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Inundaciones 2003

Néstor Oroño: "El viejo sistema fue casi necesario para que la causa terminara prescripta"

El abogado santafesino intervino en la etapa final del expediente por la inundación de Santa Fe de 2003. En diálogo con CyD Litoral analizó el cierre definitivo de la causa, explicó el alcance de la decisión judicial y sostuvo que la estructura del antiguo sistema penal fue determinante para que el proceso se extendiera durante más de dos décadas.

Néstor Oroño: "El viejo sistema fue casi necesario para que la causa terminara prescripta"
Néstor Oroño: "El viejo sistema fue casi necesario para que la causa terminara prescripta"

Lunes 3.8.2026
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Actualizado al Lunes 3.8.2026 13:37hs
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Juliano Salierno
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Con el cierre definitivo del expediente judicial por la inundación de 2003 concluyó uno de los procesos penales más largos de la historia santafesina. Para comprender el alcance de esa resolución, CyD Litoral dialogó con el abogado Néstor Oroño, quien intervino desde sus inicios y hasta la última etapa de la causa y repasó los aspectos jurídicos que llevaron al sobreseimiento de Ricardo Ángel Fratti, el único imputado que permanece con vida.

"El viejo sistema contribuyó al paso irrazonable de los años", sostuvo el entrevistado. Foto: El Litoral

—¿La causa quedó definitivamente cerrada?

—Sí. Después de recorrer todas las instancias de la Justicia provincial, la causa llegó a la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe. Allí prosperó el planteo de la defensa respecto de la prescripción de la acción penal y el expediente volvió a la Cámara para que dictara una nueva resolución conforme a ese criterio. Esa decisión se dictó en diciembre del año pasado, declaró prescripta la acción penal y dejó sin efecto la condena penal de Ricardo Fratti. Como ese fallo no fue recurrido por la Fiscalía ni por los actores civiles, quedó firme.

Posteriormente intervine por una cuestión vinculada exclusivamente con los efectos civiles del proceso, porque entendía que algunos aspectos merecían una aclaración. Finalmente también quedó establecido que la Provincia de Santa Fe había abonado las indemnizaciones fijadas judicialmente a los actores civiles, de manera que la causa quedó definitivamente concluida.

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Sobre la prescripción

—¿Qué importancia tuvo el fallo de la Corte Suprema?

—Fue decisivo. La Corte entendió que primero debía resolverse la cuestión de la prescripción antes de analizar el fondo del asunto. Ese criterio modificó el rumbo que había seguido la causa hasta ese momento y obligó a que la Cámara dictara un nuevo pronunciamiento.

La Corte también sostuvo que no alcanza con que un imputado ocupe un cargo público para suspender el curso de la prescripción. Debe demostrarse que esa función podía utilizarse realmente para influir sobre la investigación. Ese análisis no estaba suficientemente fundamentado en la sentencia anterior y por eso el expediente volvió a la Cámara.

—Usted atribuye buena parte de la duración del proceso al antiguo sistema penal. ¿Por qué?

—Porque era un sistema completamente distinto del actual. Era un proceso escrito, con numerosos recursos, múltiples incidencias y sin la concentración que hoy tienen los juicios orales.

Esta causa comenzó con varios imputados y fue atravesando distintas etapas hasta quedar reducida a tres ex funcionarios. Todo eso demandó muchísimo tiempo. Creo que el carácter intrincado y prácticamente secretista del viejo sistema contribuyó en gran medida al paso irrazonable de los años y terminó siendo un presupuesto casi necesario para que la acción penal prescribiera.

La pericia hidráulica fue para Oroño la prueba clave y objeto de numerosos cuestionamientos. Foto: El Litoral

Hoy el sistema acusatorio concentra la producción de la prueba durante el juicio oral y evita muchas de las demoras estructurales que existían entonces.

Cuestión saldada

—¿Qué ocurrió con los reclamos civiles de las víctimas?

—Dentro de la causa penal solamente un matrimonio, integrado por Demiryi y Castro, se constituyó como actor civil. La sentencia hizo lugar a ese reclamo y condenó solidariamente a los funcionarios y a la Provincia de Santa Fe.

La Provincia cumplió con esa obligación y depositó las sumas correspondientes, porque los condenados actuaban como funcionarios provinciales al momento de los hechos. Esa cuestión quedó definitivamente resuelta.

Naturalmente, esa reparación no alcanza a quienes nunca ejercieron una acción civil dentro del expediente penal. Hubo otros damnificados que promovieron demandas por distintas vías y también existieron mecanismos administrativos implementados por la Provincia para indemnizar determinados perjuicios.

RicardoFratti (izq) es el único de los imputados que permanece con vida. Foto: El Litoral

—¿Cuál es hoy la situación jurídica de Ricardo Fratti?

—Es el único de los imputados que permanece con vida. Penalmente quedó sobreseído por prescripción de la acción penal y, desde el punto de vista patrimonial, tampoco mantiene obligaciones pendientes porque la Provincia respondió por la condena civil que se había impuesto.

—¿Existe alguna posibilidad de que reclame una reparación al Estado?

—No lo veo posible. Fratti nunca estuvo detenido preventivamente y tampoco fue el caso de Edgardo Berli. Por eso no advierto que exista fundamento para un reclamo indemnizatorio de esas características.

Pericial hídrica

—¿Qué fue lo más complejo del juicio?

—Sin dudas, la prueba pericial. La pericia hidráulica tenía más de dos mil páginas y fue objeto de numerosos cuestionamientos por parte de las defensas.

Nosotros discutimos tanto su contenido como la forma en que se produjo. Entendíamos que, conforme al viejo Código Procesal, los imputados debían haber tenido participación desde el inicio, proponiendo puntos de pericia, designando consultores técnicos y controlando el trabajo de los peritos. Eso no ocurrió.

También cuestionamos la intervención de técnicos pertenecientes a organismos públicos como el Instituto Nacional del Agua, porque entendíamos que existían incompatibilidades previstas en la legislación vigente.

A eso se sumó una enorme cantidad de prueba testimonial. Si mal no recuerdo, declararon alrededor de 150 testigos entre funcionarios, especialistas y damnificados. Fue un juicio extraordinariamente complejo, que además estuvo condicionado por una estructura procesal que hacía que entre una etapa y otra transcurrieran años. En el sistema actual, un debate de esas características probablemente tendría un desarrollo muy distinto.

—Después de más de dos décadas de trámite, ¿qué deja esta causa?

—Desde el punto de vista jurídico deja muchas enseñanzas. Demuestra la importancia de que los procesos penales tengan una duración razonable. Cuando eso no ocurre, no solamente se afecta el derecho de los imputados, sino también las expectativas de las víctimas y de toda la sociedad de obtener una respuesta judicial oportuna.

Creo que ese es uno de los principales aprendizajes que deja un expediente que demandó más de veinte años para llegar a su conclusión definitiva.

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