Lo probado recientemente en el Concejo incorpora la ordenanza 9.959 que modifica al Código de Faltas en lo referido al servicio regulado de remises. Con este nuevo cambio se modifican las sanciones pecuniarias ya existentes que pasan de 200 a 1.900 UF (antes de 200 a 500) al titular registral, y al responsable del vehículo que “bajo cualquier concepto transporte y el que ceda a un tercero el vehículo para transportar personas en forma onerosa cualquier fuera su número, realizando un servicio público en automóvil sin el correspondiente certificado de habilitación emitido por el organismo competente, que estando habilitado para la prestación de determinada actividad o servicio, realice uno diferente y estando habilitado en otra localidad, levante pasajeros en la ciudad de Rosario, excepto el servicio contratado puerta a puerta por pasajeros con domicilio en otras localidades, y cobraren una tarifa diferente a la autorizada por la autoridad de aplicación, más la remisión del vehículo al corralón municipal y comiso de los accesorios o elementos utilizados”.