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Por el pase de Mauro Pittón a Vélez

Histórico fallo de la “Ley Giaccone”: la Liga Santafesina cobrará ¡50.000 dólares!

Quien hoy es Subsecretaria de Región Centro por Santa Fe (Ministerio de Gobierno e Innovación Pública) fue la impulsora de la Ley Nacional 27211 Derechos Formativos en el Deporte aprobada en 2015. Es la primera vez que dicha ley no aplica a favor de un club (Ateneo Inmaculada) sino de su liga de origen (la Santafesina).

Histórico fallo de la “Ley Giaccone”: la Liga Santafesina cobrará ¡50.000 dólares!Histórico fallo de la “Ley Giaccone”: la Liga Santafesina cobrará ¡50.000 dólares!

Miércoles 4.6.2025
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Actualizado al Miércoles 4.6.2025 11:46hs
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Darío Pignata
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Darío Pignata
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La Ley Nacional 27211, que fue ideada por la por entonces diputada provincial Claudia Giaccone y que alude a los Derechos Formativos en el Deporte, acaba de meter un golazo de media cancha. La actual Subsecretaria de la Región Centro por Santa Fe (Ministerio de Gobierno e Innovación Pública) se enteró del inédito fallo a través de El Litoral: la Justicia civil ordenó al Club Atlético Vélez Sarsfield pagar 38.385 dólares a la Liga Santafesina de Fútbol (LSF) como compensación por el derecho de formación del jugador Mauro Pittón, quien fue entrenado entre 2003 y 2006 en el Club Ateneo Inmaculada, de la ciudad de Santa Fe. El Dr. Ricardo Frega Navia, abogado patrocinante junto al staff del Dr. Carlos Iparraguirre en la capital provincial, confirmó al programa ADN GOL 96.7 que “a esa cifra hay que agregarle los intereses, por lo que la Liga Santafesina percibirá unos 50.000 dólares”.

La llamada Ley Giaccone viene “jugando de titular”, cada vez que los clubes amateurs van contra los grandes de Argentina. “La Justicia rosarina condenó al Club Atlético River Plate a abonar a Náutico Sportivo Avellaneda cerca de 2 millones de pesos más intereses por los derechos de formación del futbolista Elías Gómez. La entidad rosarina fue formadora del jugador durante varios años. La ley data del año 2015 y es de nuestra autoría”, posteaba Claudia.

En abril de 2019, la Cámara Nacional Civil de Apelaciones volvió hoy a fallar en contra de River Plate, y lo condenó a pagar a Unión Futbol Club de Totoras, Santa Fe, el porcentaje establecido por la Ley 27211, sobre el contrato que tenía el mediocampista Nicolás Domingo con la institución capitalina.

“Es una reafirmación contundente de la vigencia efectiva de la Ley de Derechos de Formación Deportiva. Después de una lucha de muchísimos años se está haciendo justicia hacia nuestros clubes formadores”, expresaba la por entonces diputada.

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Ahora bien, ¿por qué el fallo que condena a Vélez es inédito? Porque le deberá pagar esos 50.000 dólares directamente a la liga de origen (Liga Santafesina de Fútbol) y no al club que nunca realizó el reclamo. ¿Por qué no lo hizo el club? Porque se trata del Club Ateneo Inmaculada, que se presenta como “Institución deportiva y recreativa con fines educativos y formativos que pertenece al Colegio de la Inmaculada Concepción de Santa Fe, Argentina”. La explicación es simple: “El club del Colegio nunca reclamó un solo peso del deporte profesional de jugadores formados en sus espacios. Es una decisión institucional desde siempre” (lo podría haber aplicado con los hermanos Pittón y/o con Germán Conti).

“El fallo consideró que el futbolista fue transferido en 2020 desde San Lorenzo de Almagro a Vélez Sarsfield y que, aunque el club formador no reclamó a tiempo, la Liga pudo accionar en su lugar conforme a la ley 27.211, que reconoce una compensación a las asociaciones civiles por la formación de los deportistas”, explica Frega Navia.

Como anticipó Infobae, “la sentencia fue dictada por la jueza María Di Filippo, titular del Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil N°58, en la causa “Liga Santafesina de Fútbol c/ Club Atlético Vélez Sarsfield s/ cobro de sumas de dinero”. En ese expediente, que terminaría llegando hasta la Cámara de Apelaciones porteña, la magistrada consideró que la entidad demandante, una asociación civil sin fines de lucro encargada de organizar los campeonatos oficiales de fútbol en la ciudad de Santa Fe y alrededores, se encontraba habilitada para reclamar una indemnización en virtud del artículo 13 de la mencionada ley 27.211, una normativa promulgada en noviembre de 2015 que reconoce el derecho de los clubes formadores de futbolistas, entre sus 9 y 18 años, a recibir un pago por dicha formación”.

La sentencia quedó firme e incluso los abogados de Vélez Sarsfield ya comenzaron a comunicarse con sus colegas para establecer el monto final con intereses (un poco más de 50.000 dólares) y las formas de pago.

Mauro Pittón, al igual que su hermano Bruno, ambos hoy en Unión, se formaron en el Club Ateneo Inmaculada, afiliado a la Liga Santafesina: estuvieron allí desde los 9 hasta los 12 años inclusive. Según los fundamentos de la demanda, el 10 de enero de 2020 se concretó la transferencia del pase de Pittón desde San Lorenzo de Almagro al club de Liniers. Y dado que el Ateneo no promovió reclamo alguno por la compensación correspondiente dentro del plazo legal de dos años (previsto en el artículo 11), la Liga Santafesina de Fútbol decidió presentar una acción en su lugar, invocando la habilitación subsidiaria establecida en la cláusula 13 de la norma en favor de “las confederaciones, federaciones, asociaciones, ligas o uniones, donde se encuentre afiliada la entidad formadora”.

¿Por qué pagan los de Liniers y no los de Boedo?: porque el 15 de enero de 2020, San Lorenzo transfirió de manera definitiva a Vélez Sarsfield el 100% de los derechos federativos y el 70 por ciento los derechos económicos de Pittón. El precio neto de la venta fue de 1.500.000 dólares. A esa cifra, además, se le sumaron diversos gastos asumidos por el club comprador, tales como un 4% correspondiente a AFA, un 0,5% para Futbolistas Argentinos Agremiados y un 1,2 % de impuesto de sellos, entre otros. De este modo, el monto bruto de la operación, base para calcular la indemnización por formación deportiva, ascendió a 1.919.250 dólares.

Sobre ese total, la jueza Di Filippo aplicó lo dispuesto en el artículo 18 de la ley 27.211, que prevé un pago del 5% para las entidades que participaron en la etapa formativa de un deportista entre los 9 y los 18 años, distribuido a razón de un 10% de ese porcentaje por cada año de formación, en virtud del artículo 23 de la misma ley.

En el caso de Mauro Pittón, quedó acreditado que su formación en el Ateneo Inmaculada se extendió durante cuatro años, entre sus 9 y 12 años. Por lo tanto, la magistrada concluyó que correspondía aplicar el 40% del 5% total previsto como compensación, es decir, el 2% del valor bruto de la transferencia. Bajo esos parámetros, la sentencia fijó una indemnización de 38.385 dólares.

Ricardo Frega Navia, junto a Carlos Iparraguirre, asegura que “a esa suma hay que agregarle los intereses”, por lo que el monto a percibir por la entidad de la vieja casa en calle Corrientes será de unos 50.000 dólares.

“En atención a los fundamentos vertidos precedentemente, FALLO: I) Haciendo lugar a la demanda, con costas. En consecuencia, condeno al ‘Club Atlético Vélez Sarsfield’ a abonar a la ‘Liga Santafesina de Fútbol’-, en el plazo de diez días de quedar firme el presente fallo, la suma de U$S 38.385 (...), con más los intereses a computar con arreglo a las pautas explicitadas en el considerando IV”, resolvió la jueza en un fallo dictado el 21 de abril pasado al que tuvo acceso Infobae. En ese marco, la Sala I de la Cámara Nacional en lo Civil declaró inadmisible s el recurso de apelación interpuesto por el El Fortín contra la sentencia que lo condenó.

Además de ser inédita la aplicación de la “Ley Giaccone”, porque al dinero lo cobra la Liga Santafesina de Fútbol y no Ateneo Inmaculada, habrá más noticias para este boletín. Ahora, la casa madre, le reclamará lo mismo a San Lorenzo de Almagro. Ya no sólo por Mauro Pittón sino también por su hermano Bruno.

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