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Tras la confirmación de la condena

La defensa de Trigatti lleva el caso a la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe

El abogado del docente presentó este viernes un recurso de inconstitucionalidad, luego de que la Cámara de Apelaciones ratificara la sentencia a 12 años de prisión por abuso sexual infantil.

La defensa de Trigatti lleva el caso a la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe
La defensa de Trigatti lleva el caso a la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe

Viernes 5.12.2025
 17:36
Ornella Pazzi
Ornella Pazzi

La defensa de Juan Francisco Trigatti formalizó este viernes la presentación de un recurso de inconstitucionalidad ante la Cámara de Apelaciones en lo Penal, buscando que la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe anule la confirmación de la condena impuesta al docente.

En el documento, el abogado Marcos Barceló considera que la sentencia que encontró a Trigatti culpable de “abuso sexual gravemente ultrajante reiterado” y “abuso sexual simple”, y le impuso una pena de 12 años de prisión, es "arbitraria" y contraviene derechos y garantías constitucionales.

El recurso fue interpuesto contra la resolución del 7 de noviembre, mediante la cual los camaristas Fabio Mudry, Fernando Gentile Bersano y Bruno Netri confirmaron la condena impuesta al profesor de educación física en junio de este año por los sus colegas de la Cámara, Jorge Andrés, Alejandro Tizón y Sebastián Creus.

Barceló asumió la defensa desde el comienzo de la causa, en 2021. Foto: Luis Cetraro

En 2024, al culminar el juicio, Trigatti había sido absuelto pero luego dos tribunales de segunda instancia lo hallaron culpable de haber abusado de cinco alumnas del Jardín de Infantes Ceferino Namuncurá, ubicado en el barrio Yapeyú de la ciudad de Santa Fe.

Arbitrariedades

La fundamentación del recurso de inconstitucionalidad se centra en varios tipos de arbitrariedad que, según el Dr. Barceló, afectaron tanto la sentencia condenatoria inicial de la Cámara como la sentencia confirmatoria posterior.

Uno de los principales ejes del reclamo es la violación del “derecho al recurso” que exigen los tratados internacionales, argumentando que el tribunal de apelación horizontal no realizó una “revisión amplia” de la condena, sino que incurrió en una catarata de “afirmaciones dogmáticas”.

Además, la defensa plantea la “nulidad absoluta de todo el procedimiento de la segunda instancia” debido a la admisión de cuatro ONG como Amicus Curiae (amigos del tribunal), a las cuales no solo se les dio carácter de “parte”, sino que se “equipararon sus opiniones a agravios” y “se las tuvo en cuenta al resolver”.

Pretenden que la Corte anule el fallo que confirmó la condena. Foto: Guillermo Di Salvatore

Esta acción, sostiene el defensor, viola el “principio de congruencia”, el “principio de igualdad” y el “principio del debido proceso legal”.

Actuación excesiva

Otro agravio de peso es la extralimitación de los tribunales de la Cámara. La defensa acusa a los jueces de no haber realizado una “revisión” de la sentencia a la luz de los agravios, y haber procedido a “realizar un nuevo juicio”.

El recurso insiste en que los camaristas analizaron por sí mismos el “video del juicio” y los “videos de las entrevistas en Cámara Gesell” a las niñas, sin contar con la “inmediación” que corresponde únicamente al tribunal de juicio oral.

De esta forma habrían contravenido al Código Procesal Penal, que restringe la competencia del tribunal de Alzada “sólo en cuanto a los puntos de la resolución a que se refieren los agravios” de las partes.

En cuanto a la valoración de la prueba, la defensa señala la existencia de errores tales como la descalificación del dictamen médico de “profesionales y equipos especializados” en abuso sexual de un hospital público, indicando que tuvieron “un error de diagnóstico”. Esto, para darle “valor superior al testimonio de un médico traumatólogo policial”.

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Asimismo, el recurso cuestiona la violación del “principio de congruencia”, al señalar que la Cámara condenó a Trigatti por haber abusado de una niña “en el baño de la escuela”, mientras que la acusación original siempre fue por hechos “ocurridos en el patio de la escuela”.

Finalmente, la defensa lamenta que la Corte de Apelaciones haya desestimado un “instrumento público” del Ministerio de Educación que indicaba que una de las menores “nunca tuvo clases con el profesor Trigatti”.

Pedido de anulación

El recurso de inconstitucionalidad fue presentado ante la Cámara de Apelaciones, que deberá declarar si el mismo es admisible o no. De hacerlo, el escrito será elevado a la Corte.

Barceló espera que el Máximo Tribunal anule el fallo impugnado y “ordene la remisión de la causa al tribunal que corresponda” a fin de que el caso sea juzgado nuevamente.

Si la Cámara no admite el recurso, la defensa podría presentar una queja ante la Corte.

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Judiciales
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