Argentina tiene preferencias arancelarias para colocar alimentos en mercados externos, pero parte de ese beneficio queda todos los años sobre la mesa porque los cupos disponibles no llegan a utilizarse por completo.
El Gobierno agilizó el acceso a cuotas de exportación que quedaban vacantes año a año, aplicando un nuevo esquema para agilizar los envíos a mercados externos.

Argentina tiene preferencias arancelarias para colocar alimentos en mercados externos, pero parte de ese beneficio queda todos los años sobre la mesa porque los cupos disponibles no llegan a utilizarse por completo.
La Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca intentará corregir ese problema con la Resolución 175/2026, publicada este viernes en el Boletín Oficial, que reorganiza y unifica las normas para administrar distintos contingentes de exportación acordados con Estados Unidos, México, Colombia y Ecuador.
El cambio no crea nuevos mercados ni amplía por sí mismo los volúmenes disponibles. Modifica la forma en que las empresas acceden a cuotas que permiten exportar determinados productos con preferencias o desgravaciones arancelarias.
El argumento oficial es directo: varios de esos contingentes “no se han completado en los últimos años”, por lo que quedaron toneladas disponibles al cierre de cada período comercial. Frente a eso, Economía resolvió revisar criterios de asignación y concentrar en una sola normativa procedimientos que hasta ahora estaban dispersos en resoluciones dictadas desde 2018.
La medida abarca algunos complejos relevantes para las exportaciones agroindustriales argentinas.
Estados Unidos tiene asignado a la Argentina un cupo anual de 43.901 toneladas de maní, otras 3.650 toneladas de pasta de maní y 10.750 toneladas de tabaco bajo los acuerdos surgidos de la Ronda Uruguay.
Con México existe un contingente de 10.000 toneladas de duraznos en almíbar enlatados, alcanzado por una desgravación arancelaria del 100%.
La resolución también alcanza a lácteos destinados a Ecuador y Colombia, a chocolates y golosinas enviados al mercado colombiano y a determinados cortes bovinos.
En este último caso hay una modificación previa que obligaba a actualizar el esquema: el denominado Cupo I de “cortes finos” hacia Colombia quedó liberalizado desde 2024, por lo que dejó de funcionar como cuota arancelaria. El régimen continúa para el Cupo II, correspondiente a los “demás cortes”.
El núcleo operativo está en el sistema elegido para aquellos contingentes que sistemáticamente quedan sin completar.
La resolución considera que el criterio internacional de “Primero Llegado, Primero Servido” es el mecanismo más adecuado para distribuir los cupos que no llegan a agotarse durante el ciclo comercial.
La lógica es sencilla: en lugar de mantener esquemas administrativos que pueden inmovilizar toneladas asignadas a operadores que finalmente no exportan, la intención es facilitar que el cupo disponible pueda ser utilizado por quien esté en condiciones de concretar la operación.
El Gobierno enmarca el cambio dentro de su política de simplificación administrativa y sostiene que unificar las reglas permitirá que los exportadores tengan “información precisa y ágil” sobre las preferencias disponibles en cada destino.
La resolución también adapta las condiciones para los lácteos después de la simplificación de los registros de control comercial agropecuario y busca dar plazos más extensos a las reglas para ofrecer “previsibilidad y certidumbre” a los negocios.
Las nuevas normas para maní, pasta de maní y tabaco con Estados Unidos quedaron agrupadas en el primer anexo. Como regla general se aplicarán a los ciclos comerciales que comiencen en 2027, aunque para el tabaco el nuevo régimen ya alcanza al ciclo iniciado el 13 de septiembre de 2026.
Otro bloque fija las reglas para duraznos en almíbar hacia México y productos lácteos con Ecuador, mientras un tercero concentra los regímenes correspondientes a lácteos, carnes bovinas del Cupo II y golosinas y chocolates con Colombia. Estos parámetros comenzarán a aplicarse desde los ciclos de 2027.
Para los contingentes de carne y lácteos con Colombia, la inscripción para obtener licencias de exportación se abrirá automáticamente todos los años a través de Trámites a Distancia (TAD) entre el 1° y el 15 de diciembre.
La resolución entró en vigencia este viernes y derogó además el régimen de 2018 que regulaba las exportaciones de distintas presentaciones de maní a Estados Unidos.
El desafío quedará planteado en el próximo ciclo comercial: transformar preferencias que existen en los acuerdos internacionales en toneladas efectivamente embarcadas, antes de que los cupos vuelvan a vencer con saldo disponible.





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