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Patrimonio y sucesiones

¿Qué pasa con tus cuentas digitales cuando morís? Lo que tu familia puede recuperar y lo que puede perder

Fotos, correos, archivos, redes sociales, suscripciones, billeteras virtuales y cuentas bancarias forman parte de la vida cotidiana. Qué establece la legislación argentina y qué hacen Google, Apple, Facebook, Netflix, Spotify y otras plataformas.

¿Qué pasa con tus cuentas digitales cuando morís? Lo que tu familia puede recuperar y lo que puede perder¿Qué pasa con tus cuentas digitales cuando morís? Lo que tu familia puede recuperar y lo que puede perder

Viernes 28.8.2026
 11:56hs
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Una persona puede morir y dejar detrás de una casa, un auto, una cuenta bancaria o dinero en efectivo.

Pero también puede dejar cientos de gigabytes de fotos, correos electrónicos, documentos almacenados en la nube, perfiles en redes sociales, suscripciones, cuentas de streaming y dinero depositado en billeteras virtuales.

Ese conjunto de información y activos forma parte de lo que se conoce cada vez más como legado digital.

El problema es que no existe una única regla para todo. En Argentina, la herencia comprende los bienes, créditos y deudas de la persona fallecida y, cuando corresponde, se tramita una sucesión para determinar quiénes son los herederos y qué integra el patrimonio.

Pero que un contenido tenga valor para una familia no significa automáticamente que sus integrantes puedan ingresar a la cuenta y utilizar la contraseña.

Las empresas tecnológicas tienen sus propias políticas de privacidad, seguridad y gestión de usuarios fallecidos.

Por eso, una cuenta bancaria con dinero, una billetera virtual con saldo, una biblioteca de películas compradas, una cuenta de Gmail llena de fotografías y un perfil de Facebook no tienen necesariamente el mismo destino.

El usuario puede elegir hasta diez personas para recibir información y seleccionar qué tipos de datos compartir.

Qué ocurre con el dinero y las cuentas bancarias

En el caso de las cuentas bancarias, la situación es diferente de la de una red social. El dinero depositado pertenece al patrimonio de la persona y, por lo tanto, puede formar parte de la herencia.

La información oficial sobre sucesiones explica que, cuando una persona muere y deja bienes, debe iniciarse un proceso sucesorio para que esos bienes pasen a sus herederos. La herencia incluye bienes, derechos y obligaciones.

El Código Civil y Comercial también establece reglas específicas para los depósitos bancarios. En las cuentas corrientes, por ejemplo, la muerte del titular es una de las causales de cierre de la cuenta.

Además, la normativa bancaria contempla que, ante el fallecimiento del titular, los fondos depositados quedan a disposición de quienes resulten sus causahabientes, es decir, las personas que jurídicamente tengan derecho a sucederlo.

Esto no significa que un familiar pueda simplemente entrar con el usuario y la contraseña y transferir el dinero. El procedimiento debe realizarse por las vías correspondientes y acreditar la condición de heredero o la representación que corresponda.

La misma lógica alcanza a otros bienes con valor económico. La legislación argentina establece que la sucesión permite identificar a los herederos, determinar qué integra la herencia, cobrar créditos, pagar deudas y finalmente entregar los bienes.

En el caso de las cuentas bancarias, la situación es diferente de la de una red social.

¿Y qué ocurre con una billetera virtual?

Las billeteras digitales agregan una dificultad: combinan una cuenta tecnológica con servicios financieros y dinero.

Por eso, si una persona fallece y tiene saldo en una billetera virtual, no debería suponerse que otro familiar puede ingresar utilizando sus credenciales. El acceso está protegido por mecanismos de seguridad y por las condiciones de cada proveedor.

La existencia de dinero, sin embargo, no significa necesariamente que desaparezca de la herencia. Si existe un saldo que pertenece al fallecido, puede formar parte de su patrimonio y deberá ser reclamado por quienes tengan derecho a heredarlo, de acuerdo con el procedimiento correspondiente.

En estos casos, resulta especialmente importante conservar documentación que permita identificar la existencia de la cuenta: correos electrónicos, comprobantes, resúmenes, movimientos bancarios y cualquier otra constancia que permita demostrar que había fondos o activos.

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Google puede entregar algunos datos, pero no contraseñas

Uno de los casos más claros es el de Google.

La empresa dispone del Administrador de cuentas inactivas, una herramienta que permite decidir qué ocurrirá con determinados datos si la cuenta permanece inactiva durante un período determinado.

El usuario puede elegir hasta diez personas para recibir información y seleccionar qué tipos de datos compartir.

Es una alternativa que permite anticiparse a una situación que, de otro modo, puede resultar muy complicada para los familiares.

Google también contempla solicitudes realizadas después de la muerte de una persona. La compañía señala que puede trabajar con familiares directos y representantes para cerrar una cuenta y que, en determinadas circunstancias, puede proporcionar contenido de una cuenta.

Pero existe una limitación importante: Google no entrega contraseñas ni otros datos de inicio de sesión. Cada pedido relacionado con una persona fallecida es revisado antes de decidir si corresponde atenderlo.

También hay que tener en cuenta que Google puede eliminar una cuenta que permanezca inactiva durante al menos dos años si no se configuró previamente una alternativa mediante el Administrador de cuentas inactivas.

Esto puede ser especialmente importante para quienes utilizan Gmail, Google Drive, Google Photos o YouTube como archivo personal durante años.

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Apple permite designar un contacto para legado

Apple tiene una herramienta específica denominada Contacto para legado.

El usuario puede elegir a una persona para que, después de su fallecimiento, solicite acceso a determinados datos almacenados en su cuenta de Apple. Entre ellos pueden encontrarse fotografías, mensajes, notas, archivos y copias de seguridad.

Para acceder, el contacto designado necesita la clave de acceso generada al momento de establecer el vínculo y el certificado de defunción. Apple aclara además que determinados contenidos no pueden ser consultados por este mecanismo.

Entre los datos que quedan fuera se encuentran películas, música y libros comprados con la cuenta, determinadas suscripciones y la información almacenada en el llavero de iCloud, como contraseñas y datos de pago.

La diferencia es importante: tener acceso a determinados archivos no equivale a heredar toda la cuenta.

Por eso, una persona puede dejar fotografías familiares disponibles para un contacto de confianza, pero no necesariamente transferirle sus compras digitales o sus credenciales.

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¿Qué pasa con Facebook e Instagram?

Las redes sociales tienen otra lógica porque muchas veces el principal valor de la cuenta no es económico, sino afectivo.

En Argentina, la información oficial explica que Facebook e Instagram permiten convertir el perfil de una persona fallecida en una cuenta conmemorativa. De esta manera, familiares y amigos pueden conservar fotografías, publicaciones y recuerdos.

Facebook también permite designar previamente un contacto de legado.

Esa persona puede realizar determinadas tareas sobre un perfil conmemorativo, como administrar ciertos aspectos del perfil, fijar una publicación, responder solicitudes de amistad y, si la función está habilitada, descargar una copia de determinada información compartida.

Pero hay límites importantes: el contacto de legado no puede iniciar sesión como si fuera el titular, leer sus mensajes privados ni modificar publicaciones anteriores.

También existe la posibilidad de solicitar la eliminación de la cuenta.

La página oficial de Argentina.gob.ar explica que los familiares pueden solicitar el cierre de perfiles de Facebook, Instagram, X, Google y YouTube siguiendo los procedimientos establecidos por cada plataforma. En algunos casos se solicita documentación que acredite el fallecimiento y el vínculo con la persona.

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Netflix y Spotify: no es lo mismo heredar un perfil que una suscripción

Las plataformas de entretenimiento presentan otro problema: muchas veces el usuario no es propietario de las películas, series o canciones que consume.

En Netflix, por ejemplo, existe la posibilidad de transferir un perfil a otra cuenta bajo determinadas condiciones. Esa transferencia puede conservar recomendaciones, historial, listas y otros datos del perfil.

Pero eso no significa que una suscripción de una persona fallecida se convierta automáticamente en un activo heredable.

En servicios como Netflix o Spotify, el usuario adquiere principalmente un derecho de acceso al servicio bajo determinadas condiciones. Spotify, por ejemplo, establece en sus términos que el acceso otorgado al usuario es limitado, personal y no comercial.

La diferencia entre tener una cuenta y ser propietario de un contenido digital es fundamental.

Una familia puede tener recuerdos asociados a una cuenta de streaming, pero eso no significa que pueda heredar indefinidamente la suscripción o transferir las canciones y películas compradas como si fueran objetos físicos.

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Las fotos y archivos guardados en la nube pueden ser lo más importante

En muchos hogares, el verdadero patrimonio digital no está en las redes sociales sino en la nube.

Fotos familiares, videos, documentos, contratos, recibos, trabajos, escritos y archivos personales pueden estar almacenados durante años en servicios como Google Drive, iCloud, OneDrive u otras plataformas.

Microsoft, por ejemplo, dispone de una herramienta llamada OneDrive Digital Legacy, que permite designar a una persona para que tenga acceso de solo lectura a determinadas fotografías y archivos en caso de fallecimiento.

Sin esa configuración previa, Microsoft advierte que, por razones legales y de privacidad, generalmente no puede proporcionar información de una cuenta a personas que no sean sus titulares.

Esto muestra por qué el problema no es solamente “qué contraseña tiene mi familiar”.

Las empresas deben proteger también la privacidad de la persona fallecida y de terceros cuyos datos pueden estar dentro de sus mensajes, fotografías, correos y documentos.

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Qué conviene dejar preparado

La mejor manera de evitar problemas es hacer un inventario básico del patrimonio digital.

No hace falta anotar todas las contraseñas en una hoja que quede expuesta. Es más seguro utilizar las herramientas de legado que ofrecen las propias plataformas o un administrador de contraseñas con mecanismos adecuados para compartir información en caso de emergencia.

Una lista básica debería contemplar:

cuentas bancarias;

billeteras virtuales;

inversiones y plataformas financieras;

correo electrónico;

almacenamiento en la nube;

redes sociales;

servicios de streaming;

dominios y sitios web;

archivos importantes;

fotografías y videos;

suscripciones;

activos digitales que tengan valor económico.

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También es conveniente identificar qué cuentas contienen información importante y cuáles solamente tienen una suscripción que puede darse de baja.

En el caso de los bienes y derechos con valor económico, la legislación argentina contempla su transmisión dentro del proceso sucesorio. La sucesión permite determinar el patrimonio, los herederos, los créditos y las obligaciones del fallecido.

En cambio, los datos personales, las fotografías, los mensajes y los perfiles sociales están sujetos además a las políticas de cada empresa.

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