La ley para permitir como excepción, por solo cinco años, la subdivisión de los condominios rurales ya terminó su derrotero para su reglamentación en el ámbito del Ministerio de Producción, Ciencia y Tecnología, su autoridad de aplicación y hay incluso un texto elaborado para cumplir ese fin. Sin embargo, aún le queda superar otra instancia: la de la Dirección Provincial del Registro General de la Propiedad.




































