconoce la importancia estratégica de los servicios públicos para la gestión de recursos, el desarrollo sostenible del territorio y de las actividades productivas".

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